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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2019 (21/06/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 70

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Viernes 21 de junio de 2019 El Peruano / observaciones señaladas en el O fi cio N° 3669-2019- MTC/17.03. Que, de acuerdo al Informe Nº 482-2019- MTC/17.03.01, elaborado por la Coordinación de Autorizaciones de esta Dirección, se advierte que la documentación presentada, cumple con lo establecido en el numeral 6.2 de La Directiva, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la Empresa como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Ley N° 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Resolución Ministerial Nº 145-2019 MTC/01; Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, el Reglamento Nacional de Vehículos aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modi fi catorias, y la Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 que aprueba la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, la misma que es elevada a rango de Decreto Supremo conforme al artículo 2° del Decreto Supremo N° 016-2008-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar a la empresa “TALLER DE SERVICIOS MECÁNICOS ROY NILS S.A.C.”, como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV, para realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustión de GNV, mediante la incorporación de un kit de conversión, actividad que deberá realizar en la Mz. I, Lote 15, Sub Lote 15A, Urb. Canto Grande, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, por el plazo de cinco (05) años. Artículo 2.- La empresa “TALLER DE SERVICIOS MECÁNICOS ROY NILS S.A.C.”, bajo responsabilidad debe presentar a esta Dirección el “Certi fi cado de Inspección del Taller” vigente emitido por alguna Entidad Certi fi cadora de Conversiones antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: ACTOFecha máxima de Presentación Primera Inspección anual del taller 02 de marzo de 2020Segunda Inspección anual del taller 02 de marzo de 2021Tercera Inspección anual del taller 02 de marzo de 2022 Cuarta Inspección anual del taller 02 de marzo de 2023 Quinta Inspección anual del taller 02 de marzo de 2024 En caso que la Empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación del Certi fi cado de Inspección del Taller al vencimiento del plazo antes indicado, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6.1 del artículo 6 de La Directiva, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 3.- La empresa “TALLER DE SERVICIOS MECÁNICOS ROY NILS S.A.C.”, bajo responsabilidad debe presentar a esta Dirección la renovación o contratación de una nueva póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: ACTOFecha máxima de presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza11 de abril de 2020 Segunda renovación o contratación de nueva póliza11 de abril de 2021 Tercera renovación o contratación de nueva póliza11 de abril de 2022ACTOFecha máxima de presentación Cuarta renovación o contratación de nueva póliza11 de abril de 2023 Quinta renovación o contratación de nueva póliza11 de abril de 2024 En caso que la Empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento del plazo antes indicado, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6.2 del artículo 6 de La Directiva, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN), copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 5.- Remítase copia de la presente Resolución Directoral al Administrador del Sistema de Control de Carga de GNV. Artículo 6.- Disponer la noti fi cación de la presente Resolución Directoral en el domicilio ubicado en la Mz. I, Lote 15, Sub Lote 15A, Urb. Canto Grande, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Artículo 7. - La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. El costo de la publicación de la presente Resolución Directoral será asumido por la empresa solicitante. Regístrese, comuníquese y publíquese.JANET PATRICIA ARIAS VALDIVIA Directora de Circulación VialDirección General de Autorizaciones en Transportes 1773034-1 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO GEOFISICO DEL PERU Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República para financiar designación de sociedad de auditoría correspondiente al período a auditar 2018 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 032-IGP/2019 Lima, 5 de junio de 2019VISTO: El Informe N° 087-2019-IGP/GG-OPP;CONSIDERANDO: Que, en el marco del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto, y de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, de fecha 06.12.2018, se emitió la Resolución de Presidencia Nº 265-IGP/2018, de fecha 28.12.2018, mediante el cual se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2019 del Pliego 112 – Instituto Geofísico del Perú; Que, mediante el artículo 20° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3° de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República, publicada el 28 de marzo de 2018 en el Diario O fi cial El Peruano, se establece que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su