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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2019 (30/01/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 91

91 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de enero de 2019 El Peruano / culminado el mes, para lo cual es necesario delegar dichas facultades al Gerente Municipal Metropolitano. En este sentido, la Gerencia de Asuntos Jurídicos concluye, según el Informe N° 24-2019-MML-GAJ, que es legalmente viable atender la delegación indicada, mediante resolución de alcaldía, para delegar en el funcionario mencionado las modificaciones presupuestaras en el Nivel Funcional Programático del presupuesto de la Municipalidad Metropolitana de Lima durante el ejercicio fiscal 2019, y disponer la publicación de la misma en el Diario Oficial El Peruano; Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo dispuesto por el numeral 6 del artículo 20 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y lo dispuesto en la Novena Disposición Complementaria Final y Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, Decreto Legislativo N° 1440; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Delegar, en el Gerente Municipal Metropolitano, la facultad de aprobar las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático durante el Ejercicio Presupuestario 2019, incluido sus anexos, a propuesta y previa opinión favorable de las Gerencias de Finanzas y de Plani fi cación, según corresponda; así como aquellas que se requieran en el período de regularización, por las consideraciones expuestas en la presente resolución. Artículo Segundo.- Precisar que, la delegación de facultades a que se re fi ere la presente resolución comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, sin eximir la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Planificación, hacer de conocimiento la presente resolución a la Contraloría General de la República y a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, para los fines respectivos. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1735662-1 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Aprueban formatos para su uso en los Procedimientos Administrativos Sancionadores en el Distrito de Barranco DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2019-MDB Barranco, 24 de enero de 2019 VISTOS: El Informe Nº 001-2019-SGFyC-GDE-MDB de la Subgerencia de Fiscalización y Control; el Informe Nº 001-2019-GDE-MDB de la Gerencia de Desarrollo Económico; el Informe Nº 017-2019-GAJ/MDB de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 038- 2019-GM/MDB de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO:Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomía, que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 46º y 74º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 establecen que las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento conlleva la aplicación de sanciones, sin perjuicio de promover las acciones judiciales que correspondan; Que, mediante Ordenanza Nº 486-MDB se aprobó el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas y el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de Barranco; Que, el artículo segundo de las disposiciones transitorias y finales de la Ordenanza Nº 486-MDB, no contempla los siguientes formatos: acta de internamiento de vehículo, orden de salida de vehículo, acta de entrega de vehículo, constancia de internamiento de vehículo por infringir las normas municipales; Que, con informe del visto, la Subgerencia de Fiscalización y Control, plantea la aprobación de los referidos formatos para proseguir de acuerdo a sus funciones fiscalizadoras; Que, con Informe del visto, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina favorablemente a la aprobación de los formatos planteados por la Subgerencia de Fiscalización y Control, en aplicación de lo dispuesto en la cuarta disposición transitoria y final de la Ordenanza Nº 486-MDB, que faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, establezca las normas reglamentarias y de aplicación de la referida Ordenanza; En uso de las facultades conferidas por la cuarta disposición transitoria y final de la Ordenanza Nº 486-MDB y el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el visto bueno de la Gerencia de Asesoría Jurídica; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR los formatos que en Anexo I forman parte integrante del presente Decreto de Alcaldía, e INCORPORARLOS en la segunda Disposiciones Transitorias y Finales de la Ordenanza Nº 486-MDB que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Barranco. Artículo Segundo.- ENCARGAR la aplicación de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía a la Subgerencia de Fiscalización y Control de la Municipalidad Distrital de Barranco. Artículo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y al Área de Comunicaciones e Imagen Institucional la publicación de la misma, en el portal institucional de la Municipalidad de Distrital de Barranco (www.munibarranco.gob.pe) y los que correspondan de ser el caso. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ JUAN RODRÍGUEZ CÁRDENAS Alcalde