Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2019 (23/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

Sábado 23 de febrero de 2019 /

El Peruano

Artículo 4.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), Portal Web Institucional (www. contraloria.gob.pe) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 1744023-1

056-2013-PCM; el artículo 10 de la Ley Nº 30879, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior, en Comisión de Servicios, a la Ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América; del señor Mayor General FAP Arturo Antonio GILES FERRER, Presidente de la Sala Suprema de Guerra del Tribunal Supremo Militar Policial, identificado con DNI N° 08379575 y NSA: O- 9566688; del 18 al 29 de marzo de 2019; para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal 027 - Fuero Militar Policial, con cargo al presupuesto del ejercicio fiscal 2019, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos: US $ 440.00 X 20% X 12 días X 01 persona US $ 1,056.00 -------------------Total a pagar = US $ 1,056.00

FUERO MILITAR POLICIAL
Autorizan viaje a Presidente de la Sala Suprema de Guerra del Tribunal Supremo Militar Policial a EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 003-2019-FMP/CE/SG Lima, 11 de febrero de 2019 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, se estableció la naturaleza, estructura, organización, competencia, jurisdicción, funciones y atribuciones del Fuero Militar Policial, como órgano autónomo e independiente en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales, fiscales, económicas y administrativas, en armonía con las normas y principios establecidos en la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 5° de la citada Ley, modificado por el artículo 1° del Decreto Legislativo N° 1096 y el artículo único de la Ley N° 29955, establece que el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial es el máximo órgano de gobierno y administración, siendo su Presidente quien preside el Fuero Militar Policial; Que, mediante Oficio N° 079/MAAG-ENT de fecha 05 de febrero de 2019, el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos, remitió cordial invitación para que el Mayor General FAP Arturo Antonio Giles Ferrer, Presidente de la Sala Suprema de Guerra, participe en el curso "Implicancias Estratégicas de los Derechos Humanos y el Estado de Derecho", organizado por el Centro de Estudios Hemisféricos de Defensa William J. Perry, a realizarse en la ciudad de Washington D.C. Estados Unidos de América, del 18 al 29 de marzo de 2019; cuyos gastos por transporte aéreo, hospedaje, alimentación y traslados se encuentran íntegramente cubiertos por el los organizadores; Que, dada la importancia del citado curso, que tiene como objetivo el intercambio de conocimiento y experiencias en la formulación, implementación y evaluación de políticas públicas sobre derechos humanos y el derecho internacional humanitario; y, fortalecer los enfoques gubernamentales integrales para la promoción de las responsabilidades democráticas, el respeto de los derechos humanos y el estado de derecho; resulta conveniente para los intereses institucionales de esta jurisdicción excepcional, autorizar la participación del citado Oficial General, en dicho evento; De conformidad con los fundamentos expuestos y a lo establecido en la Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, modificada por el Decreto Legislativo N° 1096 y la Ley N° 29955; y, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N° 28807, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 005-2006-PCM y el Decreto Supremo N°

Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado Oficial General presentará informe describiendo las acciones realizadas, resultados obtenidos y rendición de cuentas por los viáticos entregados Artículo 4°.- Autorizar a la Dirección de Administración y Finanzas a ejecutar el gasto que demande la presente Resolución, con cargo al presupuesto correspondiente al ejercicio fiscal 2019, Pliego Presupuestal 027 - Fuero Militar Policial. Artículo 5°.- Remitir copia de la presente Resolución Administrativa a la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo 6°.- La presente Resolución Administrativa no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7°.- Disponer la publicación de la presente Resolución, en el diario oficial "El Peruano" y en el portal institucional del Fuero Militar Policial (www.fmp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO ENRIQUE PACHECO GAIGE Presidente del Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial 1742893-1

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Ratifican y designan funcionarios responsables de proporcionar información de acceso público y de la elaboración y actualización del portal de transparencia de la Universidad Nacional Agraria La Molina
(Se publica la presente resolución a solicitud de la Universidad Nacional Agraria La Molina, mediante Oficio Nº C.2019-0200-SG/UNALM, recibido el 21 de febrero de 2019) UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA RESOLUCIÓN N° 0432-2012-R-UNALM La Molina, 28 de diciembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 1070-2009-UNALM se designó al Ing. Angel Fausto Becerra Pajuelo, Secretario General de la UNALM, como funcionario responsable de proporcionar la información pertinente y, al Ing. Iván Soto

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