Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2019 (09/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Sábado 9 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 145-2019 MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Derogar la Resolución Ministerial N° 4722016 MTC/01, mediante la cual se conformó el Comité de Seguimiento de los Proyectos de Inversión Pública del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 2.- Conformar el Comité de Seguimiento de la Cartera Priorizada de Inversiones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de carácter permanente, que está integrado por: - El/La Director/a General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, quien lo preside; - El/La Director/a de la Oficina de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, quien actúa como Secretario/a Técnico/a; - El/La Director/a de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; - El/La Director/a de la Oficina de Planeamiento y Cooperación Técnica de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; - Un/a Asesor/a de la Alta Dirección, designado por el Despacho Ministerial; y - Los/as Responsables de la Unidades Ejecutoras de Inversiones que tengan a su cargo proyectos de inversión. Artículo 3.- El Comité de Seguimiento de la Cartera Priorizada de Inversiones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, rige su funcionamiento de conformidad a las normas del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, siendo sus funciones, las siguientes: - Aprobar y actualizar anualmente la Cartera Priorizada de Inversiones materia de seguimiento, debiendo definir, en su primera sesión, la Cartera Priorizada de Inversiones. - Efectuar el seguimiento de los avances de ejecución física y financiera de los Proyectos de Inversión que formen parte de la Cartera Priorizada de Inversiones. - Los/as Responsables de la Unidades Ejecutoras de Inversiones brindan la información correspondiente al avance de la ejecución física y financiera de las Inversiones del Sector. Artículo 4.- El Comité de Seguimiento de la Cartera Priorizada de Inversiones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones se instala en el plazo máximo de diez (10) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 5.- El/La Director/a General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en su calidad de Presidente/a del Comité de Seguimiento de la Cartera Priorizada de Inversiones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, convoca y conduce las reuniones del Comité, las mismas que se realizan como mínimo de manera mensual. Artículo 6.- Notificar la presente Resolución Ministerial a los integrantes del Comité de Seguimiento de la Cartera Priorizada de Inversiones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para los fines correspondientes. Artículo 7.- Publicar la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1748318-3

Que, mediante Ley Nº 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal, en adelante la Ley Nº 28874, se establecen los criterios generales para el uso de los recursos que las instancias del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local, destinarán al rubro de publicidad, en prensa escrita, radio y televisión; Que, el artículo 2 de la Ley Nº 28874, dispone que la publicidad institucional es aquella que tiene por finalidad promover conductas de relevancia social, como el ahorro de energía eléctrica, la preservación del medio ambiente, el pago de impuestos, entre otras, así como la difusión de la ejecución de los planes y programas a cargo de las entidades y dependencias; Que, el literal a) del artículo 3 de la Ley Nº 28874, indica que para la autorización de la realización de publicidad estatal se debe cumplir, entre otros requisitos, con el Plan de Estrategia Publicitaria acorde con las funciones y atribuciones de las entidades o dependencias; las mismas que deberán adecuarse a los objetivos y prioridades establecidos en los programas sectoriales; Que, el artículo 85 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 145-2019 MTC/01, establece que la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional es la unidad orgánica de la Secretaría General encargada de la formulación e implementación de estrategias de comunicación e imagen institucional; y conforme al artículo 86, tiene como función, entre otras, "a) Proponer y diseñar planes, mecanismos y estrategias comunicacionales internas y externas para el Ministerio que fortalezca la imagen institucional, así como supervisar su cumplimiento; b) Planificar, ejecutar y supervisar la difusión de la publicidad en el marco de la normatividad vigente; i) Aprobar y supervisar todo tipo de material gráfico, impresos, campañas, avisos y spots publicitarios, entre otras piezas comunicacionales que se realice en el Ministerio, sus proyectos especiales, organismos públicos y empresas adscritas; y j) Proponer manuales, lineamientos, directivas u otros documentos relacionados con los asuntos de su competencia, en coordinación con el órgano competente; así como realizar el seguimiento a su cumplimiento"; Que, la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional, mediante el Informe Nº 005-2019/04.04/ JTT, señala que, con el objetivo de fortalecer la imagen del Ministerio, informar y difundir adecuadamente los mensajes institucionales y utilizar oportunamente las plataformas y medios de comunicación, es necesario la aprobación del Plan de Estrategia Publicitaria 2019 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante el Informe Nº 002-2019-MTC/09.01 de la Oficina de Planeamiento y Cooperación Técnica, emite opinión favorable respecto al Plan de Estrategia Publicitaria 2019 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, indicando que el referido Plan contiene un Objetivo General, que guarda correspondencia con los Objetivos Estratégicos Institucionales del Plan Estratégico Institucional 2018 ­ 2021 ­ PEI del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 1060-2018 MTC/01, y contribuye al cumplimiento de éstos; Que, atendiendo a los fundamentos citados en los considerandos precedentes, es necesario aprobar el Plan de Estrategia Publicitaria 2019 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y su Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 145-2019 MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan de Estrategia Publicitaria 2019 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Aprueban el Plan de Estrategia Publicitaria 2019 del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 167-2019 MTC/01 Lima, 7 de marzo de 2019

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