Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2019 (20/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Jueves 20 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

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VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio N° 890-2019-FSCEE-MP-FN de fecha 16 de abril de 2019 cursado por el Fiscal Superior Coordinador del Equipo Especial de Fiscales. CONSIDERANDO: Primero: Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 5050-2016-MP-FN de fecha 26 de diciembre de 2016 se conformó el Equipo Especial de Fiscales para que se avoquen a dedicación exclusiva al conocimiento de las investigaciones vinculadas con delitos de corrupción de funcionarios y conexos en lo que habría incurrido la empresa Odebrecht. Segundo: Con la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2683-2017-MP-FN de fecha 2 de agosto de 2017 se amplió la competencia del Equipo Especial de Fiscales para que conozcan a dedicación exclusiva además de los delitos de corrupción de funcionarios y conexos, los delitos de lavado de activos, y procesos de pérdida de dominio. Tercero: A través del Oficio N°890-2019-FSCEEMP-FN de fecha 16 de abril de 2019 el Fiscal Superior Coordinador del Equipo Especial de Fiscales solicita la ampliación de competencia para el Equipo Especial de Fiscales para el conocimiento de las investigaciones de delitos tributarios cometidos por la empresa Odebrecht S.A, sus funcionarios y ex funcionarios -incluyendo las sociedades del Grupo económico Odebrecht- vinculados con los hechos del caso conocido como "Lava Jato". Sustentando su pedido en una mejor estrategia fiscal evitándose además la duplicidad de investigaciones, entre otros aspectos señalados. Cuarto: Considerando que los argumentos expuestos por el Fiscal Superior Coordinador del Equipo Especial de Fiscales tiene como finalidad la unidad de investigación fiscal, mejorar la estrategia fiscal y evitar la duplicidad de investigaciones lo cual permitirá el mejor desempeño funcional del citado equipo de fiscales resulta necesario ampliar sus competencias para que se avoquen a las investigaciones de delitos tributarios vinculados con los hechos del caso conocido como "Lava Jato" en los que habrían cometido la empresa Odebrecht y otros, así como sus funcionarios y ex funcionarios incluyendo las sociedades del Grupo económico Odebrecht. Por los fundamentos expuestos, la suscrita Fiscal de la Nación, de conformidad con las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, y las establecidas en los artículos 64° y 80-A de la Ley Orgánica del Ministerio Público y artículo 63° del Código Procesal Penal. SE RESUELVE: Artículo Primero: AMPLIAR la competencia del Equipo Especial de Fiscales para que conozcan las investigaciones de delitos tributarios en los que habría incurrido la empresa Odebrecht y otros, así como sus funcionarios y ex funcionarios -incluyendo las sociedades del Grupo económico Odebrecht- vinculados con los hechos del caso conocido como "Lava Jato". Artículo Segundo: Disponer que los despachos fiscales que venían conociendo las investigaciones de delitos tributarios que hace referencia el artículo primero de la presente resolución sean remitidas a la fiscalía superior coordinadora del Equipo Especial de Fiscales. Artículo Tercero: Hacer de conocimiento de la presente resolución a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Primera Fiscalía Suprema Penal, Segunda Fiscalía Suprema Penal, la Fiscalía Suprema Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores a nivel nacional, Fiscalía coordinadora del Equipo Especial de Fiscales y a la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1780954-1

Trasladan plaza, dan por concluidos nombramiento y designación, nombran y designan fiscales en el Distrito Fiscal de Moquegua
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1377-2019-MP-FN Lima, 19 de junio de 2019 VISTOS: Los oficios Nros. 185, 216, 672 Y 1051-2019-MP-FNPJFSMOQUEGUA, cursados por el abogado Washington David Cruz Cervantes, Fiscal Superior Titular Penal de Ilo, Distrito Fiscal de Moquegua, designado en el Despacho de la Segunda Fiscalía Superior Penal de Moquegua y Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Moquegua. CONSIDERANDO: Que, mediante los documentos de vistos, se hace de conocimiento que se ha originado un aumento desmedido de la carga laboral en la Segunda Fiscalía Superior Penal de Moquegua, debiendo tenerse en consideración que el magistrado mencionado precedentemente se encuentra designado en el referido Despacho Fiscal y a la vez ejerce funciones como Presidente de la Junta de Fiscales Superiores de dicho Distrito Fiscal, de manera que con la finalidad de poder tramitar la numerosa carga existente y realizar un mejor ejercicio de sus funciones, se presenta la necesidad de fortalecerla con el incremento de la cantidad del personal fiscal. En consecuencia, solicita el traslado de la plaza de Fiscal Adjunto Superior, con carácter transitorio, de la Primera Fiscalía Superior Penal de Moquegua, hacia el Despacho de la Segunda Fiscalía Superior Penal de Moquegua. Que, por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1502-2014-MP-FN, de fecha 25 de abril de 2014, se dispuso que la Segunda Fiscalía Superior Penal de Moquegua conozca, en adición a sus funciones, los procesos penales, las apelaciones y recursos de queja elevados por las Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Moquegua. Que, mediante resolución de la Fiscalía de la Nación N° 737-2015-MP-FN, de fecha 04 de marzo de 2015, se designaron los despachos encargados de conocer los casos de lavado de activos y pérdida de dominio, fuera de la competencia del Sub Sistema de las Fiscalías Especializadas en Lavado de Activos y Pérdida de Dominio, designándose en el Distrito Fiscal de Moquegua, en segunda instancia, a la Segunda Fiscalía Superior Penal de Moquegua. Que, por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2919-2018-MP-FN, de fecha 22 de agosto de 2018, entre otros, se amplió la competencia de las Fiscalías Superiores Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios a nivel nacional, para que, en adición a sus funciones, conozcan las investigaciones penales que venían conociendo las Oficinas Desconcentradas de Control Interno a nivel nacional, así como las que se presenten a partir de la fecha, debiendo precisar que en los Distritos Fiscales donde no existan Fiscalías Superiores Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, deberán de conocerlas aquellas Fiscalías Superiores que tienen a su cargo los casos de Delitos de Corrupción de Funcionarios, es decir la Segunda Fiscalía Superior Penal de Moquegua en el caso del Distrito Fiscal de Moquegua. Que, por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 933-2018-MP-FN, de fecha 16 de marzo de 2018, se dispuso, entre otros, trasladar una (01) plaza de Fiscal Provincial, con carácter transitorio, del Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Nieto, al Despacho de la Primera Fiscalía Superior Penal de Moquegua, y convertirla en una de igual nivel, esto es de Fiscal Adjunto Superior; ello en virtud a que el Fiscal Superior del citado Despacho, en ese entonces, ejercía

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