Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2019 (13/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

Jueves 13 de junio de 2019 /

El Peruano
Nº DERECHO TRÁMITE 176 177 178 179

UIT = Nº PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO / SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDAD c) Por copia simple de plano T-A3 (unidad). d) Por copia simple de plano T-A2 (unidad). e) Por copia simple de planoT-A1 (unidad). 7.2 Dispensa para publicación de edicto matrimonial. DERECHO (I) S/ 1.00 3.00 4.50 33.50 COSTO (C) S/ 1.00 3.00 4.50 33.54

S/ 4,200 % COBERTURA (I / C) 100.00% 100.00% 100.00% 99.89%

GERENCIA DE SECRETARIA GENERAL: SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD 7.3 Solicitud de copia certificada de documentos que posea y/o emita la municipalidad: a) Por primera hoja. b) Por hoja adicional. 7.4 Matrimonio Civil. 1) De Lunes a Viernes de 09:00 am a 04:00 pm. a) En el Local Municipal. b) Fuera del Local Municipal (dentro del distrito). c) Fuera del Local Municipal (fuera del distrito). 2) Fuera del horario de oficina: de Lunes a Viernes pasada las 04:00 pm a 08:00 pm, y Sábados de 09:00 am a 09:00 pm. a) En el Local Municipal. b)Fuera del Local Municipal (dentro del distrito). c) Fuera del Local Municipal (fuera del distrito). 7.5 7.6 Exhibición de edictos matrimoniales tramitados en otros municipios. Reprogramación de fecha y hora de matrimonio (pedido efectuado con 5 días hábiles de anticipación). 172.60 192.60 239.80 11.20 10.80 172.66 192.66 239.83 11.27 10.87 99.97% 99.97% 99.99% 99.39% 99.36% 185 186 187 188 189 105.40 146.90 184.10 105.48 147.00 184.17 99.92% 99.93% 99.96% 182 183 184 10.10 0.90 10.19 0.91 99.12% 98.74% 180 181

GERENCIA DE ASESORÍA JURÍDICA: PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS 8.1 8.2 Separación convencional y divorcio ulterior: Separación convencional. Separación convencional y divorcio ulterior: Divorcio ulterior. 133.50 74.30 133.50 74.37 100.00% 99.91% 190 191

GERENCIA DE SERVICIOS A LA CIUDADANÍA SUBGERENCIA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA: SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD 9.3 Duplicado de credencial de directivo (en caso de pérdida o robo). 9.20 9.25 99.44% 192

SUBGERENCIA DE GESTIÓN AMBIENTAL: PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS 10.2 10.3 Licencia para tenencia de canes. Carnet de sanidad. 20.20 7.60 20.25 7.67 99.77% 99.15% 193 194

UIT vigente en el año 2019 = S/ 4,200.00 Fuente: Expediente Ordenanza Nº 405-2019-MDA Elaboración: Servicio de Administración Tributaria de Lima

Artículo Segundo.- La vigencia del presente acuerdo ratificatorio se encuentra condicionado al cumplimiento de la publicación, incluyendo el texto de la Ordenanza Nº 405-2019-MDA, en el Diario Oficial El Peruano. Adicionalmente, la ordenanza y su Anexo TUPA que contiene los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad y derechos de trámite se publicarán en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano, así como se difundirá en la Plataforma Digital Única para Orientación del Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo Portal Institucional, conforme a lo dispuesto en los numerales 38.2 y 38.3 del artículo 38 de la Ley Nº 27444 y modificatorias. Cabe indicar que es responsabilidad de la municipalidad distrital adecuarse a los cambios normativos que se den. (Según los artículos 44.2 y 44.3 del TUO de la Ley Nº 27444).

La aplicación de la ordenanza materia de la presente ratificación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Ancón así como la aplicación estricta de las disposiciones contenidas en la ordenanza ratificada y en la normativa vigente, teniendo presente que en dicha responsabilidad se encuentra adoptar las medidas necesarias a efectos que respecto de los procedimientos administrativos que cuenten con pronunciamiento favorable, el derecho de trámite total del procedimiento no exceda en valor una (1) unidad impositiva tributaria, y en caso que excediera, previo a su cobro se solicite la autorización prevista en el numeral 45.1 del artículo 45 de la Ley Nº 27444 y modificatorias, cuya fiscalización se encuentra a cargo de entidades competentes para ello. (Artículo 54 del TUO de la Ley Nº 27444).

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