Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2019 (15/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Sábado 15 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

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Que, el artículo 20º de la Ley Nº 27785 ­ "Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República", establece que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las Sociedades de Auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del Jefe de la Oficina de Administración y del Jefe de la Oficina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; Que, asimismo dicho artículo establece que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose para ello el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; precisando que la resolución del titular del pliego debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 4322018-CG, se aprobó el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de Sociedades de Auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales deben transferir a la Contraloría General de la República, para la contratación y pago de las Sociedades de Auditoría, que previo concurso público de méritos sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, mediante Oficio Nº 00362-2019-CG/DC y Oficio Nº 000016-2019-CG/GMPL, la Contraloría General de la República, en el marco de la Resolución de Contraloría Nº 432-2018-CG, solicitó y reiteró, respectivamente, a la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, realizar la segunda transferencia financiera a su favor, para el pago de la Sociedad de Auditoría que ejecutará el control gubernamental posterior del año fiscal 2018 de la Intendencia Nacional de Bomberos el Perú, precisando que la trasferencia financiera debe estar sustentada con un informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Intendencia Nacional de Bomberos el Perú; Que, mediante Nota Informativa Nº 259-2019 INBP/ OA/UE, la Unidad de Economía pone en conocimiento de la Oficina de Administración el contenido de la Nota Informativa Nº 079-2019-INBP/OA-UE-CG suscrita por el Contador General, a través de la cual se precisa que el monto de S/ 45,432.85 (Cuarenta y Cinco Mil Cuatrocientos Treinta y Dos con 85/100 Soles) solicitado por la Contraloría General de la República, corresponde a la segunda transferencia por el periodo auditado 2018, puesto que mediante Resolución de Intendencia Nº 158-2018-INBP, se procedió con el pago del 50% inicial; Que, mediante Memorando Nº 241-2019-INBP/OPP la Oficina de Planificación y Presupuesto, en base al Informe Nº 013-2019-INBP/OPP/UPI de la Unidad de Presupuesto e Inversiones, otorga opinión favorable para realizar el pago de la Segunda Transferencia Financiera del pliego 070: Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, Unidad Ejecutora 001: Intendencia Nacional de Bomberos el Perú, Acciones Centrales, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Actividad 5000006: Control Interno, Genérica de Gasto: 2.4 Donaciones y Transferencias, específica de gasto 2.4.1.3.1.1. Donaciones y Transferencias a otras entidades del Gobierno Nacional destinados a financiar gastos corrientes; hasta por la suma de S/ 45,432.85 (Cuarenta y Cinco Mil Cuatrocientos Treinta y Dos con 85/100 Soles), a favor del pliego 019: Contraloría General de la República, correspondiente a los gastos que se deriven de la contratación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo a la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Que, mediante Informe Legal Nº 94-2019-INBP-OAJ la Oficina de Asesoría Jurídica, en meritó a los informes emitidos por la Oficina de Planificación y Presupuesto y la Unidad de Presupuesto e Inversiones, emite opinión

favorable para que se apruebe la segunda transferencia financiera por el monto S/ 45,432.85 (Cuarenta y Cinco Mil Cuatrocientos Treinta y Dos con 85/100 Soles), a la Contraloría General de la República para financiar la contratación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar labores de control posterior externo a la INBP; Que, en uso de las facultades de las que está investido el Representante Legal de la Institución de acuerdo al Decreto Legislativo Nº 1260 y en concordancia con el Reglamento de Organización y Funciones de la INBP aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2017IN; el artículo 20º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; y con el visto de la Gerencia General, la Oficina de Administración, la Oficina de Planificación y Presupuesto y la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR la Segunda Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional del pliego 070: Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, a favor del pliego 019: Contraloría General de la Republica hasta por la suma de S/ 45,432.85 (Cuarenta y Cinco Mil Cuatrocientos Treinta y Dos con 85/100 Soles), para financiar el 50% de la retribución económica por el periodo auditado 2018, correspondiente a los gastos que se deriven de la contratación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo a la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú.. Artículo 2.- La Transferencia Financiera aprobada se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional del pliego 070: Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, Unidad Ejecutora 001: Intendencia Nacional de Bomberos el Perú, Acciones Centrales, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Actividad 5000006: Control Interno, Genérica de Gasto: 2.4 Donaciones y Transferencias, específica de gasto 2.4.1.3.1.1. Donaciones y Transferencias a otras entidades del Gobierno Nacional destinados a financiar gastos corrientes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CHARLES E. HALLENBECK FUENTES Intendente Nacional (e) 1779238-1

ORGANISMOS REGULADORES

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO
Designan Asesor en Dirección Estratégica de la Presidencia del Consejo Directivo
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 0030-2019-PD-OSITRAN Lima, 14 de junio de 2019 VISTOS: El Memorando Nº 0039-2019-PD-OSITRAN de la Presidencia del Consejo Directivo; el Informe N° 0165-2019-JGRH-GA-OSITRAN de la Jefatura de Gestión de Recursos Humanos; el Memorando N° 0402-2019-GAOSITRAN de la Gerencia de Administración; el Memorando N° 0242-2019-GAJ-OSITRAN de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

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