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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MARZO DEL AÑO 2019 (06/03/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de marzo de 2019 / El Peruano Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de Cañete, departamento de Lima RESOLUCIÓN Nº 3077-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00348 CAÑETE - LIMACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADOLICENCIA Lima, veintiuno de setiembre de dos mil dieciochoVISTO el O fi cio Nº 606-2018-GSG-MPC presentado, el 19 de setiembre de 2018, por Marilyn Pacsi Muñoz, gerente de Secretaría General de la Municipalidad Provincial de Cañete, mediante el cual comunicó que Armando Samaniego Orellana, convocado para asumir, provisionalmente, el cargo de regidor de la citada comuna, se encuentra inscrito como candidato a consejero regional por la provincia de Cañete, para el Gobierno Regional de Lima. ANTECEDENTESMediante la Resolución Nº 1080-2018-JNE, de fecha 25 de julio de 2018 (fojas 14 y 15), este órgano electoral convocó a Armando Samaniego Orellana, identi fi cado con DNI Nº 15349128, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Provincial de Cañete, departamento de Lima, por el periodo comprendido entre el 9 de junio y el 7 de octubre de 2018. Para efectos de comunicar dicho pronunciamiento, se emitió la Noti fi cación Nº 4557, de fecha 8 de agosto de 2018 (fojas 12). El 19 de setiembre de 2018 (fojas 28), la gerente de Secretaría General de la Municipalidad Provincial de Cañete comunicó que Armando Samaniego Orellana se encuentra inscrito como candidato a consejero para la provincia de Cañete por la organización política Partido Democrático Somos Perú. CONSIDERANDOS 1. Los literales b y c del numeral 4 del artículo 14 de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, establecen que las autoridades municipales que deseen postular como autoridades regionales no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales, salvo que soliciten licencia sin goce de haber ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones, la que tendrá efi cacia a partir del 9 de junio de 2018. 2. Por otro lado, el artículo 35 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante, LEM), establece que para cubrir las vacantes que se produzcan en los concejos municipales se incorpora al candidato inmediato que no hubiera sido proclamado, de acuerdo con el orden de resultados del escrutinio fi nal y que haya fi gurado en la misma lista que integró el regidor que produjo la vacante. 3. Asimismo, según el artículo 24 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), en el caso de vacancia o ausencia del alcalde lo reemplaza el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. En caso de vacancia del regidor, lo reemplazan los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral; y en el supuesto de que no haya sufi cientes candidatos, se incorpora a los integrantes de otra lista, que deben ser los que siguen en el orden del cómputo de sufragio. 4. En el presente expediente, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, mediante la Resolución Nº 1080-2018-JNE, dejó sin efecto la credencial otorgada a Luis Tomás Chávarri Carahuatay, regidor del Concejo Provincial de Cañete, por el periodo comprendido entre el 9 de junio y el 7 de octubre de 2018, en virtud de la licencia sin goce de haber que le fue concedida para participar en las Elecciones Regionales 2018. Asimismo, convocó a Armando Samaniego Orellana para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor en el citado concejo, durante ese periodo; sin embargo, mediante el o fi cio del visto, se comunicó que este ciudadano se encuentra inscrito como candidato a consejero regional. 5. De la revisión realizada en el portal web del Jurado Nacional de Elecciones1, se veri fi ca que, en efecto, el referido ciudadano es candidato en las Elecciones Regionales 2018, por lo que está acreditada su imposibilidad de asumir el cargo político para el cual fue convocado, mediante la Resolución Nº 1080-2018-JNE. 6. En ese sentido, a efectos de garantizar el normal desenvolvimiento de las funciones de la antedicha comuna, en virtud de los artículos 35 de la LEM y 24 de la LOM, corresponde convocar a Aurora del Pilar Téllez García, identi fi cada con DNI Nº 70492994, candidata no proclamada de la organización política Movimiento Regional Justicia y Capacidad, como regidora provisional del Concejo Provincial de Cañete, por el periodo comprendido entre el 9 de junio y el 7 de octubre de 2018. 7. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, de fecha 12 de noviembre de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial de Cañete, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVEArtículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada, mediante la Resolución Nº 1080-2018-JNE, de fecha 25 de julio del año en curso, a Armando Samaniego Orellana como regidor provisional del Concejo Provincial de Cañete, departamento de Lima, por el periodo comprendido entre el 9 de junio y el 7 de octubre de 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Aurora del Pilar Téllez García, identi fi cada con DNI Nº 70492994, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Provincial de Cañete, departamento Lima, por el periodo comprendido entre el 9 de junio y el 7 de octubre de 2018. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.TICONA POSTIGOARCE CÓRDOVACHANAMÉ ORBECHÁVARRY CORREARODRÍGUEZ VÉLEZConcha Moscoso Secretaria General 1 < https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/OrganizacionesPoliticas/BuscarCandidato> 1746726-16 Restablecen vigencia de la credencial otorgada a regidor del Concejo Distrital de Andrés Avelino Cáceres Dorregaray, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho RESOLUCIÓN Nº 3078-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00470 ANDRÉS AVELINO CÁCERES DORREGARAY - HUAMANGA - AYACUCHOCONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADOLICENCIA