Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2019 (03/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Domingo 3 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). 5. Con fecha 18 de junio de 2018, Gilmar Henry Luna Boyer, alcalde de la Municipalidad Distrital de Uchumayo, provincia y departamento de Arequipa, presentó su solicitud de licencia, sin goce de haber, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 20181, siendo esta concedida en la Sesión Ordinaria de Concejo Municipal Nº 16, del 24 de agosto de 2018, formalizada en el Acuerdo de Concejo Nº 24-2018-MDU, del 27 de agosto del mismo año (fojas 3 y 4), por el lapso de treinta (30) días, comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre del año en curso. 6. En el presente caso, se aprecia que el alcalde presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, así como en aplicación del numeral 1, primer párrafo, del artículo 24 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), resulta procedente convocar a la primera regidora Miriam Julia Bailón Tapia, identificada con DNI Nº 43424221, para que asuma por encargatura las funciones de alcaldesa, mientras esté vigente la licencia concedida a su titular. 7. Asimismo, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido por el numeral 2 del artículo 24 de la LOM, resulta procedente convocar a Aimee Marjorie Ortega Terán, identificada con DNI Nº 72204024, candidata no proclamada de la organización política Uchumayo Merece Más, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Arequipa, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Gilmar Henry Luna Boyer, alcalde de la Municipalidad Distrital de Uchumayo, provincia y departamento de Arequipa, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Miriam Julia Bailón Tapia, identificada con DNI Nº 43424221, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Uchumayo, provincia y departamento de Arequipa, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Aimee Marjorie Ortega Terán, identificada con DNI Nº 72204024, con el fin de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Uchumayo, provincia y departamento de Arequipa, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General
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Convocan a ciudadana con el fin de que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Santiago, provincia y departamento de Ica
RESOLUCIÓN Nº 3011-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00626 SANTIAGO - ICA - ICA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO LICENCIA Lima, diecisiete de setiembre de dos mil dieciocho. VISTO el Oficio Nº 055-2018-GM-MDS-REGION-ICA presentado, el 31 de julio de 2018, por Carlos Roberto Tataje Aguado, gerente municipal de la Municipalidad Distrital de Santiago, provincia y departamento de Ica, mediante el cual comunica la licencia, sin goce de haber, que fue concedida al regidor Nicolás Ismael Chacaliaza Fernández. CONSIDERANDOS 1. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, la misma que tendrá eficacia a partir del 7 de setiembre de 2018, treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones. 3. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 4. Asimismo, de acuerdo con el artículo cuarto de la Resolución Nº 0081-2018-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, se precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). 5. Con fecha 7 de junio de 2018 (fojas 7), Nicolás Ismael Chacaliaza Fernández, regidor del Concejo Distrital de Santiago, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2018, presentó su solicitud de licencia, sin goce de haber, siendo esta concedida mediante acuerdo en la Sesión de Concejo Nº 17, de fecha 12 de junio del presente año (fojas 5 y 6), por el periodo comprendido entre el 7 de agosto y el 7 de octubre de 2018, debiendo entenderse del 7 de setiembre al 7 de octubre del año en curso. 6. En el presente caso, se aprecia que el regidor presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, así como de la aplicación supletoria del numeral 2 del artículo 24 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para completar el número de regidores, resulta procedente convocar a Carmen Yrene Gonzales Angulo, identificada con DNI Nº 21513990, candidata no proclamada de la organización política Partido Aprista Peruano, conforme a la información remitida por

Esta información obra en la carpeta de postulación del candidato, contenida en la Plataforma Electoral ERM 2018 del portal electrónico del Jurado Nacional de Elecciones.

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