Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2019 (19/01/2019)


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NORMAS LEGALES

Sábado 19 de enero de 2019 /

El Peruano

Informe N° 353-2018-MINAM/SG/OGPP/OPM e Informe N° 00468-2018-MINAM/SG/OGPP/OPM; Que, a través del Informe N° 00012-2019-MINAM/SG/ OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable la citada propuesta; Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de creación, organización y funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, que aprueba los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA, en el marco de la Ley N° 27444; y la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2018-PCM-SGP, que aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA); SE RESUELVE: Artículo 1.- De la eliminación de procedimientos Eliminar el procedimiento N° 2 - Recurso de Apelación derivado de procedimientos de selección cuyo valor estimado o referencial sea igual o menor a sesenta y cinco Unidades Impositivas Tributarias (65 UIT), así como el formulario F-02 del Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA del Instituto Geofísico del Perú-IGP, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2014-MINAM y modificado mediante Resolución Ministerial N° 393-2016-MINAM. Artículo 2.- De la modificación del TUPA Modificar el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­TUPA del Instituto Geofísico del Perú-IGP, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2014-MINAM y modificado mediante Resolución Ministerial N° 393-2016-MINAM; conforme al detalle contenido en el Anexo N° 1 que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- De la aprobación de los Formularios Aprobar el Formulario F-01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos- TUPA del Instituto Geofísico del Perú-IGP, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2014-MINAM y modificado mediante Resolución Ministerial N° 393-2016-MINAM, el mismo que como Anexo N° 2 forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 4.- De la publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos en el Portal del Diario Oficial "El Peruano" (www.elperuano.com.pe), en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE (www. serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional del Instituto Geofísico del Perú-IGP (www.igp.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA MUÑOZ DODERO Ministra del Ambiente 1733325-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR es el organismo público competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de la promoción de las exportaciones y turismo, y de representar al país en los foros y organismos internacionales de comercio, turismo, cooperación económica y esquemas de integración y actuar como órgano de enlace entre el Gobierno peruano y los organismos internacionales de integración y de comercio internacional, en el ámbito de su competencia; Que, en noviembre de 2018, la República Argentina presentó una solicitud de Consultas al Perú cuestionando la compatibilidad de los derechos antidumping y compensatorios impuestos por la Resolución Nº 01892016/CDB-INDECOPI y la Resolución Nº 011-2016/CDBINDECOPI, a las importaciones del biodiesel (B100) originario de Argentina con la normativa OMC, específicamente, con las disposiciones del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 (GATT 1994), el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (Acuerdo SCM) y el Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 (Acuerdo Antidumping). Que, en el marco del proceso de solución de diferencias en la Organización Mundial del Comercio - OMC, la Representación Permanente del Perú ante los Organismos Internacionales con sede en Ginebra transmitió a la Representación Permanente de Argentina ante la OMC la conformidad del Perú respecto de su propuesta para celebrar Consultas el día 23 de enero de 2019, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 53-K del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias, la Dirección General de Gestión Jurídica Comercial Internacional, tiene como función formular, evaluar y ejercer la defensa de los intereses comerciales del Estado ante la Organización Mundial del Comercio, en coordinación con las dependencias correspondientes del Viceministerio de Comercio Exterior. Asimismo, el artículo 53-G del citado Reglamento, la Dirección de Asuntos Multilaterales tiene como función formular, coordinar y ejecutar las acciones relativas a la implementación, evaluación, monitoreo y administración de los acuerdos comerciales multilaterales, así como procurar la observancia de los compromisos comerciales internacionales asumidos por el Perú, en el ámbito de su competencia; Que, debido a los diversos temas a abordar en la referida reunión, se ha previsto para el día 22 de enero del año en curso, una reunión de coordinación interna entre los funcionarios del MINCETUR, del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI con la Misión Permanente del Perú en Ginebra y el Centro de Asesoría Legal en Asuntos de la OMC, a efectos de coordinar entre los involucrados la posición del Perú en dichas Consultas; Que, por lo expuesto, la Viceministra de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje de la señora Sara Rosana Rosadio Colán, Directora General de Gestión Jurídica Comercial Internacional y de la señorita Sandra Carolina Herrera Cárdenas, profesional que presta servicios en la Dirección de Asuntos Multilaterales de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales, para que en representación del MINCETUR, participen en las reuniones antes mencionada, dado el interés que tiene el Perú en dicho proceso; De conformidad con la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Púbico para el Año Fiscal 2019, la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM.

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan viaje a la Confederación Suiza de representantes del Ministerio, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 011-2019-MINCETUR Lima, 14 de enero de 2019

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