Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2019 (20/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Domingo 20 de enero de 2019

NORMAS LEGALES
DICE: (...) Lima, 10 de enero de 2019 (...) DEBE DECIR: (...) Lima, 3 de enero de 2019 (...) 1733049-1

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cargo de confianza de Jefe de la Oficina de Administración, conforme lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- COMUNICAR la presente Resolución a la Superintendencia, a la Oficina de Administración y al interesado para su conocimiento y fines. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la SUTRAN (www.sutran.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA ELIZABETH CAMA MEZA Presidente del Consejo Directivo de SUTRAN SCELZA GISELLA LAMARCA SÁNCHEZ Miembro del Consejo Directivo de SUTRAN 1729120-4 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 009-2019-SUTRAN/01.1 Mediante Oficio Nº 52-2019-SUTRAN/01.3, la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2019-SUTRAN/01.1 publicada en la edición del 8 de enero de 2019. - En la fecha de emisión DICE: (...) Lima, 7 de enero de 2019 (...) DEBE DECIR: (...) Lima, 3 de enero de 2019 (...) 1733046-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 010-2019-SUTRAN/01.1 Mediante Oficio Nº 53-2019-SUTRAN/01.3, la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución del Consejo Directivo Nº 010-2019-SUTRAN/01.1, publicada el día 9 de enero de 2019. - En la fecha de emisión DICE: (...) Lima, 9 de enero de 2019 (...) DEBE DECIR: (...) Lima, 3 de enero de 2019 (...) 1733048-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 011-2019-SUTRAN/01.1 Mediante Oficio Nº 54-2019-SUTRAN/01.3 a solicitud de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías, se publica Fe de Erratas de la Resolución del Consejo Directivo Nº 011-2019-SUTRAN/01.1, publicada en la edición del día 10 de enero de 2019. - En la fecha de emisión

ORGANISMOS REGULADORES

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Aprueban "Disposiciones para la aplicación del Redondeo en el pago de las Sanciones Administrativas Pecuniarias, Coercitivas y deuda tributaria del Aporte por Regulación"
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 006-2019-OS/CD Lima, 15 de enero de 2019 VISTO: El Memorándum N° GAF-747-2018 elaborado por la Gerencia de Administración y Finanzas mediante el cual propone a la Gerencia General someter a consideración del Consejo Directivo el proyecto normativo denominado "Procedimiento de Redondeo para el pago de las Multas Administrativas, así como para la determinación y el pago de la Deuda Tributaria y el Crédito Tributario del Aporte por Regulación". CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal c) del numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en Servicios Públicos, la función normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos Osinergmin, comprende la facultad de dictar en el ámbito y en materia de sus respectivas competencias, los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, en virtud a lo dispuesto por el artículo 3 de la Ley N° 27699, Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de Osinergmin, el Consejo Directivo de esta entidad está facultado para aprobar procedimientos administrativos especiales que normen los procesos administrativos vinculados con la Función Supervisora, Función Supervisora Específica y Función Fiscalizadora y Sancionadora; Que, conforme a lo dispuesto en el literal b) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2016-PCM, la función normativa es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo de Osinergmin a través de Resoluciones; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 040-2017-OS/CD, se aprobó el Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador de Osinergmin; el cual en su artículo 24, prescribe expresamente, que las sanciones administrativas son establecidas por el Consejo Directivo de Osinergmin, pudiendo consistir en multa, comiso de bienes, internamiento temporal de vehículos, cierre o clausura de establecimiento o instalación, suspensión de actividades, paralización de obras, labores o funcionamiento de instalaciones entre otras; Que, asimismo, el artículo 10° de la Ley N° 27332 estableció que los Organismos Reguladores

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