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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2019 (30/01/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de enero de 2019 El Peruano / Que, el citado Texto Único Ordenado, en su artículo 7 señala, en referencia al régimen de los actos de administración interna, que “7.1. (…) El régimen de efi cacia anticipada de los actos administrativos previsto en el artículo 17 es susceptible de ser aplicado a los actos de administración interna, siempre que no se violen normas de orden público ni afecte a terceros. (…)”; Que, en aplicación del numeral 3 del artículo 89 del citado Reglamento, el Despacho Viceministerial de Orden Interno, a propuesta de la Dirección General de Gobierno Interior, considera conveniente aceptar la renuncia, con efi cacia anticipada al 18 de enero de 2019, del señor Gerardo Enrique Olano Peláez al cargo de Prefecto Regional del Callao, acto que no contraviene el orden público ni afecta a terceros; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2017-IN. SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia, con e fi cacia anticipada al 18 de enero de 2019, del señor Gerardo Enrique Olano Peláez al cargo de Prefecto Regional del Callao, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1736426-3 Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 183-2019-IN Lima, 28 de enero de 2019VISTOS; el O fi cio N° 85-2019-SCG PNP/DIRASINT- DIVABI de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional Del Perú, el Informe N° 000291-2019/IN/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO:Que, mediante OF.RE (OPM) N° 2-10-C/942, de fecha 27 de diciembre de 2018, la Dirección de Organismos y Política Multilateral del Ministerio de Relaciones Exteriores hace de conocimiento de la Dirección Nacional de Investigación Criminal de la Policía Nacional del Perú, que la Secretaría General de las Naciones Unidas extiende invitación a la República del Perú, a fi n de que participe en la Reunión Preparatoria Regional de América Latina y El Caribe del 14° Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Justicia Penal, a realizarse del 5 al 7 de febrero de 2019, en la ciudad de Santiago – República de Chile; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 17-2019-CGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 21 de enero de 2019, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del General de la Policía Nacional del Perú Neyre Fermín Rodríguez Moreno, Director Nacional de la Dirección Nacional de Investigación Criminal de la Policía Nacional del Perú, y del Mayor de la Policía Nacional del Perú Johnny Silvino Rojas Mori, perteneciente a la Dirección Nacional de Investigación Criminal de la Policía Nacional del Perú, del 4 al 8 de febrero de 2019, a la ciudad de Santiago – República de Chile, para que participen en la reunión antes citada, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que dicha reunión tiene como objetivo examinar los temas sustantivos del programa y los temas de los seminarios del Congreso preparados por la O fi cina de las Naciones Unidas relacionados a la prevención del delito y justicia penal; Que, las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en la reunión indicada, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Ofi cio N° 142-2019-DIRADM-DIVECO-PNP/DEPPRE., de fecha 18 de enero de 2019, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter o fi cial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 señala “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (…)”; Que, la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, aprobado por Ley N° 30879, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento”; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (…)”; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior