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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MARZO DEL AÑO 2019 (03/03/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 61

61 NORMAS LEGALES Domingo 3 de marzo de 2019 El Peruano / ofi cial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). Del caso concreto5. Mediante el O fi cio N. º 282-2018-MPL-SG, del 11 de julio de 2018, Julio Hernán Láinez Bautista, secretario general de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, provincia y departamento de Lima, informó a este órgano electoral que dicha comuna edil otorgó, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, licencias sin goce de haber a cinco (5) de su nueve (9) regidores, según el siguiente detalle: REGIDORES SOLICITUD ACUERDO DE CONCEJO Licencia Fecha Fojas Nº Fecha Fojas Mónica Rossana Tello López 30 días 29.5.2018 16 49-2018-MPL 29.5.2018 5Luis Alberto Matos del Pozo 30 días 29.5.2018 24 50-2018-MPL 29.5.2018 6Rafael Mauricio Ramírez Arroyo30 días 29.5.2018 20 47-2018-MPL 29.5.2018 3 De la licencia de los regidores 6. De la revisión de los documentos que obran en autos, se aprecia que los regidores Mónica Rossana Tello López, Luis Alberto Matos del Pozo y Rafael Mauricio Ramírez Arroyo (quienes representan el 40 % del número total de regidores) presentaron sus solicitudes de licencia dentro del plazo previsto, siendo estas aprobadas por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, así como de la aplicación supletoria del numeral 2 del artículo 24 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para completar el número de regidores, resulta procedente convocar a los siguientes candidatos no proclamados, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral y, en el supuesto de no quedar sufi cientes candidatos, se incorporará a los integrantes de otra lista, debiendo ser los que siguen en el orden del cómputo de sufragio de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. En ese sentido, resulta procedente convocar a: CANDIDATOS CONVOCADOS DNI ORGANIZACIÓN POLÍTICA LICENCIA Carmen Patricia Barragán Samamé de Olivares07914103 Solidaridad Nacional 30 días Víctor André Hidalgo Sánchez 76616982 Solidaridad Nacional 30 días María Elena Calcina Limas107961774 Partido Popular Cristiano - PPC 30 días Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Mónica Rossana Tello López, regidora del Concejo Distrital de Pueblo Libre, provincia y departamento de Lima, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Carmen Patricia Barragán Samamé de Olivares, identi fi cada con DNI Nº 07914103, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Pueblo Libre, provincia y departamento de Lima, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Luis Alberto Matos del Pozo, regidor del Concejo Distrital de Pueblo Libre, provincia y departamento de Lima, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Cuarto.- CONVOCAR a Víctor André Hidalgo Sánchez, identi fi cado con DNI Nº 76616982, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Pueblo Libre, provincia y departamento de Lima, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Artículo Quinto.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Rafael Mauricio Ramírez Arroyo, regidor del Concejo Distrital de Pueblo Libre, provincia y departamento de Lima, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Sexto.- CONVOCAR a María Elena Calcina Limas, identi fi cada con DNI Nº 07961774, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Pueblo Libre, provincia y departamento de Lima, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.TICONA POSTIGOARCE CÓRDOVACHANAMÉ ORBECHÁVARRY CORREARODRÍGUEZ VÉLEZConcha Moscoso Secretaria General Finalmente, tal como se ha indicado antes, mediante el O fi cio Nº 282-2018-MPL-SG, del 11 de julio de 2018, Julio Hernán Láinez Bautista, secretario general de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, provincia y departamento de Lima, también informó a este órgano electoral que dicha comuna también otorgó, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, las siguientes licencias sin goce de haber: REGIDORES SOLICITUD ACUERDO DE CONCEJO Licencia Fecha Fojas Nº Fecha Fojas Alejandro Antonio Salas Zegarra30 días 29.5.2018 18 48-2018-MPL 29.5.2018 4 Ángel Fernando Aparicio Valdez30 días 29.5.2018 22 51-2018-MPL 29.5.2018 7 Al respecto, se debe tener en cuenta que, de conformidad con el artículo 9, numeral 27, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, no se puede conceder licencias simultáneamente a un número mayor del 40 % de regidores, a fi n de salvaguardar el normal funcionamiento del concejo municipal; sin embargo, mediante la Resolución Nº 0341-2018-JNE, publicada en el diario o fi cial El Peruano , del 19 de junio de 2018, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, por mayoría, precisó que excepcionalmente, y solo con la fi nalidad de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2018, las licencias sin goce de haber solicitadas por los regidores deben ser concedidas por el respectivo concejo municipal, sin tomar en cuenta el porcentaje que limita el otorgamiento de licencias. En este contexto, y teniendo en cuenta que al otorgarse licencias sin goce de haber a los regidores Alejandro Antonio Salas Zegarra y Ángel Fernando Aparicio Valdez se supera el límite establecido en la norma antes mencionada, este órgano electoral, en este extremo concluye que, por mayoría, corresponde convocar a: CANDIDATOS CONVOCADOS DNI ORGANIZACIÓN POLÍTICA LICENCIA Giuliana Milagros Mungi Castañeda 46015098 Solidaridad Nacional 30 díasMaría Giulliana Segura Anchante 48113742 Partido Popular Cristiano - PPC 30 días Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, con el voto en minoría de los señores