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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JUNIO DEL AÑO 2019 (22/06/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 86

TEXTO PAGINA: 19

19 NORMAS LEGALES Sábado 22 de junio de 2019 El Peruano / 16) Japuliña-Ccatucunca, 17) Angara Bajo (Sector Pampa), 18) Fundo Altarani-Reynapata III-Reynapata II-Cebadahuaya-Reynapata I, 19) Ventilla, 20) Angara Alto, 21) Mallacasi Escuela, 22) Alto Gallinazo, 23) Rinconada y 24) Unupunco Amallani, ubicadas en el distrito de Pucará, provincia de Lampa, departamento de Puno, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 2.- La concesión otorgada comprende las siguientes zonas, según las especi fi caciones obrantes en el expediente: Item Zona Departamento Provincia Distrito 1 Sanchani-occocucho Puno Lampa Pucará2 Queñuani Alto-Queñuani Puno Lampa Pucará3 Huarsa-Colquemayo Esquina-Yapuni Islapata-Yapuni Sur-Calachani-Chiwilla- Wilacalca-C.P.Mira fl ores Puno Lampa Pucará 4 Jallagua I-Jallagua Sector II-Queñuani BajoPuno Lampa Pucará 5 Sector León Cancha Puno Lampa Pucará 6 Kolquemayo Pata Puno Lampa Pucará7 Occoyani-Peruani-Guaykamaru- Condorwasi Yaputira-CcochapataPuno Lampa Pucará 8 Caluyo I-Caluyo II-Caluyo III Puno Lampa Pucará 9 Moscco Puno Lampa Pucará 10 Huancarani Puno Lampa Pucará 11 Patahuta-Pacaje Central-Pacaje Escuela- HuayrapataPuno Lampa Pucará 12 Milluni Puno Lampa Pucará 13 Tapaña-Alto Tapaña-Ccaccahuasi II-CcacahuasiPuno Lampa Pucará 14 Koriñahui-Janccollo-Ticalacaya Puno Lampa Pucará 15 Pampa Ventilla-Hacienda Puno Lampa Pucará16 Japuliña-Ccatucunca Puno Lampa Pucará 17 Angara Bajo (Sector Pampa) Puno Lampa Pucará 18 Fundo Altarani-Reynapata III-Reynapata II-Cebadahuaya-Reynapata I Puno Lampa Pucará 19 Ventilla Puno Lampa Pucará 20 Angara Alto Puno Lampa Pucará21 Mallacasi Escuela Puno Lampa Pucará 22 Alto Gallinazo Puno Lampa Pucará 23 Rinconada Puno Lampa Pucará24 Unupunco Amallani Puno Lampa Pucará Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 123-2017 a suscribirse con la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Puno S.A.A., el que consta de 17 Cláusulas y 03 Anexos. Artículo 4.- Incorporar el texto de la presente Resolución Directoral en la Escritura Pública que dé origen el Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 123-2017, referido en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 5.- Notifi car la presente Resolución Directoral al concesionario dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, y deberá ser publicada para su vigencia en el diario o fi cial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, en concordancia con el artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2007-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese.VÍCTOR T. CARLOS ESTRELLA Director GeneralDirección General de Electricidad 1743257-2RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0133-2018-MEM/DGE Lima, 24 de julio de 2018VISTO: El Expediente Nº 65374516 sobre la solicitud de concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en la obra “Instalación de Redes Primarias, Redes Secundarias y Conexiones Domiciliarias Eléctricas del distrito de San Antonio de Esquilache, provincia de Puno, departamento de Puno”, presentada por la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno S.A.A. (en adelante, ELECTRO PUNO S.A.A.); CONSIDERANDO:Que, mediante O fi cio Nº 361-2016-ELPU/GG con Registro Nº 2640552, de fecha 15 de setiembre de 2016, ELECTRO PUNO S.A.A. solicita la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en la obra “Instalación de Redes Primarias, Redes Secundarias y Conexiones Domiciliarias Eléctricas del distrito de San Antonio de Esquilache, provincia de Puno, departamento de Puno”, que comprende las áreas de fi nidas por las siguientes zonas: 1) Comerucho, 2) Japupata, Chapi, Acasorani, Lluchuni y Cruzani, 3) Fundición, 4) Huancuni y 5) Jesús María, Ocsani, Tojruyo, Haytomayo, Cachipasca y Calaujata, ubicadas en los distritos de San Antonio e Ichuña, provincias de Puno y Sánchez Cerro, departamentos de Puno y Moquegua, respectivamente, cuyas coordenadas UTM PSAD56 fi guran en el Expediente; Que, ELECTRO PUNO S.A.A. ha presentado la Resolución Directoral Nº 148-2011-GRP-DREM-PUNO/D, de fecha 15 de setiembre de 2011, mediante la cual la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Puno, aprueba la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), así como la Resolución Directoral Nº 063-2013-EM/DGE, de fecha 05 de abril de 2013, que otorga la Cali fi cación como Sistema Eléctrico Rural (SER), correspondiente a la obra a que se re fi ere en el considerando que antecede conforme a lo establecido en los artículos 22 y 30 del Reglamento de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM, y Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, respectivamente; Que, la solicitud está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 20 de la Ley Nº 28749, Ley General de Electri fi cación Rural, concordado con los artículos 28, 29, 30 y 31 de su Reglamento, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber veri fi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural, ha emitido el Informe Nº 209-2018-MEM/DGE-DCE; Estando a lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de la ELECTRO PUNO S.A.A., concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en la obra “Instalación de Redes Primarias, Redes Secundarias y Conexiones Domiciliarias Eléctricas del distrito de San Antonio de Esquilache, provincia de Puno, departamento de Puno”, que comprende las áreas defi nidas por las siguientes zonas: 1) Comerucho, 2) Japupata, Chapi, Acasorani, Lluchuni y Cruzani, 3) Fundición, 4) Huancuni y 5) Jesús María, Ocsani, Tojruyo, Haytomayo, Cachipasca y Calaujata, ubicadas en los distritos de San Antonio e Ichuña, provincias de Puno y Sánchez Cerro, departamentos de Puno y Moquegua, respectivamente, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución.