Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2019 (22/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Sábado 22 de junio de 2019
Item Zona Chujñuhuma-I, Chujñuhuma-Sector Sacatillani, Chujñuhuma-Sector Huecucho, Chujñuhuma-Sector Calamarca, Chujñuhuma-Sector Calaccollo, Huayllapampa-I, Huayllapampa-II, Fato-I, Fato-II, Irpa Irpa-I, Irpa Irpa-II, Irpa Irpa-III, Vilcallamas, Parque, Calamarca-I, Calamarca-II, Calataine-I, CalataineII, Calataine-III, Calataine-IV, Calahuancani, Cotavilca, Huaylla, Anacota, Tunquipa-I, Tunquipa-II, Patalaca, Machacuyo-I, Machacuyo-II, Ipiñuma, Ipiñuma Sector Cusicusini Fundición Paccollo Kellankellani Quispe Quispe Curancurani Amotire-B Amotire-A

NORMAS LEGALES
Distrito

23

Departamento Provincia

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Puno

Chucuito

Pisacoma

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Puno Puno Puno Puno Puno Puno Puno

Chucuito Chucuito Chucuito Chucuito Chucuito Chucuito Chucuito

Pisacoma Pisacoma Pisacoma Pisacoma Pisacoma Pisacoma Pisacoma

Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 120-2017 a suscribirse con ELECTRO PUNO S.A.A., el que consta de 17 Cláusulas y 03 Anexos. Artículo 4.- Incorporar el texto de la presente Resolución Directoral en la Escritura Pública que dé origen el Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 120 -2017, referido en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 5.- Notificar la presente Resolución Directoral a ELECTRO PUNO S.A.A. dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, la cual deberá ser publicada para su vigencia en el diario oficial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, en concordancia con el artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2007-EM. Artículo 6.- Notificar la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos del Ministerio de Energía y Minas, para la ejecución del Plan Informativo, en su debida oportunidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR T. CARLOS ESTRELLA Director General Dirección General de Electricidad 1743257-5

INTERIOR
Autorizan viajes de personal de la Policía Nacional del Perú a Argentina en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 893-2019-IN Lima, 21 de junio de 2019 VISTOS, el Oficio N° 802-2019-SUB COMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú y el Informe N° 001578-2019/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante OF.RE (DCD) N° 22-6-BB/65 de fecha 29 de abril de 2019, la Directora de Control de Drogas del Ministerio de Relaciones Exteriores extiende invitación a

la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú, para que representantes del Sector Interior participen de la "V Reunión de la Comisión Mixta Perú - Argentina sobre uso indebido y tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas" a llevarse a cabo el 24 y 25 de junio de 2019 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 201-2019-COMGEN/DIRASINT-DIVABI de fecha 18 de junio de 2019, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente se prosiga con el trámite de la expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Pedro Walter Arapa Salas, del Comandante de la Policía Nacional del Perú José Luis Alarcón Camacho y del Mayor de la Policía Nacional del Perú Freddy Walter Vega Koell, del 23 al 26 de junio de 2019, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, para que participen en la citada reunión, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, puesto que su participación permitirá adquirir nuevos conocimientos, técnicas, herramientas y experiencias en temas relacionados al tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, además de actualizar conocimientos en virtud de los múltiples y significantes cambios que se dan en relación al tráfico ilícito de drogas, así como sobre mecanismos de control a implementar a nivel nacional; Que, los conocimientos y experiencias a adquirirse como resultado de la participación del mencionado personal policial en la reunión indicada, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 2074-2019-SECEJE-DIRADMDIVECO-PNP/DEPPRE de fecha 18 de junio de 2019, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que "Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 señala "Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (...)"; Que, la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en su artículo 10 establece que "10.1. Durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (...) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (...)"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que "La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que "(...) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento";

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