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11 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de marzo de 2019 El Peruano / ENERGIA Y MINAS Autorizan transferencia financiera a favor de los Gobiernos Regionales de Apurímac, Ayacucho, Madre de Dios y Ucayali RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 062-2019-MEM/DM Lima, 28 de febrero de 2019VISTOS: El Informe Nº 034-2019-MEM-OGPP/ODICR de la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas, y; el Informe Nº 196-2019-MEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza de manera excepcional las transferencias fi nancieras entre entidades. Asimismo, el inciso i del literal h) de dicho artículo autoriza al Ministerio de Energía y Minas a realizar transferencias fi nancieras a favor de las Direcciones o Gerencias Regionales de Energía y Minas de los gobiernos regionales para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, en el marco del proceso de descentralización, hasta por un monto de S/ 5 000 000,00 (Cinco Millones con 00/100 Soles); Que, dicha norma señala que los recursos a transferir se fi nancian con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados. Así también, las transferencias fi nancieras autorizadas se aprueban previa suscripción de un convenio entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales; Que, el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, señala que las transferencias de recursos, se autorizan mediante resolución del Titular del Pliego, requiriendo el informe previo favorable de la ofi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego se publica en el Diario O fi cial “El Peruano”. De igual manera, el numeral 16.3 del artículo 16 de la norma citada dispone que es responsabilidad del Ministerio de Energía y Minas el monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se trans fi rieron los recursos; Que, en atención a lo dispuesto en la Ley Nº 30879 y a efecto que los Gobiernos Regionales continúen el desarrollo de las competencias y funciones transferidas, con fechas 15 y 18 de febrero del 2019; el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales de Madre de Dios, Apurímac, Ayacucho y Ucayali, suscribieron Convenios de Cooperación y Gestión con el objeto de fortalecer las capacidades de gestión y apoyar económica y técnicamente a las Direcciones Regionales de Energía y Minas, como encargadas de desarrollar las funciones y competencias transferidas en materia minero energéticas; Que, mediante los mencionados Convenios de Cooperación y Gestión, el Ministerio de Energía y Minas se compromete a transferir recursos presupuestales a cada gobierno regional, por el monto de S/ 200 000,00 (Doscientos Mil con 00/100 Soles), para la contratación de profesionales especializados a propuesta de las Direcciones o Gerencias Regionales de Energía y Minas, según el detalle establecido en cada convenio. Para tal efecto el Ministerio de Energía y Minas realiza dos transferencias fi nancieras a los Gobiernos Regionales; una en el primer semestre del año 2019 y otra en el segundo semestre de dicho año, siendo cada transferencia correspondiente al 50% del monto antes señalado; Que, de acuerdo a lo indicado en el Informe Nº 034-2019-MEM-OGPP/ODICR de la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina de Presupuesto ha emitido la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 2019-00398-001, con Registro SIAF 0000000404 por el monto de S/ 5 000 000,00 (Cinco Millones con 00/100 Soles), en la fuente de fi nanciamiento recursos directamente recaudados; Que, en ese sentido, en aplicación de lo señalado en la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, resulta necesario autorizar la primera transferencia fi nanciera de recursos presupuestales del pliego Ministerio de Energía y Minas a favor de los Gobiernos Regionales de Apurímac, Ayacucho, Madre de Dios y Ucayali, hasta por la suma de S/ 100 000,00 (Cien Mil con 00/100 Soles), para cada uno de los referidos Gobiernos Regionales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional del Presupuesto Público, en el Decreto Legislativo Nº 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; en el Decreto Legislativo Nº 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; y el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorización de transferencia fi nanciera de Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora Nº 001 Ministerio de Energía y Minas – Central del Pliego 016 Ministerio de Energía y Minas, a favor de los Gobiernos Regionales de Apurímac, Ayacucho, Madre de Dios y Ucayali. Autorizar la transferencia fi nanciera de recursos proveniente de la fuente de fi nanciamiento de Recursos Directamente Recaudados por la suma de S/ 100 000,00 (Cien Mil con 00/100 Soles), a favor de cada uno de los siguientes Gobiernos Regionales: Apurímac, Ayacucho, Madre de Dios y Ucayali; para ser destinadas exclusivamente a las Direcciones o Gerencias Regionales de Energía y Minas, para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, en el marco del proceso de descentralización, de acuerdo al siguiente detalle: Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes: 2.4 : Donaciones y Transferencias 2.4.1 3.1 2 : A Otras Unidades del Gobierno Regional S/ 400 000,00 Artículo 2.- Detalle de la transferencia La transferencia citada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectuará según el siguiente detalle: A LA: (En Soles) SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADASPliego 454 : Gobierno Regional de Madre de Dios 100 000,00 Unidad Ejecutora : Nº 001 Sede CentralUnidad Ejecutora SIAF : Nº 0875Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUTRUC Nº 20527143200 Pliego 442 : Gobierno Regional de Apurímac 100 000,00 Unidad Ejecutora : Nº 001 Sede CentralUnidad Ejecutora SIAF : Nº 0747Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUTRUC : Nº 20527141762 Pliego 444 : Gobierno Regional de Ayacucho 100 000,00 Unidad Ejecutora : Nº 001 Sede CentralUnidad Ejecutora SIAF : Nº 0770Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUTRUC : Nº 20452393493