Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2019 (20/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

Jueves 20 de junio de 2019 /

El Peruano

Artículo 13º.- Procedimiento para la realización del sorteo a) La relación de contribuyentes aptos para el sorteo, será ingresada por la Gerencia de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones a un programa informático el mismo que elegirá aleatoriamente al ganador y que será cotejado por el Notario Público antes de iniciarse el sorteo. b) El sorteo se efectuará a través del programa informático antes señalado, el día se llevará a cabo dentro de la primera quincena del mes de agosto. El lugar y la hora serán difundidos a través de la web institucional. c) El contribuyente que resulte ganador de alguno de los premios sorteados será excluido de los sorteos posteriores únicamente de premios de la misma naturaleza que el ganado. Artículo 14º.- Condiciones para llevar a cabo el sorteo a) El acto del sorteo contará con la presencia de un Notario Público y opcionalmente de un representante del Ministerio del Interior. Las coordinaciones para dicha participación serán efectuadas por los miembros de la Comisión Organizadora. b) En el acto del sorteo, no se requiere la presencia de los contribuyentes participantes. c) De no encontrarse el representante del Ministerio del Interior, el Notario Público, lo hará constar en el acta del sorteo, teniendo a la vista y recabando para sí una copia de la comunicación cursada oportunamente para tal acto con un mínimo de tres días hábiles de anticipación, el sorteo llevado a cabo, tendrá plena validez. d) En el caso de no ser necesaria la comunicación al Ministerio del Interior, el acto del sorteo se llevará a cabo únicamente con la presencia del Notario Público. Artículo 15º.- Premios a otorgarse Los premios a otorgarse están en función a la disponibilidad presupuestaria de la Entidad, según lo informado por la Gerencia de Planificación Local y Presupuesto a mérito, si es necesario, de la propuesta de adquisición de bienes de la Subgerencia de Logística y Servicios Generales. Las adquisiciones se deberán realizar de conformidad a la Ley de Contrataciones del Estado, su reglamento y demás normativa complementaria y dicha adquisición será llevada a cabo por parte de la Gerencia de Administración y Finanzas. Los premios a sortearse son: - 1 Auto 0 Km. - 3 Hornos Microondas. - 3 Cocinas. - 3 Refrigeradoras. - 3 Lavadoras. - 15 Combos electrodomésticos (sanguchera, plancha y olla arrocera). Artículo 16º.- Suscripción del Acta del Sorteo Una vez concluido el sorteo, los integrantes de la Comisión (Presidente, secretario y miembros) procederán a suscribir el Acta del Sorteo según Anexo 1, en el que se detallarán las incidencias del mismo y se especificarán los datos de los contribuyentes ganadores. Artículo 17º.- Publicación de resultados y notificación a los ganadores La Municipalidad de Ventanilla publicará los resultados de los sorteos en su portal web institucional www. muniventanilla.gob.pe, y se notificará en forma personal al contribuyente en su domicilio fiscal registrado en el sistema SATMUN mediante una carta indicando la fecha, hora y lugar donde deben apersonarse para recoger los premios. Dicha notificación será responsabilidad de la Comisión y se efectuará dentro de los cinco (5) días siguientes de realizado el sorteo. Los resultados permanecerán publicados por el lapso de noventa (30) días calendarios posteriores.

La notificación personal al ganador, a fin que se apersone a recoger su premio deberá realizarse hasta en dos (2) oportunidades como máximo. Agotada esta vía de notificación sin que el ganador tome conocimiento del resultado del sorteo, éste se tendrá por notificado con la publicación del resultado del sorteo en el portal institucional de la Municipalidad de Ventanilla. La difusión de los resultados del sorteo será de responsabilidad de la Comisión Organizadora del evento. Artículo 18º.- Requisitos para la entrega del premio La entrega del premio estará a cargo del Gerente de Administración y Finanzas o el Subgerente de Logística y Servicios Generales, para lo cual el contribuyente beneficiado o su representante debidamente autorizado por carta poder con firma legalizada ante un Notario Público de Lima, deberá suscribir el acta de entrega, en señal de conformidad adjuntando copia de su DNI, del poder respectivo; las copias fedateadas de los mencionados documentos serán remitidas al Presidente de la Comisión Organizadora. Asimismo, deberá suscribir la Declaración Jurada de no relación de parentesco con ningún colaborador de la Municipalidad de Ventanilla, bajo cualquier modalidad de contratación, la misma que forma parte de las presentes bases. Toda la documentación presentada está sujeta al control posterior por parte de la Comisión y de detectarse falsedad en las mismas se iniciarán los procesos pertinentes ante la judicatura correspondiente de conformidad con el Código Penal, Código Civil y demás normativa aplicable, produciéndose indefectiblemente la pérdida del premio otorgado, debiendo realizarse la devolución del mismo en un plazo no menor de quince días hábiles, luego de los cuales de no efectuarse dicha devolución, la Municipalidad a través de su dependencia pertinente proseguirá con las acciones legales del caso. Artículo 19º.- Vigencia de los premios El plazo de vigencia para reclamar los premios regirá a partir de la fecha de recepción de la notificación al ganador por parte de la Municipalidad y hasta treinta (30) días calendarios posteriores. Vencido el plazo establecido, el premio retornará a la Municipalidad, sin lugar a reclamo. Artículo 20º.- Custodia de los premios La Gerencia de Administración y Finanzas y la Subgerencia de Logística y Servicios Generales serán las encargadas de custodiar y disponer las medidas necesarias para que los premios a entregar en cada sorteo, se mantengan en el mismo estado de conservación en que fueron recibidos hasta su entrega al beneficiario. La carta poder del representante, debe contener la firma legalizada del representado y se encontrará sujeta al control posterior por parte de la Comisión. Artículo 21º.- Lugar del sorteo. El sorteo tendrá lugar en acto público, el día se llevará a cabo dentro de la primera quincena del mes de agosto del presente, en el lugar y la hora que disponga la Comisión y será publicada en el portal institucional www. muniventanilla.gob.pe. Artículo 22º.- Del sometimiento a las bases Todos los contribuyentes participantes del sorteo aceptan y se someten a las presentes bases. Artículo 23º.- De la solución de conflictos La Comisión Organizadora estará encargada de regular cualquier situación no prevista en el presente Reglamento, así como resolver los conflictos y reclamos que pudieran presentarse durante el sorteo. Realizado el sorteo, entregado los premios y consentida la disposición que pone fin a un reclamo o conflicto, la Comisión cesa en sus funciones pudiendo sin embargo, reunirse y sesionar en casos de excepción. Las funciones de la Comisión culminan con la presentación del informe final a la Gerencia Municipal donde se registran todas las actuaciones llevadas a cabo, actas suscritas, así como fotografías de los eventos realizados.

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