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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2019 (30/01/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de enero de 2019 El Peruano / de Transportes y Comunicaciones y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modi fi catorias; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgar a la empresa M.I.L TELECOMUNICACIONES SERVICIOS E.I.R.L., Concesión Única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú, estableciéndose como primer servicio a prestar, el servicio público de distribución de radiodifusión por cable, en la modalidad de cable alámbrico u óptico. Artículo 2.- Aprobar el Contrato de Concesión Única a celebrarse con la empresa M.I.L TELECOMUNICACIONES SERVICIOS E.I.R.L., para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) cláusulas y forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3.- Autorizar a la Directora General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 2 de la presente resolución, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a fi rmar la Escritura Pública del referido Contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Artículo 4.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emita el acto administrativo correspondiente, si el Contrato de Concesión no es suscrito por la empresa M.I.L TELECOMUNICACIONES SERVICIOS E.I.R.L., en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por el derecho de concesión. Artículo 5.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1736143-2 Otorgan a la empresa Adara AIRCRAFT S.A.C., la Renovación del Permiso de Operación de Aviación General: Privado RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 893-2018-MTC/12 Lima, 29 de octubre del 2018Vista la solicitud de la empresa ADARA AIRCRAFT S.A.C., sobre la Renovación del Permiso de Operación de Aviación General: Privado; CONSIDERANDO: Que, la empresa ADARA AIRCRAFT S.A.C. cuenta con la Conformidad de Operación Nº 012 expedida el 12 de noviembre del 2014 bajo las Regulaciones Aeronáuticas del Perú – RAP 91; Que, mediante Resolución Directoral Nº 269-2014- MTC/12 del 04 de junio del 2014, se otorgó a la empresa ADARA AIRCRAFT S.A.C. el Permiso de Operación de Aviación General: Privado por el plazo de cuatro años contados a partir del 17 de julio del 2014 vigente hasta el 17 de julio del 2018; Que, la citada resolución fue modi fi cada a través de la Resolución Directoral Nº 191-2015-MTC/12 del 13 de mayo del 2015 en el sentido de incrementar el material aeronáutico y el ámbito del servicio; Que, mediante Documento de Registro Nº T-193779- 2018 del 17 de julio del 2018, Documento de Registro Nº E-245732-2018 del 08 de setiembre del 2018 y Documento de Registro Nº E-266467-2018 del 27 de setiembre del 2018 la empresa ADARA AIRCRAFT S.A.C. solicitó la Renovación del Permiso de Operación antes señalado bajo las mismas condiciones establecidas; Que, según los términos del Memorando Nº 1561- 2018-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la DGAC, Memorando Nº 120-2018-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias, Informes Nº 185-2018-MTC/12.07.AUT y Nº 199-2018-MTC/12.07.AUT emitidos por la Coordinadora Técnica de Autorizaciones e Informe Nº 998-2018-MTC/12.07 emitido por el Director de Certi fi caciones y Autorizaciones; que forman parte de la presente resolución según el numeral 6.2 del Artículo 6 de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General y sus modi fi catorias, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modi fi catorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General y sus modi fi catorias; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modi fi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo; Que, según lo establecido en el numeral 88.1 del artículo 88º de la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, el Permiso de Operación es otorgado por la Dirección General de Aeronáutica Civil mediante Resolución Directoral, a una persona natural o jurídica hasta por el plazo de cuatro (04) años, para realizar actividades de Aviación Comercial o Aviación General, el que puede ser prorrogado sucesivamente, siempre que se mantengan las capacidades exigidas por esta Ley; Que, según lo establecido en el artículo 176º del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, procede la renovación del permiso de operación cuando subsistan las condiciones que posibilitaron su otorgamiento; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a la empresa ADARA AIRCRAFT S.A.C., la Renovación del Permiso de Operación de Aviación General: Privado, de acuerdo a las características señaladas en la presente Resolución, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 18 de julio del 2018, día siguiente a la fecha de vencimiento de la Resolución Directoral Nº 269-2014-MTC/12 modi fi cada por la Resolución Directoral Nº 191-2015-MTC/12; de acuerdo al siguiente detalle: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación General: Privado. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional e Internacional. MATERIAL AERONÁUTICO: - Cessna T303- Maule MXT-7-180- Israel Aircraft Industries 1124