Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2019 (22/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

Sábado 22 de junio de 2019 /

El Peruano

Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que "Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (...)"; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0042017-IN; y, el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Pedro Walter Arapa Salas, del Comandante de la Policía Nacional del Perú José Luis Alarcón Camacho y del Mayor de la Policía Nacional del Perú Freddy Walter Vega Koell, del 23 al 26 de junio de 2019, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Importe US$ Pasajes aéreos Viáticos 802.00 X 370.00 X 3 Días X X Personas 3 3 = = Total US$ 2 406,00 3 330,00

CONSIDERANDO: Que, mediante OF. RE (DCD) N° 22-6-6B/65 de fecha 29 de abril de 2019, la Dirección de Control de Drogas del Ministerio de Relaciones Exteriores, hace extensiva la invitación a la Dirección General Contra el Crimen Organizado del Ministerio del Interior, a fin que un servidor de dicho órgano de línea participe en la "V Reunión de la Comisión Mixta Perú ­ Argentina sobre uso indebido y tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas", que se llevará a cabo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, los días 24 y 25 de junio de 2019; Que, con Informe N° 000138-2019/IN/DGCO de fecha 16 de mayo de 2019 y Memorando N° 000458-2019/IN/DGCO de fecha 11 de junio de 2019, la Dirección General Contra el Crimen Organizado del Ministerio de Interior señala que la participación de un representante de dicha Dirección General en la reunión antes citada, permitirá que la Dirección General Contra el Crimen Organizado formule propuestas que favorezcan la lucha contra el crimen organizado en aspectos sustantivos y procesales que contiene la Ley N° 30077, Ley General Contra el Crimen Organizado desde la experiencia argentina; designando para ello a la abogada Silvia Nayda De La Cruz Quintana, servidora de dicha Dirección; Que, el Decreto Supremo N° 004-2017-IN, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, establece en su artículo 78 que la Dirección General Contra el Crimen Organizado del Ministerio del Interior "es el órgano encargado de proponer, promover, formular, conducir y supervisar, en el ámbito de su competencia y en coordinación con los sectores competentes, las políticas sectoriales en materia de lucha contra las drogas, insumos químicos y productos fiscalizados decomisados por tráfico ilícito de drogas, erradicación de los cultivos ilegales y destrucción de drogas ilegales decomisadas, así como de promover y supervisar el cumplimiento de las estrategias para la lucha contra el crimen organizado y el terrorismo"; Que, los conocimientos y las experiencias a adquirirse como resultado de la participación de la señora Silvia Nayda De La Cruz Quintana, abogada de la Dirección General Contra el Crimen Organizado, en el evento indicado, se encuentran en el ámbito de competencia del Ministerio del Interior, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno) y viáticos son asumidos con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio del Interior ­ Oficina General de Administración, conforme se indica en el Memorando N° 544-2019/IN/OGAF de la Oficina General de Administración y Finanzas; Que, la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en su artículo 10 establece que "10.1. Durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (...) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (...)"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que "La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (...)"; Que, asimismo, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que "(...) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento"; Que, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002PCM señala que "Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (...)";

Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1781832-1

Autorizan viaje de servidora de la Dirección General Contra el Crimen Organizado a Argentina, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 894-2019-IN Lima, 21 de junio de 2019 VISTO, el Informe N° 000138-2019/IN/DGCO de la Dirección General Contra el Crimen Organizado del Ministerio del Interior y el Informe N° 001574-2019/IN/ OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,

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