Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2019 (19/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Sábado 19 de enero de 2019

NORMAS LEGALES

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Que, conforme al Tratado, celebrado el 25 de julio de 2001 y vigente desde el 25 de agosto de 2003; así como, del Código Procesal Penal peruano, respecto del trámite interno y en todo lo que no disponga el Tratado; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición pasiva de los ciudadanos peruanos JESÚS GERARDO GUTIÉRREZ ROJAS, MARÍA DE GUADALUPE ALEXANDRA PODESTA BENGOA y VIRGILIO IGNACIO POLO DÁVILA, formulada por las autoridades de los Estados Unidos de América, declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para que comparezcan en juicio únicamente por la presunta comisión del delito de extorsión; y además, disponer que previo a la entrega de las personas requeridas, el Estado requirente deberá dar las seguridades que se computará el tiempo de privación de libertad que ha demandado el trámite de extradición en la República del Perú, conforme al Tratado vigente y a la normativa peruana aplicable al caso. Artículo 2.- Proceder conforme al artículo XII del Tratado de Extradición entre la República del Perú y los Estados Unidos de América, respecto a los bienes materia del presente pedido de extradición. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1733326-9

Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la referida Comisión propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de traslado pasivo; Que, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, mediante Informe Nº 0942018/COE-TPC, del 18 de junio de 2018, propone acceder a la solicitud de traslado pasivo del condenado de nacionalidad colombiana VICENTE FERRER ORTEGÓN VALBUENA a un establecimiento penitenciario de la República de Colombia; Que, entre la República del Perú y la República de Colombia no existe tratado bilateral de traslado de personas condenadas; sin embargo, conforme al inciso 1) del artículo 508 del Código Procesal Penal, las relaciones de las autoridades peruanas con las extranjeras y con la Corte Penal Internacional en materia de cooperación judicial internacional se rigen por los Tratados Internacionales celebrados por el Perú y, en su defecto, por el principio de reciprocidad en un marco de respeto de los derechos humanos; Que, conforme al inciso 1) del artículo 541 del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo N° 957, el Perú mantendrá jurisdicción sobre la condena impuesta y cualquier otro procedimiento que disponga la revisión o modificación de la sentencia dictada por el órgano jurisdiccional. En igual sentido retendrá la facultad de indultar o conceder amnistía o redimir la pena a la persona condenada; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Acceder a la solicitud de traslado pasivo del condenado de nacionalidad colombiana VICENTE FERRER ORTEGÓN VALBUENA, que se encuentra cumpliendo condena en el Establecimiento Penitenciario del Callao, para que cumpla el resto de la condena impuesta por las autoridades judiciales del Perú en un establecimiento penitenciario de la República de Colombia. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1733326-10

Acceden a solicitud de traslado pasivo de condenado de nacionalidad colombiana para que cumpla el resto de su condena en centro penitenciario de Colombia
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 015-2019-JUS Lima, 18 de enero de 2019 VISTO; el Informe Nº 094-2018/COE-TPC, del 18 de junio de 2018, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de traslado pasivo del condenado de nacionalidad colombiana VICENTE FERRER ORTEGÓN VALBUENA; CONSIDERANDO: Que, el condenado de nacionalidad colombiana VICENTE FERRER ORTEGÓN VALBUENA, que se encuentra cumpliendo condena en el Establecimiento Penitenciario del Callao, solicita ser trasladado a su país de origen para cumplir el resto de la condena impuesta por Ejecutoria Suprema emitida por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la comisión del delito de tráfico ilícito de drogas agravado, en agravio del Estado peruano; Que, conforme al inciso 2) del artículo 540 del Código Procesal Penal, corresponde al Poder Ejecutivo decidir la solicitud de traslado activo o pasivo de personas condenadas, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas; Que, el literal d) del artículo 28 del Decreto Supremo

Acceden a solicitud de traslado pasivo de condenado para que cumpla el resto de su condena en un centro penitenciario de Argentina
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 016-2019-JUS Lima, 18 de enero de 2019 VISTO; el informe Nº 137-2018/COE-TPC, del 21 de agosto de 2018 de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de traslado pasivo del condenado de nacionalidad argentina OSVALDO DANIEL QUINTANA; CONSIDERANDO: Que, el condenado de nacionalidad argentina OSVALDO DANIEL QUINTANA , quien se encuentra

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