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32 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de marzo de 2019 / El Peruano Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidor de la Municipalidad Distrital de Paramonga, provincia de Barranca, departamento de Lima RESOLUCIÓN Nº 3068-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00860 PARAMONGA - BARRANCA - LIMACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADOLICENCIA Lima, veinte de setiembre de dos mil dieciochoVISTO el O fi cio Nº 0042-2018-GM/MDP, presentado, el 11 de setiembre de 2018, por Jacinto Gerardo Coveñas Curioso, gerente municipal de la Municipalidad Distrital de Paramonga, provincia de Barranca, departamento de Lima, mediante el cual comunicó la licencia sin goce de haber de Fernando Floriano Alvarado Moreno, alcalde de la citada comuna edil. CONSIDERANDOS 1. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018- PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia sin goce de haber, la misma que tendrá e fi cacia a partir del 7 de setiembre de 2018, treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones. 3. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 4. Asimismo, de acuerdo con el artículo cuarto de la Resolución Nº 0081-2018-JNE, publicada en el diario ofi cial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, se precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). 5. El 8 de junio de 2018, Fernando Floriano Alvarado Moreno, alcalde de la Municipalidad Distrital de Paramonga, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2018, presentó su solicitud de licencia, sin goce de haber, siendo esta concedida mediante el Acuerdo de Concejo Nº 019-2018-CM/MDP, del 13 de junio de 2018 (fojas 4), por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 6 de octubre de 2018, debiendo concederse hasta el 7 del mismo mes y año. 6. En el presente caso, se aprecia que el alcalde presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, la cual fue veri fi cada en la Plataforma Electoral ERM 2018 (Expediente Nº ERM.2018006207), siendo esta aprobada mediante acuerdo de concejo, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, así como en aplicación supletoria del numeral 1 del artículo 24 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), resulta procedente convocar al segundo regidor Jack Marlon Jara Reyes, identi fi cado con DNI Nº 15848750, para que asuma, provisionalmente, las funciones de alcalde, mientras esté vigente la licencia concedida a su titular, y en atención a que la regidora Liliana Aurora Álvarez Poemape ha solicitado licencia por razones laborales, en el periodo comprendido entre el 3 de setiembre y 8 de octubre de 2018. 7. Asimismo, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2 del artículo 24 de la LOM, resulta procedente convocar a Luis Miguel Meza Romero, identi fi cado con DNI Nº 43557725, candidato no proclamado de la organización política Concertación para el Desarrollo Regional - Lima, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Huaura, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. 8. Por otro lado, mediante el Acuerdo de Concejo Nº 032-2018-CM/MDP, de fecha 22 de agosto de 2018 (fojas 5 y 6), se concede licencia sin goce de haber, por razones laborales, a Liliana Aurora Álvarez Poemape, primera regidora de la entidad edil, por el periodo comprendido entre el 3 de setiembre y el 8 de octubre de 2018. 9. Sin embargo, en atención a lo establecido por el artículo 25, numeral 2, y el segundo párrafo, de la LOM, la suspensión en el cargo de alcalde o regidor, por licencia autorizada mediante acuerdo de concejo, no implica la necesidad de efectuar la convocatoria de algún accesitario; salvo que el alcalde o regidor tengan el propósito de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2018, de conformidad con el artículo tercero de la Resolución Nº 0081-2018-JNE. Asimismo es menester precisar que estas licencias por razones personales, deberían tener un periodo máximo de treinta (30) días naturales. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Fernando Floriano Alvarado Moreno, alcalde de la Municipalidad Distrital de Paramonga, provincia de Barranca, departamento de Lima, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Jack Marlon Jara Reyes, identi fi cado con DNI Nº 15848750, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Paramonga, provincia de Barranca, departamento de Lima, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Luis Miguel Meza Romero, identi fi cado con DNI Nº 43557725, con el fi n de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Paramonga, provincia de Barranca, departamento de Lima, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.TICONA POSTIGOARCE CÓRDOVACHANAMÉ ORBECHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1746726-7