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33 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de marzo de 2019 El Peruano / Convocan a ciudadana para que asuma cargo de regidora del Concejo Provincial de Cañete, departamento de Lima RESOLUCIÓN Nº 3069-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00885 Expediente Nº J-2018-00887Expediente Nº J-2018-00888CAÑETE - LIMA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADOLICENCIA Lima, veinte de setiembre de dos mil dieciochoVISTOS los O fi cios Nº 585-2018-GSG-MPC, Nº 584-2018-GSG-MPC y Nº 583-2018-GSG-MPC, recibidos el 12 de setiembre de 2018, por los cuales se comunicó las licencias sin goce de haber concedidas a Javier Lucio Román Castillo, Juan Carlos Sánchez Aburto y Natali Domitila Arias Campos, regidores del Concejo Provincial de Cañete, departamento de Lima, que se tramitaron en los Expedientes Nº J-2018-00885, Nº J-2018-00887 y Nº J-2018-00888, y los Expedientes Nº J-2018-00348 y Nº J-2018-00349, correspondientes a las licencias otorgadas a regidores de la misma comuna edil. CONSIDERANDOSCuestión previa: acumulación de los Expedientes Nº J-2018-00885, Nº J-2018-00887 y Nº J-2018-00888. 1. El artículo 83 y siguientes del Texto Único Ordenado del Código Procesal Civil, norma de aplicación supletoria a los procesos de suspensión sustanciados en esta instancia jurisdiccional, establecen la posibilidad de acumular procesos, en razón de la existencia de más de una pretensión y/o de más de dos personas, ante la conveniencia y oportunidad que derivan de la conexión de las pretensiones formuladas. 2. De la revisión de los actuados, se advierte una evidente vinculación entre los Expedientes Nº J-2018-00885, Nº J-2018-00887 y Nº J-2018-00888, toda vez que en tales expedientes se trata de solicitudes de licencia de las mismas autoridades del Concejo Distrital de Lurin, provincia y departamento de Lima. 3. Así, atendiendo a los principios de economía y celeridad procesal, corresponde acumular los Expedientes Nº J-2018-00885, Nº J-2018-00887 y Nº J-2018-00888, con el propósito de emitir un pronunciamiento único en dichas solicitudes. Sobre la solicitud de licencia de los regidores Javier Lucio Román Castillo, Juan Carlos Sánchez Aburto y Natali Domitila Arias Campos 4. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario o fi cial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. De las elecciones regionales y municipales 5. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las municipalidades, si no solicitan licencia sin goce de haber, la que tendrá e fi cacia a partir del 7 de setiembre de 2018, treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones. 6. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. Del término del periodo de la licencia sin goce de haber 7. De conformidad con el artículo cuarto de la Resolución Nº 0081-2018-JNE, publicada en el diario ofi cial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, se precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). Del caso concreto8. Mediante los O fi cios Nº 585-2018-GSG-MPC y Nº 584-2018-GSG-MPC, presentados por Marilyn Pacsi Muñoz, gerente de Secretaría General de la Municipalidad Provincial de Cañete, se informó a este órgano electoral, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, que se otorgó las siguientes licencias sin goce de haber: CUADRO Nº 1 REGIDORESSOLICITUD ACUERDO DE CONCEJO Licencia Fecha Fojas N.° Fecha Fojas Javier Lucio Román Castillo(Exp. Acumulado Nº J-2018-00885)30 días 08.06.2018 4083-2018- MPC06.09.2018 2 y 3 Juan Carlos Sánchez Aburto(Exp. Acumulado Nº J-2018-00887)30 días 08.06.2018 4082-2018- MPC06.09.2018 2 y 3 9. Al respecto, es preciso mencionar que, mediante Ofi cios Nº 415-2018-GSG-MPC y Nº 416-2018-GSG- MPC, la gerente de Secretaría General de la Municipalidad Provincial de Cañete comunicó las licencias sin goce de haber concedidas a los regidores de la mencionada comuna edil, Luis Tomás Chávarri Carahuata y Carlos Alberto Faustino Calderón, siendo concedidas a través de la resolución Nº 1080-2018-JNE, expediente Nº J-2018-00348 y resolución Nº 1081-2018-JNE del expediente Nº J-2018-00349, respectivamente. Por lo que, las licencias concedidas a los regidores de dicha municipalidad sumada a las licencias concedidas a los regidores Javier Lucio Román Castillo y Juan Carlos Sánchez Aburto, –quienes representan el 40 % del número total de regidores–, presentaron sus solicitudes de licencia dentro del plazo previsto, siendo estas aprobadas por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, así como de la aplicación supletoria del numeral 2 del artículo 24 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para completar el número de regidores, resulta procedente convocar a los siguientes candidatos no proclamados, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral y, en el supuesto de no quedar su fi cientes candidatos, se incorporará a los integrantes de otra lista, debiendo ser los que siguen en el orden del cómputo de sufragio de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. En ese sentido, resulta procedente convocar a: CUADRO Nº 2 CANDIDATOS CONVOCADOS PARA REGIDORESDNI ORGANIZACIÓN POLÍTICA PERIODO José Alejandro Alarcón Napán15386682 Alianza para el Progreso 30 días Lorena Nataly Calderón Villar 47163581Movimiento Regional Unidad Cívica Lima30 días Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,