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4 NORMAS LEGALES Lunes 14 de enero de 2019 / El Peruano COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Designan miembro del Consejo Nacional para la Calidad – CONACAL, en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 007-2019-MINCETUR Lima, 8 de enero de 2019VISTO, el Memorándum N° 003-2019-MINCETUR/ VMCE del Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (en adelante, MINCETUR) y modi fi catorias, dicha entidad es el organismo rector del Sector Comercio Exterior y Turismo, que forma parte del Poder Ejecutivo y constituye un pliego presupuestal con autonomía administrativa y económica de acuerdo a Ley; Que, mediante Ley N° 30224, se crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad – INACAL, como un sistema de carácter funcional que integra y articula principios, normas, procedimientos, técnicas, instrumentos e instituciones del Sistema Nacional para la Calidad y tiene por fi nalidad promover y asegurar el cumplimiento de la Política Nacional para la Calidad con miras al desarrollo y la competitividad de las actividades económicas y la protección del consumidor; Que, mediante el articulo 7 de la Ley previamente citada, se crea el Consejo Nacional para la Calidad – CONACAL, como órgano de coordinación de asuntos para la calidad, dependiente del Ministerio de la Producción – PRODUCE, el cual está integrado por representantes de los sectores público y privado, entre otros por un representante del MINCETUR; Que, conforme se establece en el numeral 7.2 del artículo citado en el considerando anterior, los representantes de las entidades públicas deben contar con rango de Viceministro o ser su más alta autoridad y ser designados mediante resolución del Titular de la Entidad; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 137-2015-MINCETUR se designó al representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo como miembro del Consejo Nacional para la Calidad – CONACAL, designación que resulta pertinente actualizar, de acuerdo con la propuesta del visto efectuada por el Viceministerio de Comercio Exterior; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del MINCETUR y la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad – INACAL; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a la señora Diana Sayuri Bayona Matsuda, Viceministra de Comercio Exterior, del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR; como miembro del Consejo Nacional para la Calidad – CONACAL, en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR; Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 137-2015-MINCETUR. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución al Consejo Nacional para la Calidad – CONACAL, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDGAR M. VASQUEZ VELA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1729785-1ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban la Directiva Nº 001-2019- EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, así como sus Modelos y Formatos RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 003-2019-EF/50.01 Lima, 11 de enero de 2019CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que la Dirección General de Presupuesto Público es el ente rector y ejerce la máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y tiene las funciones de programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, así como emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; Que, conforme al numeral 22.1 del artí culo 22 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, el proceso presupuestario comprende las fases de Programació n Multianual, Formulació n, Aprobació n, Ejecució n y Evaluació n Presupuestaria, las mismas que se encuentran reguladas gené ricamente por el citado Decreto Legislativo y complementariamente por las Leyes de Presupuesto del Sector Pú blico y las Directivas que emita la Direcció n General de Presupuesto Pú blico; Que, asimismo, conforme al artículo 33 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la fase de Ejecució n Presupuestaria se inicia el 1 de enero y culmina el 31 de diciembre de cada añ o fi scal, perí odo en el que se perciben los ingresos pú blicos y se atienden las obligaciones de gasto de conformidad con los cré ditos presupuestarios autorizados en las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Pú blico y sus modi fi caciones; Que, en el marco de las facultades de la Direcció n General de Presupuesto Pú blico, establecidas por el inciso 4 del numeral 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1440, referidas a la promoció n del perfeccionamiento permanente de la té cnica presupuestaria, es necesario aprobar la Directiva para la Ejecución Presupuestaria a fi n de establecer las pautas para la ejecución de los presupuestos institucionales de los Pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para el año fi scal respectivo; En uso de las facultades conferidas en el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; SE RESUELVE: Artí culo 1. Aprobar la Directiva Nº 001-2019-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, así como sus Modelos y Formatos, los que forman parte de la presente Resolució n Directoral. Artí culo 2. Aprobar el Cuadro de Plazos de la Fase de Ejecució n Presupuestaria para el Añ o Fiscal 2019 correspondiente a los Pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, el que forma parte de la presente Resolució n Directoral. Artí culo 3. Aprobar los Clasi fi cadores Presupuestarios para el Añ o Fiscal 2019, los cuales forman parte de la presente Resolució n Directoral, de acuerdo a lo siguiente: − Clasi fi cador Económico de Ingresos – Añ o Fiscal 2019 (Anexo 1). − Clasi fi cador Económico de Gastos – Añ o Fiscal 2019 (Anexo 2). − Clasi fi cador Institucional para el Añ o Fiscal 2019 (Anexo 3). − Clasi fi cador de Fuentes de Financiamiento y Rubros para el Añ o Fiscal 2019 (Anexo 4).