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26 NORMAS LEGALES Viernes 13 de diciembre de 2019 / El Peruano CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales–SBN es un organismo público ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales, responsable de normar los actos de adquisición, disposición, administración y supervisión de los bienes estatales, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administración está a su cargo, de acuerdo a la normatividad vigente, gozando de autonomía económica, presupuestal, fi nanciera, técnica y funcional, de conformidad a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2019-VIVIENDA (“en adelante TUO”) y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA (“en adelante Reglamento de la Ley”); Que, en el literal b) del numeral 14.1 del artículo 14 del mencionado TUO, concordante con el literal a) del numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento de la Ley, se establece que la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales-SBN, en calidad de ente rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales, tiene la función de expedir directivas o disposiciones legales, entre otros, sobre los actos de adquisición, administración, disposición, registro y supervisión de bienes estatales, de cumplimiento obligatorio por parte de las entidades que conforman el mencionado Sistema; Que, en el literal f) del artículo 4 del TUO, se de fi ne el acto de supervisión como aquél que desarrolla el ente rector sobre los bienes estatales y sobre los actos que recaen sobre éstos; asimismo, respecto del cumplimiento del debido procedimiento que ejecuten las entidades públicas que conforman el Sistema Nacional de Bienes Estatales; Que, en el literal c) del artículo 7 del TUO, en concordancia con el artículo 31 del Reglamento de la Ley, se dispone como una garantía del Sistema Nacional de Bienes Estatales, la supervisión permanente, a cargo del ente rector, de los actos de adquisición, administración y disposición ejecutados por los organismos que conforman el Sistema Nacional de Bienes Estatales; Que, teniendo en cuenta lo señalado en los párrafos precedentes, el 09 de agosto de 2018, mediante la Resolución N° 063-2018/SBN se aprobó la Directiva N° 005-2018/SBN denominada “Disposiciones para la supervisión de los Bienes Inmuebles Estatales” , que tiene como objeto regular las actuaciones para la supervisión de los bienes inmuebles del Estado, de las obligaciones contenidas en los actos que recaen sobre dichos bienes y del procedimiento que ejecutan las entidades del SNBE, que tiene por fi nalidad la de garantizar el uso y aprovechamiento e fi ciente de los bienes inmuebles estatales y la correcta aplicación de la normativa legal aplicable en los actos de adquisición, administración, disposición y registro por parte de las entidades que forman parte del SNBE; Que, la Dirección de Gestión del Patrimonio Estatal a través del Memorándum N° 161-2019/SBN-DGPE comunica a la Dirección de Normas y Registro de la modi fi cación de la Directiva N° 001-2018/SBN denominada “Disposiciones para la Supervisión de los Bienes Inmuebles Estatales” aprobada con la Resolución N° 063-2018/SBN solicitada por la Subdirección de Supervisión, a fi n de contar con normas claras y predecibles que permitan supervisar e fi cientemente la propiedad predial estatal; Que, la Dirección de Normas y Registro a través de la Subdirección de Normas y Capacitación de la Dirección de Normas y Registro, en coordinación con la Subdirección de Supervisión, sustenta y propone la modi fi cación de diversos artículos de la Directiva N° 001-2018/SBN, a fi n de que esta sea actualizada a las disposiciones del TUO de la Ley N° 29151, el TUO de la Ley N° 27444, Ley General del Procedimiento Administrativo General, y se precise el procedimiento de las actuaciones de supervisión para una mejor aplicación, tales como son: el artículo IV, el numeral 6.6.1.2, literal d) del numeral 6.8.1, literales b) y c) del numeral 6.8.2, literal a) del numeral 6.9, literales a) y b) del