Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2019 (05/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Jueves 5 de diciembre de 2019 /

El Peruano

009-2013-MINAGRI, ha considerado en el Lineamiento 2 de su Eje de Política 2: Sostenibilidad, que la gestión especial para la conservación y aprovechamiento sostenible de ecosistemas forestales y otros tipos de vegetación silvestre, que se encuentran sujetos a amenazas o procesos de degradación, se efectúa, entre otros, mediante la recuperación y manejo sostenible de las especies de fauna silvestre que se encuentren amenazadas; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo N° 004-2014-MINAGRI, se aprueba la actualización de la lista de clasificación y categorización de las especies amenazadas de fauna silvestre legalmente protegidas, la cual incluye a las tortugas marinas en diversas categorías de amenaza; Que, concordante con lo señalado, el artículo 115 del Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2015-MINAGRI, indica que los planes nacionales de conservación para especies amenazadas de fauna silvestre, son instrumentos de gestión de alcance nacional que tienen por objetivo garantizar la conservación de las poblaciones de especies de fauna silvestre amenazadas y sus hábitats, incluyendo las especies migratorias, cuya conservación es prioridad para el Estado; Que, en el marco de lo expuesto, la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, a través de los documentos del visto, formula y sustenta la aprobación del "Plan Nacional de Conservación de las Tortugas Marinas en el Perú, Periodo 2019 - 2029", el cual ha sido elaborado de manera participativa en coordinación con el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP, el Ministerio del Ambiente ­ MINAM y demás actores vinculados a la conservación de las citadas especies, siendo que el sustento para su elaboración se encuentra contenido en los Informes Técnicos N° 088 y 108-2019-MINAGRI-SERFOR/DGPCFFS-DPR; Que, asimismo, la citada Dirección General mediante Oficio Múltiple N° 006-2019-MINAGRI-SERFOR/ DGPCFFS, remitió al MINAM, al SERNANP, al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, al Ministerio de la Producción y al Instituto del Mar del Perú, la acotada propuesta de Plan Nacional para su revisión y opinión; siendo que los aportes y recomendaciones alcanzados fueron materia de evaluación por parte de la referida Dirección General, para efectos de determinar su incorporación en la versión final de Plan Nacional; Que, asimismo, mediante Informe N° 102-2019-MINAGRI-SERFOR-GG-OGPP/OPR la Oficina de Planeamiento y Racionalización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable a la propuesta de "Plan Nacional de Conservación de las Tortugas Marinas en el Perú, Periodo 2019 - 2029"; Que, conforme a lo previsto en el artículo 14 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, la Dirección Ejecutiva del SERFOR es la máxima autoridad ejecutiva institucional; asimismo, las normas expedidas por el SERFOR son aprobadas por dicha instancia mediante Resolución de Dirección Ejecutiva; Que, en este contexto, resulta necesario aprobar el "Plan Nacional de Conservación de las Tortugas Marinas en el Perú, Periodo 2019 -2029"; Con el visado del Gerente General, del Director General de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre; del Director General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Directora General (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; el Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI que aprueba el Reglamento para la Gestión Forestal; el Decreto Supremo N° 019-2015-MINAGRI que aprueba el Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre; el Decreto Supremo N° 009-2013-MINAGRI que aprueba la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, y el Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR y su modificatoria;

SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el "Plan Nacional de Conservación de las Tortugas Marinas en el Perú, Periodo 2019-2029", que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- El Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre coordina con las instituciones que participan en la ejecución del "Plan Nacional de Conservación de las Tortugas Marinas en el Perú, Periodo 2019 - 2029", las acciones necesarias para su implementación. Artículo 3.- Disponer que la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, se encargue de la implementación del "Plan Nacional de Conservación de las Tortugas Marinas en el Perú, Periodo 2019-2029"; debiendo informar de los resultados de dicha gestión. Artículo 4.- La implementación del documento aprobado mediante el artículo 1 de la presente Resolución, se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, en el marco de sus competencias, sin demandar recursos adicionales al tesoro público, de acuerdo con lo establecido en el Presupuesto Anual de la República. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; asimismo la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.serfor.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO GONZÁLES-ZÚÑIGA G. Director Ejecutivo Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre 1833777-1

Designan Directora de la Oficina de Planeamiento y Racionalización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del SERFOR
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 254-2019-MINAGRI-SERFOR-DE Lima, 4 de diciembre de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI y modificado por Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI, establece que dicha entidad cuenta con una estructura orgánica compuesta, entre otros, por órganos de administración interna y órganos de línea; Que, mediante el artículo 3 de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 182-2019-MINAGRI-SERFORDE de fecha 19 de septiembre de 2019, se designa temporalmente a la señora Maritza Sofía Betalleluz Pallardel, para que desempeñe las funciones inherentes al cargo de Directora de la Oficina de Planeamiento y Racionalización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del SERFOR, en adición a sus funciones y en tanto se designe a su titular; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación temporal de la señora Maritza Sofía Betalleluz Pallardel; así como efectuar su designación en el cargo de Directora de la Oficina de Planeamiento y Racionalización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del SERFOR; Con el visado del Gerente General y de la Directora General (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

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