Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2019 (12/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Sábado 12 de enero de 2019 /

El Peruano

Nº 034-2015-EF, que aprueba el procedimiento para el Concurso Público de evaluación y selección de los vocales del Tribunal, mantienen su cargo hasta el cumplimiento del plazo señalado en el artículo 60 de la Ley de Contrataciones del Estado, Ley Nº 30225, contados desde la fecha de su designación, sin perjuicio de las causales de remoción correspondientes.". DEBE DECIR: "Segunda. Los Vocales del Tribunal elegidos por Concurso Público en el marco del Decreto Supremo Nº 034-2015-EF, que aprueba el procedimiento para el Concurso Público de evaluación y selección de los vocales del Tribunal, mantienen su cargo hasta el cumplimiento del plazo señalado en el artículo 60 de la Ley de Contrataciones del Estado, Ley Nº 30225, contados desde la fecha de su designación, sin perjuicio de las causales de remoción correspondientes.". - Anexo Nº 1 Definiciones (página 57) DICE: "(...)

emitida por el órgano encargado de las contrataciones o funcionario autorizado de la Entidad. - Cualquier otra documentación que acredite de manera fehaciente la experiencia. - Constancia o certificado de trabajo emitido por el área de recursos humanos o la que haga sus veces o funcionario competente. - Cualquier otra documentación que acredite de manera fehaciente la experiencia.". DEBE DECIR: "1. Certificación por parte del OSCE de los servidores del órgano encargado de las contrataciones de las Entidades 1.1. Las condiciones para lograr la certificación por parte del OSCE son las siguientes: (...) 1.2. Para tal efecto, los profesionales y técnicos que requieran ser certificados presentan su solicitud según Formulario aprobado, efectúan el pago de la tasa correspondiente, y cumplen con los siguientes requisitos, según el nivel obtenido en el examen de certificación: (...)

Homogeneización: Es el proceso mediante el cual, al interior de las entidades, se definen las características o prestaciones los requerimientos a contratar, sobre la base del análisis de sus propias necesidades y, los bienes y servicios ofertados en el mercado. (...)" DEBE DECIR: "(...) Homogeneización: Es el proceso mediante el cual, al interior de las entidades, se definen las características o prestaciones de los requerimientos a contratar, sobre la base del análisis de sus propias necesidades y, los bienes y servicios ofertados en el mercado. (...)" - Primer párrafo del inciso 1.2. del numeral 1 y literal b) del inciso 1.2. del numeral 1 del Anexo Nº 2 Procedimientos (páginas 58 y 59) DICE: "1. Certificación por parte del OSCE de los servidores del órgano encargado de las contrataciones de las Entidades 1.1. Las condiciones para lograr la certificación por parte del OSCE son las siguientes: (...) 1.2. Para tal efecto, los profesionales y técnicos que requieran ser certificados presentan su solicitud según Formulario aprobado, efectuar el pago de la tasa correspondiente, y cumplir con los siguientes requisitos, según el nivel obtenido en el examen de certificación: (...) b. Experiencia laboral - Resolución de nombramiento o designación en el cargo o puesto y resolución de cese, en caso no continúe en el ejercicio del cargo o puesto, en caso de no contar con resolución de cese y de existir continuidad laboral, ultima boleta de pago, o documento emitido por el área de recursos humanos o el que haga sus veces, que dé cuenta de la continuidad del servicio. - Contrato de locación u orden de servicio, acompañado de su respectiva conformidad. - Contrato CAS o última adenda, acompañada con última boleta de pago. - Conformidad del servicio o constancia de prestación

b. Experiencia laboral - Resolución de nombramiento o designación en el cargo o puesto y resolución de cese, en caso no continúe en el ejercicio del cargo o puesto, en caso de no contar con resolución de cese y de existir continuidad laboral, ultima boleta de pago, o documento emitido por el área de recursos humanos o el que haga sus veces, que dé cuenta de la continuidad del servicio. - Contrato de locación u orden de servicio, acompañado de su respectiva conformidad. - Contrato CAS o última adenda, acompañada con última boleta de pago. - Conformidad del servicio o constancia de prestación emitida por el órgano encargado de las contrataciones o funcionario autorizado de la Entidad. - Constancia o certificado de trabajo emitido por el área de recursos humanos o la que haga sus veces o funcionario competente. - Cualquier otra documentación que acredite de manera fehaciente la experiencia. ". 1731050-1

EDUCACION
Aprueban la Norma Técnica para la implementación del mecanismo denominado "Fomento para la mejora del servicio educativo de las universidades públicas"
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 009-2019-MINEDU Lima, 10 de enero de 2019 VISTOS, los Expedientes N°s 2018-240376 y 20180257275, los Informes N°s 260, 281-2018-MINEDU/VMGPDIGESU-DIPODA y 002-2019-MINEDU/VMGP-DIGESUDIPODA de la Dirección de Políticas para el Desarrollo y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria; los Informes N°s 47-2018-MINEDU/SPE-OPEPUFD y 001-2019-MINEDU/SPE-OPEP-UFD de la Unidad de Financiamiento por Desempeño de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; el Informe N° 010-2019-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; y, el Informe N° 18-2019-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

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