TEXTO PAGINA: 106
2 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de enero de 2019 / El Peruano presupuestos institucionales del presente Año Fiscal de los mencionados pliegos; De conformidad con lo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA:Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, con cargo a la Reserva de Contingencia, hasta por la suma total de S/ 22 786 770,00 (VEINTIDOS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SETENTA Y 00/100 SOLES), a favor de los pliegos Jurado Nacional de Elecciones, O fi cina Nacional de Procesos Electorales y Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, para fi nanciar los gastos que demande la realización del proceso de Elecciones Municipales Complementarias 2019 y lo dispuesto en Centésima Trigésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector PúblicoFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 22 786 770,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 22 786 770,00 =========== A LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 031 : Jurado Nacional de EleccionesUNIDAD EJECUTORA 001 : Jurado Nacional de Elecciones ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5004886 : Procesos Electorales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 3 147 424,00 2.3 Bienes y Servicios 6 700 000,00 En SolesACCIONES CENTRALESACTIVIDAD 5 000002 : Conducción y Orientación Superior FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 280 800,00 --------------------- TOTAL PLIEGO 031 10 128 224,00 ============ PLIEGO 032 : O fi cina Nacional de Procesos ElectoralesUNIDAD EJECUTORA 001 : O fi cina Nacional de Procesos ElectoralesPROGRAMA PRESUPUESTAL 0125 : “Mejora de la E fi ciencia de los Procesos Electorales e Incremento de la Participación Política de la Ciudadanía”ACTIVIDAD 5005020 : Procesos Electorales y Consultas Plani fi cados FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 849 930,00 2.3 Bienes y Servicios 6 764 040,00 ------------------- TOTAL PLIEGO 032 7 613 970,00 =========== PLIEGO 033 : Registro Nacional de Identi fi cación y Estado CivilUNIDAD EJECUTORA 001 : Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil En SolesASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000841 : Gestión Electoral FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 5 044 576,00 ------------------- TOTAL PLIEGO 033 5 044 576,00 =========== TOTAL EGRESOS 22 786 770,00 =========== Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitados en la Transferencia de Partidas aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de esta norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este dispositivo legal. Copia de la Resolución es remitida dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de enero del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1736860-1