Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2019 (20/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

Jueves 20 de junio de 2019 /

El Peruano

GOBIERNO REGIONAL DE LORETO
Autorizan viaje de Director Regional de Comercio Exterior, Turismo y Artesanía de Loreto a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 395-2019-GRL-GR Belén, 6 de junio del 2019 Visto, el Oficio N° 501-2019-GRL-DIRCETURA, de fecha 24 de mayo de 2019, suscrito por el Director Regional de Comercio Exterior, Turismo y Artesanía de Loreto, solicitando la emisión del acto resolutivo de autorización de viaje, para su participación en la FIEXPO LATIN AMERICA, a realizarse en la ciudad de Santiago de Chile, del 10 al 12 de junio de 2019, y; CONSIDERANDO: Que, el Gobierno Regional de Loreto, dentro de sus competencias compartidas, promueve, gestiona y regula las actividades económicas y productivas en su ámbito y nivel, correspondientes a los sectores agricultura, pesquería, industria, comercio, turismo, energía, hidrocarburos, minas, transportes, comunicaciones y medio ambiente; Que, con Carta s/n, de fecha 20 de mayo de 2019, el Presidente del Consorcio Río Amazona, comunica al Gobernador Regional de Loreto, que el Lic. Robner Rivas Rivadeneira, en su condición de Director Regional de Comercio Exterior, Turismo y Artesanía de Loreto, ha sido invitado como delgado en la FIEXPO LATIN AMERICA a realizarse en la ciudad de Santiago de Chile del 10 al 12 de junio de 2019, donde se tendrá la oportunidad de resaltar todas nuestras potencialidades turísticas de nuestra Región; por lo que solicita el apoyo para brindar las facilidades del caso al antes mencionado funcionario; comprometiéndose a asumir el costo del pasaje internacional en la ruta Lima/Santiago/Lima; Que, atendiendo al Proveído Nº 4165-2019-GRL-GR, del 22 de mayo de 2019, el Director Regional de Comercio Exterior, Turismo y Artesanía de Loreto, con el documento del Visto, de fecha 24 de mayo de 2019, y el Oficio Nº 511-2019-GRL-DIRCETURA, del 31 de mayo de 2019, solicita la emisión del acto resolutivo, que le autorice el viaje del 08 al 14 de junio de 2019, a fin de que este participe de la FIEXPO LATIN AMERICA a realizarse en la ciudad de Santiago de Chile del 10 al 12 de junio de 2019, manifestando que el Consorcio AMAZON RIVER, integrada por un total de 21 empresas Loretanas representativas del sector turismo, entre hoteles, lodges, restaurantes, bares, otras, tiene como principal objetivo empoderarse a nuestro mayor atractivo, el RIO AMAZONAS, y a la ciudad de Iquitos, como la puerta de entrada para descubrir a esta maravilla natural siendo de gran importancia para la participación de los representantes del sector público y privado, a fin de resaltar todas las potencialidades turísticas de nuestra región; quien además adjunta copia de los Tickets Electrónicos de sus pasajes aéreos nacionales e internacionales; Que, conforme lo establece el párrafo 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, los artículos 2 y 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establecen que: "La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac

(...) Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje (...)"; Estando a lo expuesto, con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, Oficina Regional de Administración, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia Regional de Desarrollo Económico, Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Loreto; y, En uso a las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Loreto aprobada por la Ordenanza Regional Nº 022-2017-GRL-CR, de fecha 14 de setiembre de 2017; modificado parcialmente mediante Ordenanza Regional Nº 014-2018-GRL-CR, del 10 de mayo de 2018; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Lic. Robner Rivas Rivadeneira, en su condición de Director Regional de Comercio Exterior, Turismo y Artesanía de Loreto, del 08 de junio al 14 de junio de 2019, quien estará participando de la FIEXPO LATIN AMERICA, a realizarse en la ciudad de Santiago de Chile del 10 al 12 de junio de 2019, evento de gran importancia para la participación de los representantes del sector público y privado, a fin de resaltar todas las potencialidades turísticas de nuestra región; participación que no irroga gastos a la Entidad. Artículo 2º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, debe presentar ante el Titular del Pliego un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 3º.- Encargar a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Loreto, la publicación de la presente resolución, en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 4º.- Notificar la presente resolución al interesado y demás instancias administrativas para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELISBAN OCHOA SOSA Gobernador Regional 1780638-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS
Designan funcionario responsable del portal de transparencia de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 659-2019-CDLO Los Olivos, 18 de junio de 2019 CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado con Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM promueve la transparencia del acceso a la información, derecho fundamental consagrado en el numeral 5) del Art. 2° de la Constitución Política del Perú; Que, es responsabilidad de los gobiernos locales la implementación de portales de información a través de internet a fin de difundir los datos generales sobre la institución, la información presupuestal, la adquisición de bienes y la contratación de servicios, actividades oficiales y otros, acorde a lo que establece el Art. 5° del T.U.O. de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Que, en el Art 4° del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública la

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