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12 NORMAS LEGALES Martes 23 de abril de 2019 / El Peruano referencia el párrafo 1.1 del artículo 1 de este Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son autorizados. Artículo 4.- Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de abril del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas CARLOS BRUCE MONTES DE OCA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1762539-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de funcionario diplomático a Bolivia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0276/RE-2019 Lima, 22 de abril de 2019 CONSIDERANDO: Que, el Estado Plurinacional de Bolivia, en su condición de Presidente Pro Témpore de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC), ha convocado a una Reunión de Coordinadores Nacionales el 24 de abril de 2019, en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Estado Plurinacional de Bolivia; Que, la CELAC es un mecanismo intergubernamental de diálogo y concertación política, que incluye a los treinta y tres países de América Latina y el Caribe, del cual el Perú ha sido un miembro activo, con el compromiso de contribuir a la integración de la región, procurando un equilibrio entre la unidad y la diversidad política, económica, social y cultural; Que, en la referida reunión se analizará la situación de la CELAC frente al contexto intrarregional, lo que se enmarca en el proceso de re fl exión sobre el futuro de dicho mecanismo, y se evaluará un proyecto de Plan de Trabajo para los próximos meses; Que, se considera relevante la participación en la referida reunión del Director de Organismos y Política Multilateral de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, y Coordinador Nacional Adjunto del Perú ante la CELAC, a fi n de efectuar el debido seguimiento diplomático al tema; La Hoja de Trámite (GAC) N° 681, del Despacho Viceministerial, y el Memorándum (OPM) N° OPM00075/2019 de la Dirección de Organismos y Política Multilateral, ambos de 17 de abril de 2019; así como el Memorándum (OPP) N° OPP00588/2019, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de 22 de abril de 2019, que otorga la certi fi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley N° 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modi fi catoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135- 2010-RE; la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modi fi catorias; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 130-2003-RE y sus modi fi catorias; y, la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Rolando Javier Ruiz Rosas Cateriano, Director de Organismos y Política Multilateral de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Estado Plurinacional de Bolivia, el 24 de abril del 2019, para participar en la Reunión de Coordinadores Nacionales de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC). Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137175 Representación Diplomática y Defensa de los Intereses Nacionales en el Exterior, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes aéreos US$Viáticos por día US$Número de díasTotal viáticos US$ Rolando Javier Ruiz Rosas Cateriano745.00 370.00 1 370.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1762536-1 SALUD Aprueban la relación de productos de referencia que se usarán como comparadores en la realización de los estudios de equivalencia terapéutica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 366-2019/MINSA Lima, 17 de abril del 2019 Visto, el Expediente N° 19-027100-001, que contiene la Nota Informativa N° 234-2019-DIGEMID-DG-EA/MINSA, de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO:Que, el numeral 6) del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es competente en productos farmacéuticos y sanitarios, dispositivos médicos y establecimientos farmacéuticos; Que, los literales a) y b) del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1161, modi fi cado por la Ley N° 30895, establecen que son funciones rectoras del Ministerio de Salud, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, prevención de enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud y buenas prácticas