Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2019 (26/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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NORMAS LEGALES

Miércoles 26 de junio de 2019 /

El Peruano

la continuidad de la ejecución de proyectos de inversión previamente priorizados conforme a los fines del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana, creado por el Decreto de Urgencia 052-2011; Que, a través del Decreto Supremo N° 007-2012-PCM, se aprueban los Lineamientos para el funcionamiento del Comité de Administración del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana, los mismos que contemplan, entre otros, la aprobación de las actas de las sesiones del Comité de Administración del Fondo; Que, al respecto, mediante Acta de Sesión del 25 de junio de 2019, el Comité de Administración del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana acordó aprobar la priorización de cinco (05) proyectos de inversión relacionados con Seguridad Ciudadana a cargo de cinco Gobiernos Locales por la suma de S/ 12 756 300,00 (DOCE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS Y 00/100 SOLES); importe que permitirá financiar los referidos Proyectos de Inversión, con cargo a los recursos asignados al Ministerio del Interior conforme al artículo 18 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 458-2017-IN, se aprueba la Directiva Nº 001-2017/IN "Procedimientos para la Ejecución de los Recursos provenientes del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana", cuyo objeto es establecer los procedimientos para la priorización, aprobación, asignación y ejecución de los recursos provenientes del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana; su finalidad consiste en establecer que los recursos de dicho fondo se transfieran a las Entidades solicitantes con criterios de eficiencia y equidad en actividades, proyectos y programas en materia de Seguridad Ciudadana; Que, el numeral 7.7 de la citada Directiva establece que la lista de proyectos priorizados y aprobados con financiamiento del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana podrán ser modificados, anulados y/o repriorizados; asimismo, en su literal c) indica que la modificación, anulación y/o repriorización de la referida lista es aprobada por Resolución del Ministro del Interior; Que, la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planificación y Presupuesto con Informe Nº 000297-2019/IN/OGPP/ OPMI, en el marco de la precitada Directiva, realiza la

calificación y priorización de proyectos de inversión de los Gobiernos Locales, obteniéndose como resultado cinco (05) proyectos enmarcados en cada uno de sus Planes Locales de Seguridad Ciudadana, por la suma total de S/ 12 756 300,00 (DOCE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS Y 00/100 SOLES), a fin de ser aprobados por el Comité de Administración del Fondo; Que, en aplicación del literal c) del numeral 7.7 de la Directiva Nº 001-2017/IN, la Oficina General de Planificación y Presupuesto con Memorando Nº 001208-2019/IN/OGPP, sustentado en el Informe Nº 000257-2019/IN/OGPP/OPP de la Oficina de Planificación Operativa y Presupuesto, propone la aprobación de la asignación financiera de los recursos del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana por el importe total de (DOCE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS Y 00/100 SOLES) para financiar cinco (05) Proyectos de Inversión a cargo de cinco (05) Gobiernos Locales; Con los vistos de la Secretaría General, de la Oficina General de Planificación y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica y; De conformidad con la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, y modificatorias; el Decreto de Urgencia Nº 052-2011, que crea el Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana; el Decreto Supremo Nº 007-2012-PCM, que aprueba los Lineamientos para el funcionamiento del Comité de Administración del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2017-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Asignación Financiera Apruébese la asignación financiera de los recursos provenientes del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana por el importe total de S/ 12 756 300,00 (DOCE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS Y 00/100 SOLES) para financiar cinco (05) Proyectos de Inversión a cargo de Gobiernos Locales, de conformidad con el anexo adjunto a la presente Resolución.

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntará en un cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

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