Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2019 (21/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Viernes 21 de junio de 2019

NORMAS LEGALES
ACTO

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Fecha máxima de presentación

observaciones señaladas en el Oficio N° 3669-2019MTC/17.03. Que, de acuerdo al Informe Nº 482-2019MTC/17.03.01, elaborado por la Coordinación de Autorizaciones de esta Dirección, se advierte que la documentación presentada, cumple con lo establecido en el numeral 6.2 de La Directiva, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la Empresa como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular ­ GNV; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019JUS; Ley N° 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Resolución Ministerial Nº 145-2019 MTC/01; Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, el Reglamento Nacional de Vehículos aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias, y la Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 que aprueba la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, la misma que es elevada a rango de Decreto Supremo conforme al artículo 2° del Decreto Supremo N° 016-2008-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar a la empresa "TALLER DE SERVICIOS MECÁNICOS ROY NILS S.A.C.", como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular ­ GNV, para realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustión de GNV, mediante la incorporación de un kit de conversión, actividad que deberá realizar en la Mz. I, Lote 15, Sub Lote 15A, Urb. Canto Grande, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, por el plazo de cinco (05) años. Artículo 2.- La empresa "TALLER DE SERVICIOS MECÁNICOS ROY NILS S.A.C.", bajo responsabilidad debe presentar a esta Dirección el "Certificado de Inspección del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: Fecha máxima de Presentación 02 de marzo de 2020 02 de marzo de 2021 02 de marzo de 2022 02 de marzo de 2023 02 de marzo de 2024

Cuarta renovación o contratación de nueva 11 de abril de 2023 póliza Quinta renovación o contratación de nueva 11 de abril de 2024 póliza En caso que la Empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento del plazo antes indicado, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6.2 del artículo 6 de La Directiva, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN), copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 5.- Remítase copia de la presente Resolución Directoral al Administrador del Sistema de Control de Carga de GNV. Artículo 6.- Disponer la notificación de la presente Resolución Directoral en el domicilio ubicado en la Mz. I, Lote 15, Sub Lote 15A, Urb. Canto Grande, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Artículo 7.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial "El Peruano". El costo de la publicación de la presente Resolución Directoral será asumido por la empresa solicitante. Regístrese, comuníquese y publíquese. JANET PATRICIA ARIAS VALDIVIA Directora de Circulación Vial Dirección General de Autorizaciones en Transportes 1773034-1

ORGANISMOS EJECUTORES

ACTO Primera Inspección anual del taller Segunda Inspección anual del taller Tercera Inspección anual del taller Cuarta Inspección anual del taller Quinta Inspección anual del taller

INSTITUTO GEOFISICO DEL PERU
Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República para financiar designación de sociedad de auditoría correspondiente al período a auditar 2018
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 032-IGP/2019 Lima, 5 de junio de 2019 VISTO: El Informe N° 087-2019-IGP/GG-OPP; CONSIDERANDO: Que, en el marco del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto, y de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, de fecha 06.12.2018, se emitió la Resolución de Presidencia Nº 265-IGP/2018, de fecha 28.12.2018, mediante el cual se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2019 del Pliego 112 ­ Instituto Geofísico del Perú; Que, mediante el artículo 20° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3° de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República, publicada el 28 de marzo de 2018 en el Diario Oficial El Peruano, se establece que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su

En caso que la Empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación del Certificado de Inspección del Taller al vencimiento del plazo antes indicado, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6.1 del artículo 6 de La Directiva, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 3.- La empresa "TALLER DE SERVICIOS MECÁNICOS ROY NILS S.A.C.", bajo responsabilidad debe presentar a esta Dirección la renovación o contratación de una nueva póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: ACTO Fecha máxima de presentación

Primera renovación o contratación de nueva 11 de abril de 2020 póliza Segunda renovación o contratación de nueva 11 de abril de 2021 póliza Tercera renovación o contratación de nueva 11 de abril de 2022 póliza

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