Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2019 (13/06/2019)


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NORMAS LEGALES

Jueves 13 de junio de 2019 /

El Peruano

actualizados, en los cuales se realizó este reajuste porcentual, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM y se eliminó un (01) procedimiento administrativo correspondiente al Archivo Regional de Tacna, siendo este el procedimiento 295 denominado "Regulación Administrativa de Escrituras Públicas o Actas Protocolares Notariales", en base a la Resolución Jefatural Nº 051-2018-AGN/J que deja sin efecto la Resolución Jefatural Nº 483-2008-AGN/J, precisando que la actualización no implican la creación de nuevos procedimientos, incrementos de derechos de tramitación, así como nuevos requisitos. Que, el Art. 1 del Decreto Supremo Nº 298-2018-EF, publicada en el Diario el Peruano el 18.12.2018, se aprobó el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), como índice de referencia en normas tributarias, que indica será de Cuatro Mil Doscientos y 00/100 Soles (S/.4,200.00) para el ejercicio 2,019; Que, el Art. 44.5 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, "Una vez aprobada el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos se deberá realizar por Resolución Ministerial (...) según corresponda Decreto Regional o Decreto de Alcaldía según el nivel de gobierno respectivo"; Que, mediante Acta de Sesión de Directorio Gerencial Regional Nº 001-2019-DGR/GOB.REG.TACNA, de fecha 05 de Marzo del 2019, se acuerda por Unanimidad, la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Sede Central y de la Unidades Ejecutoras respecto al valor porcentual de la UIT para el año 2019, a su vez elimina 01 procedimiento del Archivo Regional. Que, estando a lo señalado en los párrafos precedentes, la normatividad vigente, y conforme al acuerdo del Acta de Sesión de Directorio Gerencial Regional Nº 001-2019-DGR/ GOB.REG.TACNA, corresponde emitir el Decreto Regional que aprueba la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional de Tacna, en aplicación del Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM. De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27783 "Ley de Bases de Descentralización" modificada por las Leyes N° 27950 y N° 28139, Ley N° 27867 ­ Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias Leyes N° 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053, TUO de la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ordenanza Regional N° 055-2014-C.R-/GOB. REG.TACNA que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Tacna, con la conformidad de Gerencial General Regional, y visación de la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Tacna. DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional de Tacna, en aplicación del Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM; el mismo que consta de Trescientos Cuarenta y Nueve (349) procedimientos y como Anexo aparte forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación del TUPA del Gobierno Regional de Tacna, en el diario oficial el Peruano, en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Tacna, sin perjuicio de efectuar su difusión en lugar visible de la Entidad, de conformidad a lo establecido en el artículo 43º numeral 43.3 y 43.4 del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444. Regístrese y comuníquese. JUAN TONCONI QUISPE Gobernador Regional 1778128-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Ratifican derechos de trámite relacionados a diversos procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad comprendidos en el TUPA de la Municipalidad de Ancón y aprobados mediante la Ordenanza N° 405-2019-MDA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 070 Lima, 15 de mayo de 2019 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO; El Concejo Metropolitano de Lima en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO, el Oficio Nº 001-090-00009408 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria de Lima ­ SAT, de fecha 25 de abril de 2019, adjuntando el expediente de ratificación de la Ordenanza Nº 405-2019-MDA, que aprueba los procedimientos administrativos, servicios prestados en exclusividad y derechos de trámite contenidos en el Anexo A de la citada ordenanza de la Municipalidad Distrital de Ancón; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía reconocida en la Constitución Política del Perú y en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 de la Ley Nº 27972, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad; Que, la municipalidad distrital recurrente aprobó la ordenanza objeto de la ratificación, remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, incluyendo los documentos que la sustentan, con carácter de Declaración Jurada, sujeto a revisión por las entidades competentes, y el citado organismo en uso de sus competencias, a través del Área Funcional de Ratificaciones de la Gerencia de Asuntos Jurídicos emitió el Informe Nº 266-181-00000835, de fecha 24 de abril de 2019, según el cual se pronunció favorablemente respecto a 194 derechos de trámite que corresponden a un total de 191 procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, cuyos costos han sido sustentados, listados en el Anexo A, aprobados en la ordenanza materia de la ratificación; Que, el mencionado Informe se sustenta en los requisitos exigidos y las normas aplicables contenidas en la Ordenanza Nº 2085 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que sustituye a la Ordenanza Nº 1533 y modificatorias; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y modificatorias; el TUO de la misma; el TUO de la Ley de Tributación Municipal aprobado por D.S. Nº 156-2004-EF, modificado por la Ley Nº 30230; el D.S. Nº 064-2010-PCM, entre otros dispositivos legales, debiéndose efectuar la publicación en el Diario Oficial El Peruano del texto de la ordenanza distrital y el acuerdo ratificatorio que contiene los derechos de trámite de los procedimientos y servicios prestados en exclusividad, materia de la ratificación. Adicionalmente, la ordenanza y su Anexo TUPA, que contiene los procedimientos

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