Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2019 (09/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Sábado 9 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES

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VISTOS: El Memorándum N° 174-2019-MINAGRI-SG-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 023-2019-MINAGRI-SG/OGPP-OPMI de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones y, el Informe Legal N° 134-2019-MINAGRI-SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Publico Privadas, se declara de Interés Nacional la promoción de la inversión privada mediante Asociaciones Publico Privadas y Proyectos de Activos, para contribuir al crecimiento de la economía nacional, al cierre de brechas en infraestructura o en servicios públicos, a la generación de empleo productivo y a la competitividad del país; Que, el artículo 7 del citado Decreto Legislativo establece que las entidades públicas titulares de proyectos que cuenten con proyectos o prevean desarrollar procesos de promoción de la inversión privada, bajo las modalidades reguladas en el Decreto Legislativo indicado, crearán el Comité de Promoción de Inversión Privada, el mismo que asumirá los roles de Organismo Promotor de la Inversión Privada u Órgano de Coordinación con Proinversión; Que, por su parte el numeral 7.3 del citado artículo establece que la designación de los miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada se efectúa mediante Resolución Ministerial,; Que, asimismo el numeral 7.5 del señalado artículo señala que el Comité de Promoción de la Inversión Privada, en cualquiera de sus roles es responsable de que los órganos competentes elaboren y aprueben el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas; Que, el artículo 17 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1362 aprobado mediante Decreto Supremo Nº 240-2018-EF, establece el Comité de Promoción de la Inversión Privada ­ CPIP de un Ministerio o de otras entidades públicas habilitadas mediante Ley expresa que pertenezcan o se encuentren adscritas al Gobierno Nacional, es un Órgano colegiado integrado por tres (3) funcionarios de la Alta Dirección o titulares de órganos de línea o asesoramiento de la entidad; Que, en su rol de órgano de coordinación vela por la ejecución y cumplimiento de las decisiones adoptadas por el Consejo Directivo, la Dirección Ejecutiva y los Comités Especiales de Inversiones de Proinversión, cuya implementación deba ser realizada por la entidad pública titular del proyecto; así como también emite la conformidad a la propuesta del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas ­ IMIAPP elaborado por el órgano de planeamiento de la entidad titular del proyecto; Que, además indica que sin la creación y designación de los miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada del Ministerio de Agricultura y Riego, no será posible la aprobación del IMIAPP; sin lo cual, en el marco del Invierte.pe no es factible la inclusión de los proyectos que se identifiquen como proyectos APP cofinanciados dentro de la Programación Multianual de Inversiones de la Entidad; Que, asimismo solicita se deje sin efecto la Resolución Ministerial Nº 005-2016-MINAGRI que crea el Comité de Inversiones del Ministerio de Agricultura y Riego y la Resolución Ministerial Nº 208-2018-MINAGRI, que reconforma el mencionado Comité de Inversiones, por haberse emitido bajo el ámbito del Decreto Legislativo Nº 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada, el mismo que fue derogado por el Decreto Legislativo Nº 1362; Que, conforme a lo señalado en el artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, y modificatorias, el Ministro de Agricultura y Riego es la más alta autoridad

ejecutiva del Ministerio, titular de la entidad y del Pliego Presupuestal; razón por la cual corresponde aprobar mediante Resolución Ministerial la creación del Comité de Promoción de la Inversión Privada; Con los respectivos visados de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Públicas Privadas y Proyectos de Activos; Decreto Supremo Nº 240-2018-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1362; el Decreto Legislativo N° 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego modificado por la Ley N° 30048; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Creación del Comité Crear el Comité de Promoción de la Inversión Privada del Ministerio de Agricultura y Riego, el mismo que se encuentra integrado de la siguiente manera:
El/La Viceministro (a) de Desarrollo e Infraestructura Agraria Presidente y Riego El/La Viceministro (a) de Políticas Agrarias Miembro El/La Directora (a) General de la Oficina General de Secretario Planeamiento y Presupuesto

Artículo 2.- Colaboración Los órganos, las unidades orgánicas, los programas y los organismos públicos adscritos al Ministerio de Agricultura y Riego deben prestar apoyo, brindar las facilidades y la información que requiera el Comité de Promoción de la Inversión Privada para el cumplimiento de sus roles y funciones. Artículo 3.- Instalación El Comité de Promoción de la Inversión Privada deberá instalarse en un plazo máximo de diez (10) hábiles contados a partir de la publicación de la presente Resolución. Artículo 4.- Notificación Notificar la presente Resolución a los Miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada y al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Publico Privadas a cargo de la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 5.- Dejar sin efecto Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 005-2016-MINAGRI que crea el Comité de Inversiones del Ministerio de Agricultura y Riego y la Resolución Ministerial Nº 208-2018-MINAGRI, que reconforma el mencionado Comité de Inversiones, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 6.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.gob.pe/minagri) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA Ministro de Agricultura y Riego 1739671-1

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