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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ENERO DEL AÑO 2019 (29/01/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Martes 29 de enero de 2019 El Peruano / peruanos que exhibirán sus obras en la zona de galerías de la feria; para lo cual, ha encargado la selección de los mismos a la curadora peruana, señora Sharon Lerner, de acuerdo a los criterios artísticos y técnicos que ha establecido como organizador del evento, entre ellos, que sean artistas dedicados al arte contemporáneo representados por una galería reconocida; producto de lo cual, dicha curadora ha presentado una propuesta fi nal que incluye a 24 destacados artistas peruanos; Que, adicionalmente, la Dirección de Artes precisa que se llevará a cabo un programa paralelo que forma parte de la propuesta de invitación de IFEMA, para lo cual, el Ministerio de Cultura ha coordinado una serie de actividades con la fi nalidad de ampliar la mirada sobre la pluralidad de expresiones artísticas en el Perú, teniendo la visualidad como centro e incorporando una dimensión histórica y un enfoque de diversidad cultural; Que, por otro lado, corresponde señalar que se ha planteado el concepto del stand institucional de la República del Perú en la feria “ARCOmadrid” 2019, como un espacio de inmersión, siendo el objetivo vincular nuestra visualidad peruana contemporánea con nuestra tradición a través de las nuevas tecnologías; diseño que ha sido elaborado por tres profesionales expertos en curaduría, arquitectura y electrónica, cuya participación ha sido consensuada con el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, conforme consta en el “Acta de reunión en el marco de la participación de Perú como País Invitado en ARCOmadrid 2019” de fecha 27 de agosto de 2018; Que, en ese marco, mediante los Informes Nº 000018-2019/DGIA/VMPCIC/MC de fecha 23 de enero de 2019, y Nº 000024-2019/DGIA/VMPCIC/MC de fecha 25 de enero de 2019, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes remite al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales los Informes Nº 000024-2019/DIA/DGIA/VMPCIC/MC y Nº 000038-2019/DIA/DGIA/VMPCIC/MC de la Dirección de Artes a su cargo, respectivamente, proponiendo la conformación de la Delegación Peruana que participará en la Feria Internacional de Arte Contemporáneo “ARCOmadrid”; motivo por el cual, resulta necesario emitir el acto resolutivo respectivo; De conformidad con la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Conformar la Delegación a cargo del Ministerio de Cultura que representará a la República del Perú en la “Feria Internacional de Arte Contemporáneo – ARCOmadrid 2019”, a realizarse en la ciudad de Madrid, Reino de España; cuyos integrantes se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, en un plazo máximo de 15 días calendario de concluida la participación de la Delegación conformada en el artículo precedente, presente al Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, en coordinación con sus integrantes, un informe detallado de las actividades desarrolladas. Artículo 3.- Noti fi car la presente resolución a los integrantes de la Delegación a que se re fi ere el artículo 1, para los fi nes pertinentes. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de la publicación de esta resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROGERS MARTÍN VALENCIA ESPINOZA Ministro de Cultura 1735871-1Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Cultura RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 030-2019-MC Lima, 25 de enero de 2019VISTOS; los Memorandos N° 000049-2019/OGPP/ SG/MC y N° 000064-2019/OGPP/SG/MC de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 29565 se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado; Que, el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310, Decreto Legislativo que aprueba medidas adicionales de simpli fi cación administrativa, modi fi cado por Decreto Legislativo Nº 1448, establece disposiciones para la implementación del Análisis de Calidad Regulatoria; asimismo, señala que todas las entidades del Poder Ejecutivo deben realizar dicho análisis, respecto a las normas de alcance general que establezcan procedimientos administrativos; Que, según lo dispuesto en el literal b) del numeral 2.12 del artículo 2 del precitado Decreto Legislativo, como resultado del Análisis de Calidad Regulatoria las entidades del Poder Ejecutivo, cuando corresponda, quedan obligadas a emitir las disposiciones normativas que correspondan para eliminar o simplificar requisitos; Que, el artículo 15 del Reglamento para la aplicación del Análisis de Calidad Regulatoria de procedimientos administrativos establecidos en el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310, aprobado por Decreto Supremo N° 075-2017-PCM, dispone que para la aplicación del análisis de calidad regulatoria de las disposiciones normativas vigentes, las entidades del Poder Ejecutivo deben remitir a la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria el análisis de cada procedimiento administrativo a iniciativa de parte en el plazo establecido en el cronograma aprobado en el Anexo del precitado Decreto Supremo N° 075-2017-PCM; Que, mediante la Resolución de Secretaría General Nº 132-2017-SG/MC, se constituyó el Equipo Técnico encargado de elaborar el Análisis de Calidad Regulatoria del Stock de procedimientos administrativos vigentes del Ministerio de Cultura, en el marco del Decreto Legislativo N° 1310 y sus normas complementarias; el mismo que cumplió con la remisión de las fi chas para la evaluación de la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria dentro del plazo previsto por la precitada norma reglamentaria; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 130- 2018-PCM, que rati fi ca procedimientos administrativos de las entidades del Poder Ejecutivo como resultado del análisis de calidad regulatoria de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1310, señala que en un plazo no mayor a veinte (20) días hábiles el Ministerio de Cultura, entre otros, debe emitir o gestionar la emisión de las disposiciones normativas que correspondan para la eliminación y simpli fi cación de los requisitos del procedimiento administrativo denominado “Inscripción en el registro nacional de intérpretes y traductores de lenguas indígenas u originarias” señalado en la sección B del Anexo que forma parte integrante del precitado Decreto Supremo; Que, los numerales 36.5 y 38.5 de los artículos 36 y 38 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, modi fi cados por el Decreto