Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2019 (31/12/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 376

TEXTO PAGINA: 90

90 NORMAS LEGALES Martes 31 de diciembre de 2019 / El Peruano Que, conforme a lo establecido en el literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, son funciones generales de los ministerios, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y en uso de sus facultades contenidas en el artículo 95 del Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, concordante con el literal g) del artículo 96, esta entidad tiene como una de sus funciones rectoras dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas, la gestión de los recursos del Sector, así como para el otorgamiento, reconocimiento de derechos, la sanción, fi scalización y ejecución coactiva; Que, para mayor respaldo, seguridad jurídica, transparencia y señalización de mercado, se recomienda que dichos lineamientos que contienen la “Hoja de Ruta que identi fi ca los estándares de calidad y Reglamentación Técnica adecuados para un Mercado Competitivo” y el “Programa de Reglamentos Técnicos” sean aprobados mediante resolución directoral al ser la norma que permite formular, ejecutar y supervisar las políticas nacionales y sectoriales; Que, con la dación de esta resolución directoral se da por cumplido el Hito 1 de la Medida de Política 6.9 del Objetivo Prioritario Nº 6 del Plan Nacional de Competitividad y Productividad; SE RESUELVE:Artículo 1.- De la Hoja de Ruta Aprobar la “Hoja de Ruta que identi fi ca los estándares de calidad y Reglamentación Técnica adecuados para un Mercado Competitivo”, contenida en el Informe Nº 004-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGPAR el cual forma parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 2.- Del Programa de Reglamentos Técnicos Aprobar el “Programa de Reglamentos Técnicos” contenida en el Informe Nº 004-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGPAR el cual forma parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 3.- Publicidad Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce). Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS FERNANDO CASTELLANOS SÁNCHEZ Director GeneralDirección General de Políticas y Análisis Regulatorio 1841692-1 Autorizan transferencias financieras del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, a favor de entidades que ejecutan Subproyectos de Innovación en Pesca y Acuicultura, beneficiarias del Concurso 2017-2018 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 004-2019-PRODUCE-PNIPA-DE Lima, 28 de marzo de 2019VISTO; El Informe N° 035-2019-PRODUCE-PNIPA-UPP, emitido por la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto, que remite la relación de las subvenciones a Entidades Privadas que ejecutan Subproyectos de Innovación en Pesca y Acuicultura - Concurso 2017-2018; CONSIDERANDO;Que, mediante Decreto Supremo N° 396-2016-EF, de fecha 31 de diciembre de 2016, el gobierno peruano aprobó la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Internacional de la Reconstrucción y Fomento – en adelante BIRF, por la suma de USD 40 millones, destinada a fi nanciar parcialmente el Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura – en adelante el PNIPA; Que, la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF/Banco Mundial, con fecha 13 de marzo de 2017, fi rmaron el Contrato de Préstamo N° 8692-PE, por la suma de USD 40 millones, destinada a fi nanciar parcialmente el PNIPA; Que, el Ministerio de la Producción con fecha 5 de mayo de 2017, emitió la Resolución Ministerial N° 198-2017-PRODUCE, a través de la cual, crea la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, en el Pliego 038: Ministerio de la Producción que constituye un Programa de Inversión Pública, con declaratoria de viabilidad Código PROG-19-2014-SNIP. El Programa tiene como uno de los ejes principales de la intervención, a la movilización de recursos concursables para fi nanciar subproyectos de I&D+I, a través de las convocatorias periódicas con alcance nacional, a estas podrán participar empresas, asociaciones de productores, universidades, centros de investigación y otros agentes que se organicen a través de alianzas estratégicas para presentar propuestas de subproyectos; Que, mediante Resolución Ministerial N° 346-2017-PRODUCE de fecha 24 de julio de 2017, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura; Que, de acuerdo con lo previsto en el Contrato de Préstamo N° 8692-PE, con relación especí fi camente al fi nanciamiento de subproyectos con los recursos asignados al PNIPA, en el Apéndice 2, Sección I, literal B “Subproyectos”, se establece entre otros que: “Para llevar a cabo las Partes 1 y 2 del Proyecto, el Prestatario deberá, a través de PRODUCE: (a) Después de haber seleccionado un Subproyecto de acuerdo con las directrices y procedimientos establecidos en el Manual Operativo, poner a disposición del Bene fi ciario pertinente una parte de los fondos del Préstamo (los Fondos del Subproyecto) de conformidad con un Acuerdo (“Acuerdo de Subproyecto”) a celebrarse entre el Prestatario, a través de PRODUCE, y dicho Bene fi ciario, bajo los términos y condiciones aprobados por el Banco e incluidos en el Manual de Operaciones. (b) Asegurarse de que cada Acuerdo de Subproyecto se elabore con base en el modelo de formulario aprobado por el Banco e incluido en el Manual de Operaciones, donde el Prestatario, a través de PRODUCE: (…) (ii) exigir a cada Bene fi ciario que lleve a cabo el Subproyecto pertinente con la debida diligencia y efi ciencia y según las normas y prácticas técnicas, económicas, de acuicultura, pesqueras, ambientales y sociales adecuadas y satisfactorias para el Banco, incluso de conformidad con las disposiciones de las Directrices anticorrupción (aplicables a los destinatarios de los préstamos que no sean el Prestatario), (…) (iii) proporcionar, rápidamente cuando sea necesario, los recursos requeridos para ejecutar el Subproyecto; (iv) adquirir los bienes, los servicios no relacionados con Consultoría y los servicios de consultores que se fi nanciarán con los Fondos del Subproyecto, de conformidad con las disposiciones del presente Acuerdo; (…)”; Que, en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, entre otros, autoriza durante el Año Fiscal 2019, al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, para efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, y a otorgar subvenciones a favor de los