Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2019 (21/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Sábado 21 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

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solicitado licencia en el ejercicio del cargo de Ministra de Estado, del 24 al 25 de diciembre de 2019; por motivos personales y sin derecho a goce de remuneraciones; Que, en consecuencia, resulta necesario otorgar la licencia a la citada funcionaria, y encargar el Despacho del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social mientras dure la ausencia de su titular; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; y, de la Ley N° 29158 ­ Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar licencia a la señora Ariela María de los Milagros Luna Florez, Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, en el ejercicio del cargo de Ministra de Estado, del 24 al 25 de diciembre de 2019, por motivos personales y sin derecho a goce de remuneraciones. Artículo 2.- Encargar el Despacho del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social a la señora Flor Aideé Pablo Medina, Ministra de Educación, a partir del 24 de diciembre de 2019 y en tanto dure la ausencia de su titular. Artículo 3.- La presente resolución suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Presidente del Consejo de Ministros 1839593-3

AGRICULTURA Y RIEGO
Aprueban reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Ministerio de Agricultura y Riego Sede Central
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 0191-2019-MINAGRI-SG Lima, 19 de diciembre de 2019 VISTOS: El Oficio Nº 550-2019-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE/OA de la Oficina de Administración del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL, el Informe Nº 206-2019-MINAGRI-SG-OGGRHOARH de la Oficina General de de Gestión de Recursos Humanos, el Informe Nº 229-2019-MINAGRI-SG/OGPPODOM de la Oficina de Desarrollo Organizacional y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Legal N° 1351-2019-MINAGRISG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 561-2014-MINAGRI se aprobó el reordenamiento de cargos del Cuadro de Asignación de Personal CAP ­ Provisional del MINAGRI y reordenado con las Resoluciones Ministeriales Nº 612-2014-MINAGRI, Nº 084-2015-MINAGRI, Nº 076-2016-MINAGRI, Nº 492-2016-MINAGRI, Nº 107-2017-MINAGRI, Nº 389-2017-MINAGRI, Nº 092-2018-MINAGRI, Nº 380-2018-MINAGRI y Resolución de Secretaria General Nº 109-2019-MINAGRI-SG; Que, la Oficina de Administración del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRORURAL remitió a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Agricultura y Riego para gestionar su aprobación, la propuesta de reordenamiento de cargos CAP Provisional del MINAGRI, sustentado en los

términos que contiene el Informe Nº 1143-2019-MINAGRIDVDIAR-AGRORURAL-DE/OA-UGRH; Que, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos señala que el reordenamiento de cargos del CAP Provisional permitirá el sinceramiento del estado situacional de los cargos ocupados y/o previstos, sin incidir en el incremento de presupuesto de la entidad, concluyendo que resulta procedente el reordenamiento propuesto; Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión técnica favorable a la propuesta de reordenamiento de cargos del CAP Provisional del MINAGRI, señalando que la propuesta acotada plantea mantener los ochocientos noventa y cinco (895) cargos, conteniendo cambios en el campo "Situación del Cargo" de los cargos correspondientes al Grupo de Rotación Permanente AGRO RURAL, ocupado por personal bajo el Decreto Legislativo Nº 728, proveniente del Ex Programa PRONAMACHCS, los cuales se deben a casos de fallecimiento o jubilación, cuyas plazas se encuentran presupuestadas; Que, de conformidad al literal f) del numeral 4.3 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH el CAP ­ Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la entidad, sobre la base de la estructura orgánica vigente y prevista en el Reglamento de Organización y Funciones, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el periodo de transición del sector público al régimen del Servicio Civil previsto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; Que, el numeral 5 del Anexo 4 de la Directiva acotada en el párrafo anterior, señala que el reordenamiento de cargos del CAP ­ Provisional, es el procedimiento mediante el cual se realizan las siguientes acciones: cambios en los campos: "n" de orden, "cargo estructural", "código", "clasificación", "situación del cargo" y "cargo de confianza"; así como otras acciones de administración del CAP ­ Provisional que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad; Que, mediante el Informe Técnico Nº 1410-2016-SERVIR/GPGSC la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR, señala que la finalidad del CAP ­ Provisional es: (...) viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de transición del sector público al régimen del servicio civil previsto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y en tanto se reemplace el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y Presupuesto Analítico de Personal (PAP) por el CPE, dado que el CAP Provisional sólo se puede aprobar en tanto la entidad pública no haya aprobado el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE)"; Que, en ese sentido, corresponde disponer el reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del MINAGRI Sede Central, de acuerdo a la propuesta formulada por la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos mediante informe de vistos, el mismo que cuenta con la conformidad de la Oficina de Desarrollo Organizacional y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina General de Asesoría Jurídica; Que, el literal e) del rubro "En materia administrativa" del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 0005-2019-MINAGRI, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 16 de enero de 2019, se dispuso delegar en el Secretario General la facultad para reordenar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP ­P) del Ministerio de Agricultura y Riego, por lo tanto, en virtud a la delegación señalada corresponde al Secretario General aprobar el reordenamiento de cargos del CAP ­ Provisional solicitado; Con los respectivos visados de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30057; Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, que aprueba la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH denominada "Normas para la gestión del Proceso de Administración de Puestos y Elaboración y Aprobación

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