Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2019 (05/12/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 4

4 PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO

NORMAS LEGALES

Jueves 5 de diciembre de 2019 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PUNO Acuerdo Nº 060-2019-C/MPP.- Aprueban ejecución de expropiación y valor de tasación de inmuebles afectados por la ejecución del Proyecto "Sistema de Tratamiento de las Aguas Residuales de la Cuenca del Lago Titicaca" 109 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YARABAMBA Acuerdo Nº 061-2019-MDVY.- Autorizan viaje del alcalde para asistir a pasantía a realizarse en Colombia 116

Ordenanza Nº 021-2019.- Declaran como prioridad pública la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, y aprueban la creación de la Instancia Provincial de Concertación para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar 105 Ordenanza Nº 023-2019.- Ordenanza que aprueba la suspensión de la "Actualización del Plan de Desarrollo Urbano de la Provincia Constitucional del Callao 2011 2022" 108

PODER EJECUTIVO

DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA Nº 020-2019 DECRETO DE URGENCIA QUE ESTABLECE LA OBLIGATORIEDAD DE LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA DE INTERESES EN EL SECTOR PÚBLICO
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 135 de la Constitución Política del Perú, durante el interregno parlamentario, el Poder Ejecutivo legisla mediante decretos de urgencia de los que da cuenta a la Comisión Permanente para que los examine y los eleve al Congreso, una vez que éste se instale; Que, mediante Decreto Supremo N° 165-2019PCM, Decreto Supremo que disuelve el Congreso de la República y convoca a elecciones para un nuevo Congreso, se revocó el mandato parlamentario de los congresistas, manteniéndose en funciones la Comisión Permanente; Que, mediante Decreto Supremo Nº 092-2017-PCM, Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, se aprueban disposiciones que son de cumplimiento obligatorio para todas las entidades de los diferentes Poderes del Estado, Organismos Constitucionales Autónomos y los diferentes niveles de gobierno; Que, la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción establece como objetivo general contar con instituciones transparentes e íntegras que practican y promueven la probidad en el ámbito público, sector empresarial y la sociedad civil; y garantizar la prevención y sanción efectiva de la corrupción a nivel nacional, regional y local, con la participación activa de la ciudadanía; Que, la referida Política se organiza en tres ejes, el primero de los cuales se denomina "Capacidad preventiva del Estado frente a los actos de corrupción", que señala como objetivo específico 1.5 "Instalar y consolidar la Gestión de Conflicto de Intereses y la Gestión de Intereses en la Administración Pública", y establece como meta contar con un marco normativo que regule la gestión de los conflictos de interés y la gestión de intereses; Que, mediante Decreto Supremo N° 042-2018-PCM, Decreto Supremo que establece medidas para fortalecer la integridad pública y lucha contra la corrupción, se regulan medidas en materia de integridad pública con el objeto de orientar la correcta, transparente y eficiente actuación de los servidores públicos y de las entidades señaladas en el

artículo I del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019JUS; Que, el numeral 8 del artículo 4 del precitado Decreto Supremo incorpora la Declaración Jurada de Intereses, como mecanismo e instrumento que promueve la integridad pública, para la implementación del control interno y la promoción de acciones de prevención y lucha contra la corrupción; Que, la referida norma define la Declaración Jurada de Intereses, como el instrumento que contiene información respecto a actividades de carácter profesional u ocupacional, actividades comerciales, relaciones de parentesco, entre otras, con la finalidad de hacer público posibles conflictos de intereses; Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2018PCM, Decreto Supremo que aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021, se establece como objetivo específico 1.5 de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, la acción N° 29 "adecuar el marco normativo en materia de integridad pública de acuerdo a los estándares de la OCDE, a través del (...) ii) establecimiento de la obligatoriedad de la declaración jurada de intereses", e identifica a la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción ­ CAN Anticorrupción, como responsable de su cumplimiento; Que, la Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública, establece los principios, deberes y prohibiciones éticas que rigen para los servidores públicos de las entidades de la Administración Pública, precisando el deber de transparencia, que implica ejecutar los actos del servicio de manera pública y transparente, accesible al conocimiento de toda persona; así como la prohibición de mantener intereses en conflicto; Que, el numeral 2 del artículo 39 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, establece que las entidades que forman parte del sistema de justicia están obligadas a publicar en sus respectivos portales de transparencia, la declaración jurada de intereses de los jueces, fiscales y, en general, de los miembros del sistema de justicia que permitan conocer si están o no incursos en situaciones en las cuales sus intereses personales, laborales, económicos o financieros pudieran estar en conflicto con el cumplimiento de los deberes y funciones del cargo; Que, el Decreto Supremo N° 080-2018-PCM, Decreto Supremo que dispone la presentación de la Declaración Jurada de Intereses de los funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo, se dispone la obligación de presentar la Declaración Jurada de Intereses en el ámbito del Poder Ejecutivo; Que, debido a la necesidad de implementar los estándares de integridad a toda la administración pública, mediante Decreto Supremo N° 138-2019-PCM, Decreto Supremo que establece la obligatoriedad de la presentación de la Declaración Jurada de Intereses en el Sector Público, se dispone la obligación de presentar la Declaración Jurada de Intereses por parte de los servidores civiles y de todo aquel que desempeñe una función pública en cualquier entidad del Estado,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.