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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ENERO DEL AÑO 2019 (20/01/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Domingo 20 de enero de 2019 / El Peruano “Artículo 50.- Unidades académicas de pregrado Encargadas de desarrollar los programas de estudios para la formación profesional de O fi ciales y Sub O fi ciales de la PNP. La Escuela responsable de formar O fi ciales está a cargo de un O fi cial Superior de Armas, con grado de Coronel en situación de actividad, el cual es designado mediante Resolución Ministerial, conforme a la normatividad vigente. Las Escuelas responsables de formar Sub O fi ciales están a cargo de un O fi cial Superior de Armas en situación de actividad, el cual es designado mediante Resolución Ministerial, conforme a la normatividad vigente.” “Artículo 51.- Unidades académicas de pregrado Las unidades académicas de Pregrado tienen las siguientes funciones: a) Desarrollar los procesos académicos relacionados con la formación de pregrado, enseñanza, planes de estudios y graduación, en base a los lineamientos de la División Académica, para la formación de O fi ciales y Sub Ofi ciales, según corresponda; b) Gestionar, en coordinación con las Divisiones Académica y Administrativa, la elaboración y distribución de los materiales de estudio e insumos para uso de los docentes y estudiantes durante su proceso de formación; c) Contribuir en la mejora y actualización de los programas académicos de pregrado sobre la base de las políticas institucionales de la PNP, las políticas nacionales y las tendencias a nivel internacional en el ámbito formativo de los cuerpos policiales; d) Fomentar y promover el desarrollo de proyectos en materia de investigación, innovación y transferencia de ciencia y tecnología, contribuyendo a la generación de conocimiento; e) Coordinar y gestionar los asuntos administrativos que correspondan para el buen funcionamiento de la unidad académica, en coordinación con la División Administrativa de la ENFPP; f) Implementar los procesos de mejora continua de la calidad aprobados por la Dirección de la ENFPP; g) Suscribir, inscribir y expedir los grados académicos y los títulos profesionales otorgados a Nombre de la Nación por la ENFPP para los O fi ciales y Sub O fi ciales de la PNP, según corresponda; h) Expedir duplicados de títulos, grados académicos, certi fi cados, diplomas y copias certi fi cadas de sílabos solicitados por el estudiante; i) Evaluar y pronunciarse en primera instancia sobre los asuntos disciplinarios de su competencia; j) Presentar su Plan de Trabajo Anual para la aprobación de la Dirección de la ENFPP, incluyendo el Plan de Trabajo Académico aprobado por la División Académica; k) Las demás funciones que le asigne el Director de la ENFPP.” “Artículo 53.- Escuela de Posgrado Encargada de desarrollar los programas de estudio para la formación de posgrado de los O fi ciales de la PNP, así como el desarrollo de proyectos de investigación, bajo los lineamientos aprobados por la Dirección de la ENFPP. Está a cargo de un O fi cial Superior de Armas, con grado de Coronel, en situación de actividad, con grado académico de Maestro y egresado del Programa de Alto Mando en Orden Interno y Desarrollo Nacional (PAMOID), el cual es designado mediante Resolución Ministerial, conforme a la normativa vigente .” “Artículo 54.- Funciones de la Escuela de Formación de Posgrado La Escuela de Formación de Posgrado tiene las siguientes funciones: a) Desarrollar los procesos académicos relacionados con la formación de posgrado, enseñanza, planes de estudios y graduación, en base a los lineamientos de la División Académica para la formación de O fi ciales, según corresponda; b) Gestionar, en coordinación con las Divisiones Académica y Administrativa, la elaboración y distribución de los materiales de estudio e insumos para uso de los docentes y estudiantes durante su proceso de formación; c) Contribuir en la mejora y actualización de los programas académicos de posgrado sobre la base de las políticas institucionales de la PNP, las políticas nacionales y las tendencias a nivel internacional en el ámbito formativo de los cuerpos policiales; d) Fomentar y promover el desarrollo de proyectos en materia de investigación, innovación y transferencia de ciencia y tecnología, contribuyendo a la generación de conocimiento; e) Coordinar y gestionar los asuntos administrativos que correspondan para el buen funcionamiento de la unidad académica, en coordinación con la División Administrativa de la ENFPP; f) Implementar los procesos de mejora continua de la calidad aprobados por la Dirección de la ENFPP; g) Suscribir, inscribir y expedir los grados académicos otorgados a Nombre de la Nación por la ENFPP para los Ofi ciales de la PNP, según corresponda; h) Expedir duplicados de títulos, grados académicos, certi fi cados, diplomas y copias certi fi cadas de sílabos solicitados por el estudiante; i) Presentar su Plan de Trabajo Anual para la aprobación de la Dirección de la ENFPP, incluyendo el Plan de Trabajo Académico aprobado por la División Académica; j) Las demás funciones que le asigne el Director de la ENFPP.” “Artículo 56.- Escuela de Formación Continua Encargada de desarrollar los programas y cursos para la integración, capacitación, especialización y actualización continua del personal de la PNP y público en general, bajo los lineamientos aprobados por la Dirección de la ENFPP. Está a cargo de un O fi cial Superior de Armas, con grado de Coronel en situación de actividad y con grado académico de Maestro, el cual es designado mediante Resolución Ministerial, conforme a la normatividad vigente.” “Artículo 57.- Funciones de la Escuela de Formación Continua La Escuela de Formación Continua tiene las siguientes funciones: a) Desarrollar los procesos académicos relacionados con la formación continua y enseñanza, en base a los lineamientos de la División Académica; b) Gestionar, en coordinación con las Divisiones Académica y Administrativa, la elaboración y distribución de los materiales de estudio e insumos para uso de los docentes y estudiantes durante su proceso de formación; c) Contribuir en la mejora y actualización de los programas de formación continua sobre la base de las políticas institucionales de la PNP, las políticas nacionales y las tendencias a nivel internacional en el ámbito formativo de los cuerpos policiales; d) Coordinar y gestionar los asuntos administrativos que correspondan para el buen funcionamiento de la unidad académica, en coordinación con la División Administrativa de la ENFPP; e) Implementar los procesos de mejora continua de la calidad aprobados por la Dirección de la ENFPP; f) Otorgar las certi fi caciones académicas y duplicados que correspondan a nombre de la ENFPP; g) Presentar su Plan de Trabajo Anual para la aprobación de la Dirección de la ENFPP, incluyendo el Plan de Trabajo Académico aprobado por la División Académica; h) Las demás funciones que le asigne el Director de la ENFPP.” “Artículo 59.- Escuelas de pregrado a cargo de la formación profesional policial Las escuelas de pregrado de la ENFPP son la Escuela de O fi ciales y las Escuelas de Educación Superior de la Policía Nacional del Perú. A través de ellas, se desarrollan los programas de estudios que integran la dimensión académica y profesional policial, con la formación en los principios, valores y doctrina de la PNP; asimismo,