Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2019 (20/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Martes 20 de agosto de 2019

NORMAS LEGALES

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Artículo Quinto.- DESIGNAR a la doctora ROCIO QUISPE MENDOZA, como Juez Supernumeraria del 11° Juzgado de Paz Letrado de Lima ­ Turno "A" con Sede Comisaría, a partir del día 19 de agosto del 2019. Artículo Sexto.- DEJAR SIN EFECTO el extremo de la Resolución Administrativo N° 403-2019-P-CSJLI/P, de fecha 12 de agosto del 2019 que designa al doctor ARTHUR LUIS FERNANDO BARTRA ZAVALA, como Juez del 27° Juzgado Especializado de Trabajo permanente de Lima. Artículo Sétimo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Gerencia de Administración Distrital, Coordinación de Recursos Humanos de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fines pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. MIGUEL ÁNGEL RIVERA GAMBOA Presidente 1799141-1

ORGANISMOS AUTONOMOS

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de La Esperanza, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad
RESOLUCIÓN Nº 0110-2019-JNE Expediente Nº JNE.2019000907 LA ESPERANZA - TRUJILLO - LA LIBERTAD CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, trece de agosto de dos mil diecinueve. VISTOS los actuados del presente expediente, sobre convocatoria de candidato no proclamado, presentada por Oswaldo L. Sarmiento Sevillano, secretario general de la Municipalidad Distrital de La Esperanza, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, debido a que el regidor electo Wester Danilo Gonzales Rodríguez no juramentó a su cargo para el periodo de gobierno municipal 2019-2022. ANTECEDENTES El 21 y 29 de mayo de 2019 (fojas 1 y 90), el secretario general de la Municipalidad Distrital de La Esperanza, mediante las Cartas Nº 0175-2019-MDE/SG y Nº 01802019-MDE/SG, solicitó la convocatoria del candidato no proclamado, en virtud de la vacancia del regidor Wester Danilo Gonzales Rodríguez, por la causal de inconcurrencia injustificada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, prevista en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). El 10 de junio de 2019 (fojas 108 a 112), a través de la Resolución Nº 0068-2019-JNE, se declaró nulo el acto de notificación de la citación a la ceremonia de juramentación del concejo municipal para el periodo 2019-2022, dirigida al regidor electo Wester Danilo Gonzales Rodríguez, y se requirió al alcalde de la comuna para que cumpla con notificar al mencionado regidor a fin de que participe en la juramentación de su cargo edil, respetando las formalidades previstas en los artículos 21 y siguientes del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del

Procedimiento Administrativo General (en adelante, LPAG). El 26 de junio de 2019 (fojas 116), por medio de la Carta Nº 0214-2019-MDE/SG, el secretario general de la Municipalidad Distrital de La Esperanza remitió copia certificada de: i) la Carta Nº 206-2019-MDE/SG, con la cual se invitó a Wester Danilo Gonzales Rodríguez para que participe de la ceremonia de juramentación en el cargo de regidor, y ii) el Acta de Concurrencia a la Ceremonia de Juramentación de Regidor, de fecha 24 de junio de 2019. El 4 de julio de 2019 (fojas 119 a 122), mediante la Resolución Nº 0090-2019-JNE, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones declaró, por segunda vez, la nulidad del acto de notificación de la citación a la ceremonia de juramentación del concejo municipal para el periodo 2019-2022, dirigida al regidor electo Wester Danilo Gonzales Rodríguez, y requirió al alcalde de la comuna cumpla con notificar al mencionado regidor electo a fin de que participe en la juramentación de su cargo edil, con observancia de las formalidades previstas en los artículos 21 y siguientes de la LPAG. Dicho pronunciamiento fue puesto en conocimiento del alcalde y del regidor interesado a través de las Notificaciones Nº 2531-2019-JNE y Nº 2540-2019-JNE, con fechas 17 y 23 de julio de 2019 (fojas 155 y 163). El 2 de agosto de 2019 (fojas 160), mediante la Carta Nº 0256-2019-MDE/SG, el secretario general de la referida entidad edil remitió copia certificada de: i) la Carta Nº 247-2019-MDE/SG, con la cual se invitó a Wester Danilo Gonzales Rodríguez para que participe de la ceremonia de juramentación en el cargo de regidor, y ii) el Acta de Concurrencia a la Ceremonia de Juramentación de Regidor, de fecha 1 de agosto de 2019. CONSIDERANDOS 1. El artículo 34 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante, LEM), establece que los alcaldes y regidores electos, debidamente proclamados y juramentados asumen sus cargos el primer día de enero del año siguiente al de la elección. Bajo similar tenor, el artículo 6 de la Ley Nº 26997, Ley que establece la conformación de comisiones de transferencia de la administración municipal, dispone que los ciudadanos proclamados como autoridades municipales deberán juramentar de acuerdo con el procedimiento establecido en dicha norma. 2. En el presente caso, del Acta de Concurrencia a la Ceremonia de Juramentación de Regidor, de fecha 1 de agosto de 2019 (fojas 162), se advierte que el regidor electo Wester Danilo Gonzales Rodríguez no asistió al acto de juramentación, pese a que tomó conocimiento de este, tal como se aprecia del cargo de notificación de la Carta Nº 247-2019-MDE/SG, notificada el 25 de julio de 2019 (fojas 161). 3. Estando a lo expuesto, debe procederse conforme lo dispone el artículo 35 de la LEM, que establece que para cubrir las vacantes que se produzcan en los concejos municipales se incorpora al candidato inmediato que no hubiera sido proclamado, de acuerdo con el orden de resultados del escrutinio final, y que haya figurado en la misma lista que integró el regidor que produjo la vacante. 4. En ese sentido, a fin de completar el número de regidores del Concejo Distrital de La Esperanza, corresponde convocar a José Manuel Valderrama Valdivia, identificado con DNI Nº 18183947, candidato no proclamado de la organización política Partido Aprista Peruano, a efectos de que asuma el cargo de regidor del citado concejo distrital y complete el periodo de gobierno municipal 2019-2022. 5. Cabe señalar que dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 14 de noviembre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Trujillo, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

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