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15 NORMAS LEGALES Sábado 22 de junio de 2019 El Peruano / Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como en el Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Institucional del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS” (www.juntos.gob.pe), en el plazo máximo de dos (02) días hábiles contados desde su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.NATALYE ZÚÑIGA CAPARÓ Directora EjecutivaPrograma Nacional de ApoyoDirecto a los Más Pobres “JUNTOS” 1781722-1 EDUCACION Aprueban Bases del Premio Nacional de Narrativa y Ensayo “José María Arguedas” 2019 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 152-2019-MINEDU Lima, 20 de junio de 2019VISTOS, el Expediente Nº 0012835-2019, los informes contenidos en el referido expediente, el Informe Nº 00654-2019-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad defi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, mediante la Ley Nº 28898, se instituye el Premio Nacional de Narrativa y Ensayo “José María Arguedas”, con la fi nalidad de mantener latente el mensaje multicultural del insigne escritor y antropólogo antes referido, así como para estimular y premiar la creación literaria en sus diversas formas narrativas, tanto las orales como las escritas, y pertenecientes a las diversas culturas existentes en el país, entre los estudiantes de la educación básica; Que, el literal a) del numeral 7.2.1 de las Normas para el Otorgamiento del Premio Nacional de Narrativa y Ensayo “José María Arguedas”, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 0157-2008-ED, establece que el Ministerio de Educación designa una Comisión Organizadora, encargada de elaborar las Bases para el Otorgamiento Anual del citado premio; Que, el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 0157-2008-ED, encarga al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, la aprobación de las Bases Anuales para el otorgamiento del precitado premio; así como las normas complementarias que sean necesarias para el cumplimiento de la Ley que instituye el Premio Nacional de Narrativa y Ensayo “José María Arguedas”; Que, el numeral 7 del Anexo 4 de las “Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2019 en Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica”, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 712-2018-MINEDU, establece que durante el presente año se desarrolla, entre otros, el Premio Nacional de Narrativa y Ensayo “José María Arguedas”; Que, mediante O fi cio Nº 00575-2019-MINEDU/ VMGP/DIGEBR, la Dirección General de Educación Básica Regular remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 001-2019-CO-PNJMA elaborado por la Comisión Organizadora, a través del cual se sustenta la necesidad de aprobar las Bases del Premio Nacional de Narrativa y Ensayo “José María Arguedas” 2019; señalando que dicho premio es una estrategia pedagógica que busca promover la participación estudiantil y visibilizar sus fortalezas y talentos, contribuyendo a su formación integral, a partir de la lectura de las obras de José María Arguedas, para expresar la cultura local, regional y nacional, así como la diversidad cultural y lingüística de los estudiantes de nuestro país; Con el visado de la Dirección General de Educación Básica Regular; de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural; de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados; y la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley Nº 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y la Norma Técnica denominada “Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2019 en Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 712-2018-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar las Bases del Premio Nacional de Narrativa y Ensayo “José María Arguedas” 2019, las mismas que, como anexo, forman parte de la presente resolución. Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Educación Básica Regular, a la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, a las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces, a las Unidades de Gestión Educativa Local y a las instituciones educativas participantes, el cumplimiento de las Bases aprobadas en el artículo anterior. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA PATRICIA ANDRADE PACORA Viceministra de Gestión Pedagógica 1781162-1 Aprueban Bases del Concurso Nacional “Crea y Emprende - 2019” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 153-2019-MINEDU Lima, 20 de junio de 2019VISTOS, el Expediente Nº 0062877-2019, los informes contenidos en el referido expediente, el Informe Nº 00639-2019-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad defi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, el literal h) del artículo 8 de la precitada Ley señala que la educación peruana se sustenta en determinados principios, entre ellos, el de creatividad e innovación, que promueven la producción de nuevos conocimientos en todos los campos del saber, el arte y la cultura; Que, el literal a) del artículo 9 de la referida Ley señala que uno de los fines de educación peruana