Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2019 (21/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Sábado 21 de diciembre de 2019 /

El Peruano

Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a Italia, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1950-2019 DE/MGP Lima, 19 de diciembre de 2019 Visto, el Oficio Nº 6550/51 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 5 de diciembre del 2019; CONSIDERANDO: Que, con Oficio N.1000-0088 de fecha 9 de mayo del 2019, el Agregado de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en la República Italiana ha informado al Comandante General de la Marina, que ha recepcionado la Carta S/N del Jefe del Estado Mayor de la Marina Italiana, mediante la cual remite la Carta Contractual del Centro de Altos Estudios para la Defensa de la Marina Militar Italiana, en donde notifica las condiciones para la admisión del personal militar de la Marina de Guerra del Perú, a fin que asista a la 71a Sesión Ordinaria del Instituto de Altos Estudios para la Defensa (IASD) y al Máster en Estrategia Global y Seguridad, a realizarse en las instalaciones de dicho instituto, ubicado en la Ciudad de Roma, República Italiana, del 7 de enero al 12 de junio del 2020; Que, por Oficio Nº 1850/52 de fecha 14 de noviembre del 2019, el Director General de Educación de la Marina propone al Capitán de Navío Juan Álvaro PALACIOS Aguilar, para que asista a la 71a Sesión Ordinaria del Instituto de Altos Estudios para la Defensa (IASD) y al Máster en Estrategia Global y Seguridad; lo que permitirá fortalecer las capacidades analíticas y las competencias del Oficial participante; así como, acceder a nuevos conocimientos, interactuar con Oficiales de otras Armadas y obtener experiencias en los diferentes ámbitos, con la finalidad de ejercer cargos y funciones de Oficial de Estado Mayor Naval y directivos en el nivel intermedio de la Institución; Que, de acuerdo al Compromiso de Previsión de Recursos Nº 179-2019, emitido por el Jefe del Departamento de Programación y Presupuesto del Estado Mayor General de la Marina, se ha considerado para el Año Fiscal 2020, la participación de un (1) Oficial Superior de la Marina de Guerra del Perú, en la 71a Sesión Ordinaria del Instituto de Altos Estudios para la Defensa (IASD) y en el Máster en Estrategia Global y Seguridad, a realizarse en la Ciudad de Roma, República Italiana, del 7 de enero al 12 de junio del 2020; garantizando de esta manera el pago de la obligación por el año antes mencionado; Que, el Numeral 2.1 del Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los Literales a), b) o c) del Artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal designado durante la totalidad de las actividades programadas, es necesario autorizar su salida del país con dos (2) días de anticipación; así como, su retorno un (1) día después de los eventos, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, de conformidad con el Artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el Artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en

el mismo artículo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG y sus modificatorias aprobadas con los Decretos Supremos Nº 010-2010-DE y Nº 009-2013-DE; Que, el Ministerio de Defensa, ha dispuesto que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; el Decreto de Urgencia Nº 0142019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 2622014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Navío Juan Álvaro PALACIOS Aguilar, CIP. 01802768, DNI. 09380123, para que participe en la 71a Sesión Ordinaria del Instituto de Altos Estudios para la Defensa (IASD) y en el Máster en Estrategia Global y Seguridad, a realizarse en la Ciudad de Roma, República Italiana, del 7 de enero al 12 de junio del 2020; así como, autorizar su salida del país el 5 de enero y su retorno el 13 de junio del 2020. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aéreos: Lima - Roma (República Italiana) - Lima US$. 2,944.97 US$. 2,944.97 ------------------TOTAL A PAGAR EN DÓLARES AMERICANOS: US$. 2,944.97 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: 5,330.11 / 31 x 25 días (enero 2020) 4,298.48 5,330.11 x 4 meses (febrero - mayo 2020) 21,320.44 5,330.11 / 30 x 12 días (junio 2020) 2,132.04 ------------------TOTAL A PAGAR EN EUROS: 27,750.96

Artículo 3.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4.- El monto de la Compensación Extraordinaria Mensual será reducido, por la Marina de Guerra del Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los Literales a), b) o c) del Artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del Numeral 2.1 del Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF.

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