Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2019 (03/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

Domingo 3 de marzo de 2019 /

El Peruano

Nacional de Presupuesto y su modificatoria Decreto Legislativo Nº 1440-2018-EF; Que, mediante Informe Nº 026-2019-GPP/MDB, de fecha 20 de febrero de 2019, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, solicita la aprobación del Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de Bellavista, en cumplimiento a la Décimo Sexta Disposición Complementaria de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo y sus modificatorias; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el artículo 9º literal 8 y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto unánime del Pleno del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA Artículo 1. Apruébase la Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2020 de la Municipalidad Distrital de Bellavista, el mismo que consta de diez (10) títulos, veinticinco (25) artículos y tres (03) Disposiciones Complementarias y Finales, cuyo texto íntegro forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2. Facúltase al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza. Artículo 3. Encárguese a la Gerencia Municipal en coordinación con los Gerentes responsables del Equipo Técnico, el cumplimiento de los fines y objetos de la presente Ordenanza, autorizando, a través de las unidades orgánicas pertinentes, las facilidades logísticas y financieras que sean necesarias para el cumplimiento de las actividades del desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo 2020. Artículo 4. Encárguese a Secretaría General la publicación del presente dispositivo legal en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Comunicación la publicación de la presente Ordenanza en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Bellavista (www.munibellavista.gob.pe) y en el portal institucional del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). POR TANTO: Mando se publique y cumpla. DANIEL JUAN MALPARTIDA FILIO Alcalde REGLAMENTO PARA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2020 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- DEFINICIÓN El Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados es un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente y transparente de los recursos públicos, orientado a fortalecer las relaciones del Estado con la sociedad civil, en función a cambios específicos que se deben alcanzar para mejorar el bienestar de la población. Artículo 2.- OBJETO El presente Reglamento tiene como propósito garantizar y regular las acciones, procedimientos, mecanismos y el marco normativo complementario para el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados de la Municipalidad Distrital de

Bellavista, con el objeto que la Entidad Edil y la sociedad civil organizada coordinen y articulen la sistematización de Programas y Proyectos de Inversión en el Proceso del Presupuesto Participativo 2020. Artículo 3.- FINALIDAD El presente Reglamento tiene por finalidad propiciar la participación activa y concertada de la sociedad civil en el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, de acuerdo a las pautas establecidas para su desarrollo. Artículo 4.- ÁMBITO DE APLICACIÓN El presente Reglamento comprende, dentro de sus alcances, a la Municipalidad Distrital de Bellavista, representantes de la sociedad civil, organizaciones y entidades públicas y privadas, quienes participan activamente en el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, de acuerdo a las directivas y lineamientos emitidos por la Dirección Nacional de Presupuesto Público, Dirección General de Programación Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía y el presente Reglamento. Artículo 5.- BASE LEGAL - Constitución Política del Perú. - Ley Nº 27293, Ley que crea el Sistema Nacional de Inversión Pública y modificatorias. - Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional. - Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización y modificatorias. - Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias. - Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo y modificatorias. - Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. - Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo. - Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01, que aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. - Directiva Nº 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada con Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01. TÍTULO II DEFINICIONES TÉCNICAS Artículo 6.- DE LAS DEFINICIONES TÉCNICAS PRESUPUESTO PARTICIPATIVO El Proceso del Presupuesto Participativo, es un instrumento de política y de gestión, a través del cual, las autoridades regionales y locales, así como la sociedad civil organizada (en las organizaciones sociales de base), definen conjuntamente cómo y a qué se van a orientar los recursos de las transferencias, teniendo en cuenta los objetivos del Plan de Desarrollo Estratégico Institucional, así como la visión y objetivos del Plan de Desarrollo Concertado. AGENTES PARTICIPANTES Son los que participan con voz y voto, en la discusión y/o toma de decisiones en el Proceso del Presupuesto Participativo. Está integrado por el Concejo de Coordinación Local, el Alcalde, el Concejo Municipal, la sociedad civil organizada, debidamente acreditados, los representantes de las Entidades del Gobierno Nacional acreditados en la jurisdicción o distrito. Asimismo, lo integra también el Equipo Técnico de Soporte del Proceso Participativo, designado por la Alta Dirección, quienes participan con voz, pero sin voto. RESPONSABILIDADES DE LOS AGENTES PARTICIPANTES Los agentes participantes deberán asistir de manera obligatoria a los diversos talleres del Presupuesto

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