Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2019 (09/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

Sábado 9 de marzo de 2019 /

El Peruano

Equipos, los cuales deberán ser emitidos por alguna empresa inspectora legalmente establecida en el país y cuya casa matriz este asociada a la International Federation of Inspection Agencies-IFIA; con la finalidad de obtener la Conformidad para el Inicio del Servicio de Inspecciones Técnicas Vehiculares en la nueva Línea de Inspección Técnica Vehicular autorizada, expedido por ésta Dirección General, previa conformidad de los documentos presentados. Artículo 4.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 5.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación, siendo de cargo de la empresa INFASERVIS EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, los gastos que origine su publicación. Artículo 6.- Disponer la notificación de la presente Resolución Directoral en Vía Asfaltada QuillabambaSambaray, distrito de Santa Ana, provincia de La Convención y departamento del Cusco, domicilio legal señalado por el administrado en el presente procedimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. SCELZA LAMARCA SANCHEZ Directora General (e) Dirección General de Transporte Terrestre

VISTO, el Memorando N° 37-2019-AGN/DDPA de fecha 18 de febrero de 2019, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural N° 021-2019-AGN/J, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 28 de enero de 2019, se aprueba la Directiva N° 001-2019-AGN/DDPA, "Normas para la Elaboración del Plan Anual de Trabajo Archivístico de las Entidades Públicas"; Que, mediante Resolución Jefatural N° 023-2019-AGN/J, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 28 de enero de 2019, se aprueba la Directiva N° 003-2019-AGN/DDPA, "Guía Técnica Archivística para Gobiernos Regionales y Locales"; Que, mediante Resolución Jefatural N° 024-2019-AGN/J, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 28 de enero de 2019, se aprueba la Directiva N° 004-2019-AGN/DDPA, "Guía Técnica Archivística para la Universidad Pública"; Que, mediante Resolución Jefatural N° 025-2019-AGN/J, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 28 de enero de 2019, se aprueba la Directiva N° 005-2019-AGN/DDPA, "Lineamientos para la elaboración de documentos de gestión archivística para las entidades del sector público"; Que, mediante Informe N° 032-2019-AGN/DDPAAINA, de fecha 14 de febrero de 2019, el Área de Investigación y Normas Archivísticas señala que, efectuada la revisión de las Directivas mencionadas en los considerandos precedentes, se advierte la existencia de errores materiales involuntarios, los cuales detalla en una tabla adjunta que acompaña al informe, y solicita que en función de ello se efectúe la rectificación de oficio correspondiente; Que, el artículo 210° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2017JUS, ha previsto que los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión, adoptando la rectificación las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original; Que, tomando en cuenta lo previsto en la norma es conveniente rectificar las Directivas mencionadas en los considerandos precedentes, con la finalidad de corregir los errores de tipo material incurridos; Con los visados de la Dirección de Desarrollo de Políticas Archivísticas, Oficina de Asesoría Jurídica y Secretaría General; De conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones del Archivo General de la Nación, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2018-MC. SE RESUELVE: Artículo 1.- Rectificar, según el detalle del documento que por anexo se acompaña y que forma parte integrante de la presente resolución, las siguientes Directivas: · Directiva N° 001-2019-AGN/DDPA, "Normas para la Elaboración del Plan Anual de Trabajo Archivístico de las Entidades Públicas" · Directiva N° 003-2019-AGN/DDPA, "Guía Técnica Archivística para Gobiernos Regionales y Locales" · Directiva N° 004-2019-AGN/DDPA, "Guía Técnica Archivística para la Universidad Pública" · Directiva N° 005-2019-AGN/DDPA, "Lineamientos para la elaboración de documentos de gestión archivística para las entidades del sector público" Artículo 2.- Disponer que el Área de Trámite Documentario y Archivo notifique la presente Resolución Jefatural a las personas interesadas. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano y su anexo en el portal web

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Artículo 30.- Condiciones para acceder a una autorización como Centros de Inspección Técnica Vehicular - CITV Vehicular ­ CITV Para acceder a una autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular - CITV, la persona natural o jurídica solicitante, debe cumplir con los requisitos y condiciones establecidas en el presente Reglamento, los mismos que están referidos a: a. Condiciones generales b. Recursos humanos c. Sistema informático y de comunicaciones d. Equipamiento e. Infraestructura inmobiliaria. En virtud del Informe Nº 421-2018- MTC/15.03/AA.CITV/ratll de fecha 30 de noviembre de 2018, realizado el análisis del Expediente Técnico de la solicitud presentada por la empresa CENTRO DE INSPECCION TECNICA VEHICULAR "INFASERVIS" E.I.R.L. - Cajamarca, deberá tener en cuenta lo siguiente: No se han recibido documentos técnicos que permitan verificar que la empresa solicitante cuenta con las condiciones mínimas para operar con una línea de inspección menor adicional a la aprobada mediante R.D. 22162018-MTC/15. Por lo tanto se requiere la presentación de la siguiente información complementaria: 1.- Actualización del Estudio de Impacto Vial. Presentado para obtener la autorización de funcionamiento de CITV con una línea mixta. Dicho documento deberá considerar el nuevo flujo vehicular generado por la operación de la línea adicional, así como las recomendaciones y acciones de mitigación necesarias considerando que se generará un escenario distinto al considerado en la propuesta inicial. 2.- Expediente Técnico (Plano de ubicación, distribución y memoria descriptiva). Se deberá presentar la actualización al proyecto inicial del CITV, considerando la ubicación de la nueva línea de inspección adicional y la ubicación de los estacionamientos de pre y post inspección correspondientes. Se deberá actualizar el Plano de ubicación con las áreas techadas que se pudieran generar y la memoria descriptiva incluyendo la instalación de la nueva línea adicional.

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ORGANISMOS EJECUTORES

ARCHIVO GENERAL DE LA NACION
Rectifican errores materiales en diversas Directivas
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 053-2019-AGN/J Lima, 5 de marzo de 2019

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