Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2019 (11/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Martes 11 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

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General de la Municipalidad Distrital de Miraflores, como la funcionaria responsable de brindar la información que se solicite en virtud de lo establecido en la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y sus normas complementarias; Que, mediante la Resolución de Alcaldía Nº 216-2019A/MM de fecha 31 de mayo de 2019, el señor Alcalde aceptó la renuncia de la señora Carmen Patricia Juárez Gallegos en el cargo de confianza de Secretaria General de la Municipalidad Distrital de Miraflores; Que, mediante la Resolución de Alcaldía Nº 217-2019A/MM de fecha 31 de mayo de 2019, se designó a partir del 01 de junio de 2019, a la señora Karina Natividad Vargas Terrones, Secretaria General de la Municipalidad Distrital de Miraflores; Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo dispuesto por el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía Nº 199-2019-A/MM de fecha 30 de abril de 2019, que designó a la señora Carmen Patricia Juárez Gallegos, como la funcionaria responsable de brindar información. Artículo Segundo.- DESIGNAR a partir de la fecha, a la señora KARINA NATIVIDAD VARGAS TERRONES, como la funcionaria responsable de brindar la información que se solicite en virtud de lo establecido en la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y sus normas complementarias. Artículo Tercero.- DISPONER que los funcionarios y servidores de la Municipalidad de Miraflores proporcionen la información y documentación que solicite la Secretaría General, en virtud de la normativa en mención, dentro de los plazos establecidos en los dispositivos sobre la materia, bajo responsabilidad en caso de incumplimiento. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS MOLINA ARLES Alcalde 1777854-1

con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, con el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM se aprueba la nueva metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad para las entidades públicas, que será de uso obligatorio en los procesos de elaboración y/o modificación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad contenidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos (TUPA); Que, mediante Resolución Jefatural Nº 016-2018CENEPRED/J, publicada el 23 de enero de 2018, se aprobó el Manual de Ejecución de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones, el mismo qué al entrar en vigencia pone en rigor el Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2018-PCM; Que, de las citadas normas vigentes; se advierte que estas incorporan diversas modificaciones referidas a requisitos, plazos, calificaciones y silencio administrativo respecto a los procedimientos a cargo de la Oficina de Defensa Civil, en materia de Inspecciones Técnicas y Seguridad en Edificaciones (ITSE), los que se encuentran contenidos en el TUPA aprobado con la Ordenanza Municipal Nº 024-2016-C/MPP de fecha 27.09.2016; Que, asimismo, el 27 de julio de 2017, se publicó la Ley Nº 30619, que modifica el artículo 11º de la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, referido a la vigencia del Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones, disponiendo que este cuente con una vigencia de dos años a partir de su expedición, tanto en el caso que la inspección se realice de manera posterior al otorgamiento de la licencia de funcionamiento, como en el caso en que, por tratarse de condiciones de riesgo alto y muy alto, se le requiera como requisito previo para otorgar la licencia de funcionamiento; Que, la Secretaría Técnica de la Oficina de Defensa Civil de la Municipalidad Provincial de Puno ha formulado un proyecto de modificación a la Ordenanza Municipal Nº 024-2016-C/MPP, Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA, con la opinión favorable de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, Sub Gerencia de Desarrollo Organizacional; En mérito a la Opinión Legal Nº 12-2019-MPP/GAJ, y en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, por unanimidad el Concejo Municipal, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PUNO, ADECUADO AL DECRETO SUPREMO Nº 002-2018-PCM. Artículo Primero.- APROBAR la incorporación de los procedimientos administrativos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y Costos de Tramitación de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones (ITSE) Evaluación de las Condiciones de Seguridad en los Espectáculos Públicos Deportivos y No Deportivos (ECSE) y Visita de las Inspecciones de Seguridad en Edificaciones (VISE) de la Municipalidad Provincial de Puno, referidas a los procedimientos a cargo de la Sub Gerencia de Defensa Civil, en el marco del Decreto Supremo Nº 002-2018-PCM y la Resolución Jefatural Nº 016-2018-CENEPRED/J, que contiene doce (12) procedimientos, los que como Anexo forman parte de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Segundo.- DEROGAR, los Procedimientos Administrativos, contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA, aprobada con Ordenanza Municipal Nº 024-2016-MPP, de fecha 01 de octubre del 2016, correspondientes a la Gerencia de Medio Ambiente y Servicios: Sub Gerencia de Protección Ciudadana y de Defensa Civil. Artículo Tercero.- Queda subsistente la Ordenanza Municipal Nº 301-2011-MPP y la Ordenanza Municipal Nº 024-2016-MPP en sus procedimientos, en tanto no se opongan a los aprobados en la presente Ordenanza.

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PUNO
Aprueban modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 002-2019-CMPP/A. Puno, 15 de enero del 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PUNO Visto, el Informe Nº 07-2019-MPP-SGPCDC/ODC, Informe Nº 005-2019-MPP/GPP-SGDO-FAV, la Opinión Legal Nº 12-2019/MPP/GAJ, sobre modificación de TUPA de la Municipalidad Provincial de Puno; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú; las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local

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