numeral 6.10, literal c) del numeral 7.1.1.3, literal c) del numeral 7.1.1.3.1, literales a) y b) del numeral 7.1.2.2.1, numeral 7.1.2.2.2, literal b) del numeral 7.2.1.2.2, literal c) del numeral 7.2.1.3, literales a) y b) del numeral 7.2.2.2.1, numeral 7.2.3, literal a) del numeral 7.2.4, literal c) del numeral 7.3.1.3, numeral 7.3.2.2.1 artículo X. Disposiciones Complementarias Finales, artículo XI. Glosario de Términos, y, artículo XII. Abreviaturas y Nomenclaturas de la Directiva N° 001-2018/SBN, denominada “Disposiciones para la Supervisión de Bienes Inmuebles Estatales”; asimismo incorpora al mencionado dispositivo legal el numeral 6.15 y como anexo los tres (03) formatos de Acta de Inspección (Actos emitidos por las entidades de la SNBE, Bienes Inmuebles Estatales y Procedimientos ejecutados por las entidades del SNBE); Que, asimismo, señala que como consecuencia de las modi fi caciones realizadas a la Directiva N° 001-2018/ SBN denominada “Disposiciones para la Supervisión de los Bienes Inmuebles Estatales”, resulta necesario uniformizar dichas modi fi caciones con otras directivas conexas, con la fi nalidad de brindar coherencia e integralidad a las normas que regulan los actos de gestión en el SNBE, como son las siguientes: - Los numerales 9.3, 9.5 y 9.6 de la Directiva N° 005-2013-SBN, denominada “Procedimientos para la Aprobación de la Transferencia Interestatal de Predios del Estado”, aprobada mediante Resolución N° 067-2013-SBN; - La modi fi cación de los numerales 3.12, 3.14, 3.15 y 3.19, así como la derogación del numeral 3.16 de la Directiva N° 005-2011/SBN, denominada “Procedimientos para el Otorgamiento y Extinción de la Afectación en Uso de Predios de Dominio Privado Estatal así como para la Regularización de Afectaciones en Uso de Predios de Dominio Público”, aprobada por Resolución N° 050-2011-SBN; y, - La modi fi cación del numeral 3.29 de la Directiva N°004-2011/SBN, denominada “Procedimientos para la Constitución del Derecho de Usufructo Oneroso de Predios de Dominio Privado Estatal de Libre Disponibilidad y de la Opinión Técnica de la SBN para la Constitución del Derecho de Usufructo a cargo de las Entidades del Sistema” aprobada por Resolución N° 044-2011-SBN; - La modi fi cación del numeral 3.29 de la Directiva N°004-2011/SBN, denominada “Procedimientos para la Constitución del Derecho de Usufructo Oneroso de Predios de Dominio Privado Estatal de Libre Disponibilidad y de la Opinión Técnica de la SBN para la Constitución del Derecho de Usufructo a cargo de las Entidades del Sistema” aprobada por Resolución N° 044-2011-SBN; Que, con el Memorándum N° 0902-2019/SBN-DNR, la Dirección de Normas y Registro, otorga la conformidad a la propuesta sustentada por la Subdirección de Normas y Capacitación en coordinación con las áreas operativas de la Dirección de Gestión del Patrimonio Estatal, la Subdirección de Supervisión, la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal y la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario; Que, mediante el Informe N° 0361-2019/SBN-OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión técnica favorable a la propuesta de modi fi cación de las Directivas N° 001-2018/SBN, N° 004-2011/SBN, N° 005-2011/SBN y N° 005-2013/SBN la cual ha sido elaborada de acuerdo a las disposiciones contenidas en la Directiva N° 002-2017/SBN denominada “Disposiciones para la Emisión de Documentos Normativos en la SBN”, aprobada por la Resolución N° 051-2017/SBN; Que, a través de los Informes N° 206 y 207-2019/SBN- OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable a la propuesta de al proyecto de modi fi cación de la Directiva N° 001-2018/SBN denominada “Disposiciones para la Supervisión de los Bienes Inmuebles Estatales”, la Directiva N° 005-2013-SBN, denominada “Procedimientos para la Aprobación de la Transferencia Interestatal de Predios del Estado”, la Directiva N° 005-2011/SBN, denominada “Procedimientos para el Otorgamiento y Extinción de la Afectación en Uso de Predios de Dominio Privado Estatal así como para la Regularización de