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82 NORMAS LEGALES Martes 31 de diciembre de 2019 / El Peruano correspondientes en las áreas de su competencia, de conformidad a los dispositivos legales vigentes. Artículo 9º.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1 Principio de Legalidad.- Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la Ley y al derecho dentro de las facultades que les estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los cuales les fueron conferidas. 2 Principio de Razonabilidad.- Las decisiones de la autoridad administrativa, cuando creen obligaciones, cali fi quen infracciones, impongan sanciones o establezcan restricciones a los administrados, deben adaptarse dentro de los límites de la facultad atribuida y manteniendo la debida proporción entre los medios a emplear y los fi nes públicos que deba tutelar, a fi n de que respondan a lo estrictamente necesario para la satisfacción de su cometido 3 Principio de Verdad Material.- En el procedimiento, la autoridad administrativa competente deberá veri fi car plenamente los hechos que sirven de motivo a sus decisiones, para lo cual deberá adoptar todas las medidas probatorias necesarias autorizadas por la ley, aun cuando no hayan sido propuestas por los administrados o hayan acordado eximirse de ellas 1841829-15 Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) 2020 del Ministerio del Interior RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 2083-2019-IN Lima, 30 de diciembre de 2019VISTOS, el Informe N° 0010-2019-IN-OGPP/OPE-JFDB, de la O fi cina de Planeamiento y Estadística; el Memorando N° 002638-2019-IN/OGPP, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 003089-2019-IN/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 25° de la Ley N°29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado tienen entre sus funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, de conformidad a la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN/PCD, y modi fi cada con Resoluciones de Presidencia de Consejo Directivo N° 062-2017/CEPLAN/PCD, N° 00053-2018/CEPLAN/PCD y N° 00016-2019/CEPLAN/PCD, el Plan Operativo Institucional establece las Actividades Operativas e Inversiones priorizadas vinculadas al cumplimiento de los Objetivos y Acciones Estratégicas Institucionales aprobadas en el Plan Estratégico Institucional del Pliego; permitiendo con su ejecución producir bienes o servicios y realizar inversiones, en cada periodo anual. Asimismo se de fi ne como un instrumento de gestión que orienta la necesidad de recursos para implementar la identi fi cación de la estrategia institucional; Que, mediante Resolución Ministerial N° 716-2019-IN de fecha 16 de mayo de 2019, se aprobó la Extensión del Horizonte del Plan Estratégico Institucional – PEI correspondiente al periodo 2017-2022 del Ministerio del Interior, asimismo mediante Resolución Ministerial N° 763-2019-IN, de fecha 28 de mayo de 2019, se aprobó el Plan Operativo Institucional Multianual 2020-2022 del Ministerio del Interior;Que, la referida Guía para el Planeamiento Institucional, establece las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico Institucional - PEI y el Plan Operativo Institucional – POI, en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua; asimismo en el numeral 4.1 de la mencionada Guía se establece que a nivel institucional, cada Pliego del Sector Público elabora un Plan Estratégico Institucional - PEI y un Plan Operativo Institucional – POI a nivel de cada Unidad Ejecutora o Municipalidad, los cuales orientan su accionar para el logro de los objetivos establecidos en la política institucional en el marco de las políticas y planes nacionales y territoriales; Que, el numeral 4.2 de la mencionada Guía, indica que el Titular de la entidad conforma una Comisión de Planeamiento Estratégico bajo su liderazgo, en la cual participan tanto funcionarios de la Alta Dirección como aquellos a cargo de los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, y otros que el órgano resolutivo designe, dependiendo de la estructura organizacional de la entidad. Además, podrá conformar un equipo técnico integrado por representantes de los miembros de la Comisión. Dicha Comisión tiene por función, entre otras, validar el documento del PEI y POI; Que, mediante Decreto de Urgencia N° 014-2019, se aprobó el presupuesto para el Año Fiscal 2020; Que, conforme al literal a) del artículo 38 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto tiene por función entre otras, dirigir la formulación, evaluación y/o actualización del Plan Estratégico Sectorial Multianual, Plan Estratégico Institucional y Plan Operativo Institucional del Ministerio del Interior, que incluye a la Policía Nacional del Perú, en el marco de las normas y lineamientos del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y de las políticas nacionales y sectoriales; Que, asimismo conforme al literal d) del artículo 41 del referido Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, la O fi cina de Planeamiento y Estadística de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto tiene por función entre otras, “formular, monitorear y evaluar el Plan Estratégico Sectorial Multianual – PESEM, el Plan Estratégico Institucional – PEI, el Plan Operativo Institucional (…)”; Que, mediante Informe N° 0010-2019-IN-OGPP/OPE- JFDB, la O fi cina de Planeamiento y Estadística de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión técnica favorable proponiendo la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) 2020 del Ministerio del Interior consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura - PIA; Con la visación de la Secretaría General, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; SE RESUELVE: Artículo 1°. - Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) 2020 del Ministerio del Interior, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°. - Encargar a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto la difusión, el seguimiento y la evaluación del Plan Operativo Institucional (POI) 2020 del Ministerio del Interior. Artículo 3°. - Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como la publicación de la Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter). Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1841786-1