Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2019 (22/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Sábado 22 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, el señor Presidente de la República, Martín Alberto Vizcarra Cornejo, viajará del 30 de junio al 1 de julio de 2019 a la ciudad de Panamá, República de Panamá, a fin de asistir a los Actos de Trasmisión de Mando Presidencial y Toma de Posesión del honorable señor Laurentino Cortizo Cohen, presidente electo de la República de Panamá; Que, a fin de coordinar y organizar con anticipación los aspectos protocolares y de ceremonial vinculados a la participación del señor Presidente de la República, además de participar en la reunión de avanzada programada por el Ministerio de Relaciones Exteriores panameño el 28 de junio de 2019, así como acompañar al mandatario a la ceremonia central el 1 de julio de 2019, se estima necesario que el Director General de Protocolo y Ceremonial del Estado viaje a la ciudad de Panamá, República de Panamá, del 28 de junio al 1 de julio de 2019; De conformidad con la Ley N.° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.° 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM y su modificatoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 1352010-RE; la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modificatorias; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 130-2003-RE y sus modificatorias; y, la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Eduardo Román Morey, Director General de Protocolo y Ceremonial del Estado, a la ciudad de Panamá, República de Panamá, del 28 de junio al 1 de julio de 2019, para participar en la reunión de avanzada y acompañar al señor Presidente de República en el acto central de Trasmisión de Mando Presidencial y Toma de Posesión del Presidente Electo. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0094385 Protocolo, Ceremonial del Estado y Diplomáticos, Privilegios e Inmunidades, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos Jorge Eduardo Román Morey Pasajes aéreos Clase Económica US$ 850.00 Viáticos por día US$ 315.00 Número de días 3 Total viáticos US$ 945.00

el Memorándum de Entendimiento entre el Perú y la Comisión Europea, se estableció en 2009, el Mecanismo de Consultas Bilaterales entre el Perú y la Unión Europea, el cual, hasta la fecha, ha celebrado ocho reuniones de manera alterna en las ciudades de Lima y Bruselas con una periodicidad anual, y cuya última reunión tuvo lugar en Lima el 16 de abril de 2018; Que, el Servicio Europeo de Acción Exterior ha propuesto celebrar el IX Mecanismo de Consultas Bilaterales entre la República del Perú y la Unión Europea, en la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, el 9 de julio de 2019; Que, dicho mecanismo permitirá proporcionar a la relación con la Unión Europea continuidad y dinamismo a través de contactos con sus altas autoridades, con las cuales anualmente se aborda y se hace seguimiento a los trabajos técnicos efectuados en los diálogos sectoriales sobre política regional e integración fronteriza, lucha contra las drogas, cambio climático y medio ambiente, derechos humanos, asuntos multilaterales, cooperación industrial, PYMEs e innovación, además de otros asuntos de interés como cooperación internacional, ampliación del comercio e inversiones, competitividad, educación, ciencia y tecnología; Que, se realizará una reunión de coordinación en Bruselas, el día 8 de julio de 2019, a fin de preparar la citada reunión del mecanismo; Que, se estima necesaria la participación del Director General de Europa, en el IX Mecanismo de Consultas Bilaterales entre el Perú y la Unión Europea, a fin de dar el debido seguimiento diplomático y político al tema; De conformidad con la Ley N.° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.° 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM y su modificatoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 1352010-RE; la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modificatorias; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 130-2003-RE y sus modificatorias; y, la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Enrique Chávez Basagoitia, Director General de Europa, a la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, el 9 de julio de 2019, para participar en el IX Mecanismo de Consultas Bilaterales entre la República del Perú y la Unión Europea. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0083906 Conducción y Asesoramiento de Líneas de Política Exterior e Institucional, debiendo presentar la rendición de cuenta en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos Luis Enrique Chávez Basagoitia Pasajes Aéreos Clase Económica USD 1,989.00 Viáticos por día USD 540.00 Número Total viáticos de días USD 2 1,080.00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1781471-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0441/RE-2019 Lima, 20 de junio de 2019 CONSIDERANDO: Que, a efectos de impulsar las relaciones de la República del Perú con la Unión Europea, mediante

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1781471-2

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