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71 NORMAS LEGALES Martes 8 de enero de 2019 El Peruano / CONSIDERANDOS 1. Llevado a cabo el Referéndum Nacional 2018, el domingo 9 de diciembre de 2018, y resueltas en su totalidad las observaciones a las actas electorales, la O fi cina Nacional de Procesos Electorales ha culminado con el cómputo de los votos emitidos en todo el territorio nacional y los votos emitidos por los ciudadanos peruanos residentes en el extranjero; habiendo remitido los respectivos reportes de cómputo de votos, sobre los cuales, los 93 Jurados Electorales Especiales que se instalaron en todo el territorio de la República han elaborado sus correspondientes actas de proclamación descentralizada; asimismo, ha remitido a este organismo electoral el O fi cio N° 000004-2019-SG/ ONPE, de fecha 2 de enero de 2019, que anexa un CD que contiene la base de datos con el resultado consolidado de dicho proceso electoral. 2. Este órgano colegiado, ejerciendo la función establecida en el artículo 178, numeral 5, de la Constitución Política del Perú y al artículo 5, literal h, de la Ley N° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, ha procedido a la proclamación de resultados conforme al Acta de Proclamación del visto, consolidando los resultados descentralizados de los Jurados Electorales Especiales, por tratarse de un proceso electoral realizado en distrito electoral nacional; correspondiendo expedir y publicar la resolución que dé a conocer los resultados del proceso y lo dé por concluido. 3. Asimismo, es necesario dejar sin efecto la declaración de sesión permanente dispuesta mediante la Resolución N° 3545-2018-JNE, de fecha 7 de diciembre de 2018, en el marco de la Segunda Elección Regional – Elecciones Regionales 2018 y Referéndum Nacional 2018. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE:Artículo Primero .- PROCLAMAR los resultados del Referéndum Nacional 2018, convocado mediante Decreto Supremo N° 101-2018-PCM, conforme al siguiente detalle: 1. Primera pregunta: 1 ¿Aprueba la reforma constitucional sobre la conformación y funciones de la Junta Nacional de Justicia (antes Consejo Nacional de la Magistratura)? VOTOS A FAVOR DE LA OPCIÓN “SÍ” 13 727 144 VOTOS A FAVOR DE LA OPCIÓN “NO” 2 130 891 VOTOS EN BLANCO 684 640 VOTOS NULOS 1 083 648 TOTAL DE VOTOS EMITIDOS 17 626 323 TOTAL DE ELECTORES HÁBILES 24 373 821 TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON 17 626 323 TOTAL DE VOTOS VÁLIDOS 15 858 035 50% DE VOTOS VÁLIDOS 7 929 018 OPCIÓN GANADORA: SÍ, con 13 727 144 votos. 2. Segunda pregunta: 2 ¿Aprueba la reforma constitucional que regula el fi nanciamiento de las organizaciones políticas? VOTOS A FAVOR DE LA OPCIÓN “SÍ” 13 667 716 VOTOS A FAVOR DE LA OPCIÓN “NO” 2 266 138 VOTOS EN BLANCO 722 996 VOTOS NULOS 969 473 TOTAL DE VOTOS EMITIDOS 17 626 323 TOTAL DE ELECTORES HÁBILES 24 373 821TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON 17 626 323TOTAL DE VOTOS VÁLIDOS 15 933 854 50% DE VOTOS VÁLIDOS 7 966 927 OPCIÓN GANADORA: SÍ, con 13 667 716 votos. 3. Tercera pregunta: 3 ¿Aprueba la reforma constitucional que prohíbe la reelección inmediata de parlamentarios de la República? VOTOS A FAVOR DE LA OPCIÓN “SÍ” 13 598 123 VOTOS A FAVOR DE LA OPCIÓN “NO” 2 248 887 VOTOS EN BLANCO 772 010 VOTOS NULOS 1 007 303 TOTAL DE VOTOS EMITIDOS 17 626 323 TOTAL DE ELECTORES HÁBILES 24 373 821 TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON 17 626 323 TOTAL DE VOTOS VÁLIDOS 15 847 010 50% DE VOTOS VÁLIDOS 7 923 505 OPCIÓN GANADORA: SÍ, con 13 598 123 votos. 4. Cuarta pregunta: 4 ¿Aprueba la reforma constitucional que establece la bicameralidad en el Congreso de la República? VOTOS A FAVOR DE LA OPCIÓN “SÍ” 1 462 516 VOTOS A FAVOR DE LA OPCIÓN “NO” 13 949 831 VOTOS EN BLANCO 1 006 825 VOTOS NULOS 1 207 151 TOTAL DE VOTOS EMITIDOS 17 626 323 TOTAL DE ELECTORES HÁBILES 24 373 821 TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON 17 626 323 TOTAL DE VOTOS VÁLIDOS 15 412 347 50% DE VOTOS VÁLIDOS 7 706 174 OPCIÓN GANADORA: NO, con 13 949 831 votos. Artículo Segundo .- REMITIR el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo del Referéndum Nacional 2018 y la presente resolución a la Presidencia de la República y al Congreso de la República, para los fi nes pertinentes. Artículo Tercero .- DECLARAR concluido el proceso de Referéndum Nacional 2018. Artículo Cuarto .- DEJAR SIN EFECTO la declaración de sesión permanente decretada mediante la Resolución N° 3545-2018-JNE, de fecha 7 de diciembre de 2018. Artículo Quinto .- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGOARCE CÓRDOVACHÁVARRY CORREARODRÍGUEZ VÉLEZConcha Moscoso Secretaria General 1729218-9