TEXTO PAGINA: 10
10 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de enero de 2019 / El Peruano Que, la citada Política Nacional se organiza en tres ejes de intervención, en atención a las etapas de actuación en materia de integridad y lucha contra la corrupción: i) capacidad preventiva del Estado frente a los actos de corrupción, ii) identi fi cación y gestión de riesgos, y iii) capacidad sancionadora del Estado frente a los actos de corrupción; sobre los cuales se diseñaron objetivos especí fi cos que permitirán implementar la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, en el sector Comercio Exterior y Turismo; Que, con Decreto Supremo N° 044-2018-PCM, se aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018 – 2021, el cual establece en su artículo segundo, que las máximas autoridades de las entidades públicas adoptarán, en el ámbito de sus competencias, las medidas necesarias para su ejecución y velarán por su cumplimiento, asegurando que las acciones y los gastos se incluyan en su Planes Operativos y Presupuestos Institucionales; Que mediante Decreto Supremo N° 042-2018-PCM, que establece medidas para fortalecer la integridad pública y lucha contra la corrupción, en su artículo octavo creó la Secretaría de Integridad Pública, en la Presidencia del Consejo de Ministros - PCM, como órgano responsable de ejercer técnicamente la rectoría de la política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción; Que por medio del Decreto Supremo N° 056-2018- PCM, se aprobó la Política General de Gobierno al 2021, la cual establece como su primer eje a la “Integridad y Lucha contra la Corrupción”; Que, en el marco de la nueva normativa emitida en materia de integridad y lucha contra la corrupción se inició la elaboración del proyecto de “Plan de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Sector Comercio Exterior y Turismo 2019 - 2020”, para lo cual se contó con el asesoramiento de la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el “Plan de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Sector Comercio Exterior y Turismo 2019 - 2020”, se encuentra alineado con el objetivo general, ejes y objetivos especí fi cos establecidos en la “Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción” y el “Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021”; así como con la “Política General de Gobierno al 2021”. Asimismo, constituye un instrumento de gestión institucional que guía las acciones para garantizar una gestión de la Entidad libre de corrupción, en el marco de la legalidad, la ética y la transparencia; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; el Decreto Supremo N° 046-2013-PCM, que aprueba la Estrategia Anticorrupción del Poder Ejecutivo; el Decreto Supremo N° 092-2017-PCM, que aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción; el Decreto Supremo N° 044-2018-PCM, que aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021; el Decreto Supremo N° 042-2018-PCM, que establece medidas para fortalecer la integridad pública y lucha contra la corrupción; el Decreto Supremo N° 056-2018-PCM, que aprueba la Política General de Gobierno al 2021; y el Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del MINCETUR, y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el “Plan de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Sector Comercio Exterior y Turismo 2019 - 2020”, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano, y su anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR (www.mincetur.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.EDGAR M. VASQUEZ VELA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1735597-1DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Designan representante del Ministerio ante el Núcleo Ejecutor de Compra de kits para el Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Parapanamericanos del 2019 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 017-2019-MIDIS Lima, 28 de enero de 2019VISTOS:El O fi cio N° 056-2019-MIDIS-FONCODES/DE, emitido por la Dirección Ejecutiva del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES; y, el Memorando N° 050-2019-MIDIS/VMPS, emitido por el Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, mediante la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30818, Ley que modi fi ca el Decreto de Urgencia N° 058-2011, por el que se dictan medidas urgentes y extraordinarias en materia económica y fi nanciera para mantener y promover el dinamismo de la economía nacional, se amplía la vigencia del Capítulo I del citado Decreto de Urgencia N° 058-2011, hasta el 31 de diciembre de 2020; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final de la citada Ley N° 30818 autoriza a las entidades públicas del Gobierno Nacional y de los gobiernos regionales para efectuar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor del pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para los fi nes a que se re fi ere el Capítulo I del Decreto de Urgencia N° 058- 2011, las que se aprueban mediante Decreto Supremo, refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas, de Desarrollo e Inclusión Social y del Sector correspondiente; Que, mediante Decreto Supremo N° 010-2019- EF, se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 10 959 255,00 (DIEZ MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones a favor del pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para fi nanciar la adquisición de kits (integrado por bienes de los sectores metalmecánica y madera) para el Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Parapanamericanos del 2019, en el marco de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30818; Que, según los artículos 9 y 10 del Decreto de Urgencia N° 058-2011, concordado con la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 001-2012, para la adquisición de cada bien se formará un núcleo ejecutor de compra, el cual estará conformado, entre otros, por un representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, quien desempeñará las funciones de tesorero del núcleo ejecutor; Que, en ese contexto, corresponde designar al servidor que se desempeñará como representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante el Núcleo Ejecutor de Compra de kits (integrado por bienes de los sectores metalmecánica y madera) para el Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Parapanamericanos del 2019; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 058-2011; el Decreto de Urgencia N° 001-2012; la Séptima Disposición Complementaria Final de la