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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2019 (30/01/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de enero de 2019 El Peruano / Modifican la R.M N° 735-2018-MINEDU RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 029-2019-MINEDU Lima, 29 de enero de 2019CONSIDERANDO:Que, la Primera Disposición Complementaria del Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, establece que el Ministerio de Educación se encuentra facultado para dictar en el ámbito de su competencia, las disposiciones complementarias necesarias para perfeccionar su estructura y mejorar su funcionamiento; Que, el literal h) del artículo 6 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, establece que es función y atribución del Ministro de Educación, ejercer las demás funciones que le asigne la Constitución Política del Perú. Que, el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N°004-2019-JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; precisando en su artículo 79, que el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 735-2018-MINEDU del 31 de diciembre de 2018, se delegaron diversas facultades y atribuciones a diversos funcionarios del Ministerio de Educación en diversas materias; siendo necesario modi fi car e incorporar nuevos supuestos de delegación respecto de actos o actuaciones, cuya aprobación no es privativa de la función del Ministro; entre las que se encuentran las derivadas del Decreto Legislativo N° 1444, que modi fi có la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y del Decreto Supremo N° 344-2018-EF, que aprobó el Reglamento de la citada Ley, el cual entrará en vigencia el 30 de enero de 2019; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley Nº 26510; en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; en la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, modi fi cada por Decreto Legislativo N° 1444 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF; en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- INCORPORAR EL LITERAL G) EN EL NUMERAL 3.6 DEL ARTÍCULO 3 DE LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 735-2018-MINEDU, EL CUAL QUEDARÁ REDACTADO CONFORME AL SIGUIENTE DETALLE: “Artículo 3.- DELEGAR EN EL/LA SECRETARIO/A GENERAL DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, DURANTE EL AÑO FISCAL 2019, LAS SIGUIENTES FACULTADES Y ATRIBUCIONES: (…) 3.6 En materia laboral: (…) g. Remitir la conformidad de servicios del personal contratado en el marco del Decreto Ley N° 25650, que crea el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público; así como de la Ley N° 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente cali fi cado en el Sector Público y dicta otras disposiciones.” Artículo 2.- MODIFICAR EL NUMERAL 3.9 DEL ARTÍCULO 3 DE LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 735-2018-MINEDU, EL CUAL QUEDARÁ REDACTADO CONFORME AL SIGUIENTE DETALLE: “Artículo 3.- DELEGAR EN EL/LA SECRETARIO/A GENERAL DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, DURANTE EL AÑO FISCAL 2019, LAS SIGUIENTES FACULTADES Y ATRIBUCIONES: (…) 3.9 En materia de conciliación y arbitraje:Aprobar la designación de los árbitros para los procesos arbitrales derivados de convenios o contratos suscritos, lo que incluye entre otros, aquellos en el marco de la normativa de Obras por Impuestos, del Código Civil u otro régimen legal o norma distinta a la normativa de contrataciones del Estado, así como respecto de las materias susceptibles de arbitraje de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1071 – Decreto Legislativo que norma el Arbitraje.” Artículo 3.- INCORPORAR EL LITERAL C) EN EL NUMERAL 6.1 DEL ARTÍCULO 6 DE LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 735-2018-MINEDU, EL CUAL QUEDARÁ REDACTADO CONFORME AL SIGUIENTE DETALLE: “Artículo 6.- DELEGAR EN EL/LA JEFE/A DE LA OFICINA GENERAL DE RECURSOS HUMANOS DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, DURANTE EL AÑO FISCAL 2019, LAS SIGUIENTES FACULTADES Y ATRIBUCIONES: 6.1 En materia de suscripción de convenios y contratos: (…) c. Suscribir, modi fi car y resolver los Convenios de Asignación de Gerente Público, en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1024, el Decreto Supremo N° 030-2009-PCM, y demás normas sobre la materia, así como sus adendas.” Artículo 4.- MODIFICAR LOS LITERALES D) Y E) DEL ARTÍCULO 9 DE LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 735-2018-MINEDU, LOS CUALES QUEDARAN REDACTADOS CONFORME AL SIGUIENTE DETALLE: “Artículo 9.- DELEGAR EN EL DIRECTOR GENERAL DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, DURANTE EL AÑO FISCAL 2019 LAS SIGUIENTES FACULTADES Y ATRIBUCIONES: En materia de Obras por Impuestos, de conformidad con el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 29230 aprobado por Decreto Supremo 295-2018-EF y demás normas conexas: (…) d) Canalizar la formulación de consultas y las solicitudes de interpretaciones de carácter general referidas al mecanismo de Obras por Impuestos hacia la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada (DGPPIP) del Ministerio de Economía y Finanzas – MEF. e) Remitir a la DGPPIP del MEF, la copia de los convenios de inversión, contratos de supervisión y sus respectivas adendas luego de suscritos, y la información que dicha Dirección general requiera. (…)”. Artículo 5.- Dejar sin efecto el literal h) del numeral 3.6 del artículo 3 y el numeral 4.4 del artículo 4 de la Resolución Ministerial Nº 735-2018-MINEDU. Artículo 6.- En el marco de lo dispuesto en la Ley N° 30225, el Decreto Supremo N° 350-2015-EF y