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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2019 (13/06/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 60

60 NORMAS LEGALES Jueves 13 de junio de 2019 / El Peruano del Trabajo, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Cañete, Huánuco y Lambayeque, O fi cina de Productividad Judicial; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1778692-1 Disponen la implementación del Servicio de Emisión del Certificado Electrónico de Deudor Alimentario Moroso y Certificado Electrónico de Homonimia y autorizan la impresión y expedición de los certificados con código de verificación RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 226-2019-CE-PJ Lima, 29 de mayo de 2019VISTO:El O fi cio N° 005-2019-CONAUJ-PJ cursado por el doctor Carlos Arias Lazarte, Juez titular de la Corte Suprema de Justicia de la República y Presidente de la Comisión Nacional de Atención al Usuario Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, el Registro Nacional Judicial - RENAJU, es el órgano desconcentrado de la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación de la Gerencia General del Poder Judicial, que tiene entre sus funciones emitir Certi fi cados de Deudor Alimentario Moroso y Certi fi cados de Homonimia, que se imprimen en “papel especial” adquirido para dicho fi n; el mismo que está provisto de medidas de seguridad para evitar su falsi fi cación y garantizar la autenticidad de su contenido. Segundo. Que, el Poder Judicial cuenta con una plataforma informática que permite obtener a través de la Página Web Institucional, el Certi fi cado de Antecedentes Penales fi rmado digitalmente y contenido en un archivo electrónico (Certi fi cado Electrónico de Antecedentes Penales - CAPe); existiendo factibilidad técnico - normativa para ser replicada en la expedición de Certi fi cados de Deudores Alimentarios Morosos y de Homonimia. Tercero. Que, actualmente el Certi fi cado de Antecedentes Penales impreso cuenta con un código de verifi cación, que permite de manera sencilla e indubitable corroborar su autenticidad a través de la Página Web del Poder Judicial, visualizando su contenido e incluso si se encuentra vigente; atributo que, insertado en los Certi fi cados de Deudor Alimentario Moroso y de Homonimia, permitirá prescindir del uso de “papel especial”, pudiendo imprimirse en hojas de papel bond simple. Cuarto. Que, en ese contexto, el doctor Carlos Arias Lazarte, Juez titular de la Corte Suprema de Justicia de la República y Presidente de la Comisión Nacional de Atención al Usuario Judicial, remite el O fi cio Nº 005-2019-CONAUJ/PJ mediante el cual pone en consideración de este Órgano de Gobierno propuesta de implementación del Servicio de Emisión del Certi fi cado Electrónico de Deudor Alimentario Moroso y Certi fi cado Electrónico de Homonimia. Asimismo, en el trámite regular, se propone el uso de papel bond para la impresión de ambos certi fi cados, considerando que su contenido puede ser validado mediante un código de veri fi cación inserto en el mismo documento. Quinto. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia.En consecuencia, en mérito al Acuerdo N° 695-2019 de la vigésimo segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Tello Gilardi, Lama More, Ruidías Farfán y Deur Morán; sin la intervención de la señora Consejera Alegre Valdivia por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial, a través de sus Órganos de Línea competentes, implemente el Servicio de Emisión del Certi fi cado Electrónico de Deudor Alimentario Moroso y Certi fi cado Electrónico de Homonimia; y se incorpore en dichos certi fi cados un código de veri fi cación que permita validar la autenticidad de su contenido, a través de la Página Web Institucional. Artículo Segundo.- Autorizar la impresión y expedición de Certi fi cados de Deudores Alimentarios Morosos y de Homonimia, en hojas de papel bond; una vez se encuentre incorporado el código de veri fi cación dispuesto en el artículo primero. Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación, a través del Registro Nacional Judicial - RENAJU, se encargue de la difusión masiva y permanente respecto al Servicio de Emisión de Certi fi cados Electrónicos de Deudor Alimentario Moroso y de Homonimia; así como del uso y validez de los certi fi cados impresos en papel bond. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Poder Judicial, para su difusión y cumplimiento. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura, Comisión Nacional de Atención al Usuario Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento, cumplimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1778692-2 ORGANISMOS AUTONOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa a Brasil, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0723-2019 Arequipa, 27 de mayo de 2019.Visto el O fi cio Nº 002-2019 l1-JSAA presentado por el Dr. JORGE SABINO AYALA ARENAS, docente adscrito al Departamento Académico de Física de la Facultad de Ciencias Naturales y Formales, por el que, en calidad de Investigador Principal de un Proyecto de Investigación, solicita autorización de viaje al extranjero con fi nes de investigación. CONSIDERANDO: Que, en el marco del Concurso del Esquema Financiero E041-2016-02 denominado “Proyectos de Investigación