Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2019 (14/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

40 PODER JUDICIAL

NORMAS LEGALES

Jueves 14 de marzo de 2019 /

El Peruano

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Desestiman propuestas de conversión, convierten, modifican y reconforman diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 098-2019-CE-PJ Lima, 27 de febrero de 2019 VISTOS: El Oficio N° 021-2019-OPJ-CNPJ-CE/PJ cursado por el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial; así como el Oficio N° 038-2018-P-UETI-CPP/PJ remitido por el señor Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal. CONSIDERANDO: Primero. Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho solicitó que el Juzgado Penal Liquidador Permanente del Distrito de Kimbiri, Provincia de La Convención, se convierta y reubique a la Provincia de Huanta, como 2° Juzgado Penal Unipersonal Permanente y en adición a sus funciones se desempeñe como Juzgado Penal Liquidador con sede en el Distrito de Huanta. Asimismo, se planteó que el Juzgado Penal Colegiado de Kimbiri sea integrado por el Juzgado Penal Unipersonal Permanente del Distrito de Kimbiri, Provincia de La Convención, el Juzgado Mixto Permanente del Distrito de San Miguel, Provincia de La Mar, y el Juzgado Mixto Permanente, en adición a sus funciones Juzgado Penal Unipersonal del Distrito de Ayna - San Francisco, Provincia de La Mar. Por otro lado, se propuso que el Juzgado Penal Colegiado de la Provincia de Huanta esté integrado por el 1° y 2° Juzgados Penales Unipersonales Permanentes de la Provincia de Huanta y el Juzgado Mixto Permanente del Distrito y Provincia de Churcampa. Segundo. Que, asimismo, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho solicitó convertir el 2° Juzgado Penal Liquidador Permanente de la Provincia de Huamanga en 4°Juzgado Penal Unipersonal Permanente, en adición de sus funciones Juzgado Penal Liquidador de la misma provincia, requiriendo en ambas propuestas la implementación de dos salas de audiencias con equipamiento completo para las Sedes Judiciales de Huanta y Huamanga; así como mantener la totalidad del personal jurisdiccional de los juzgados penales liquidadores convertidos, para que integren el pool de servidores judiciales en las referidas sedes, y los equipos informáticos y mobiliario. Tercero. Que la Oficina de Productividad Judicial mediante Informe N° 004-2019-OPJ-CNPJ-CE/PJ y la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal a través del Informe N° 028-2019-MYEST-UETI-CPP/PJ, afirman lo siguiente: I. Respecto a la propuesta de conversión del Juzgado Penal Liquidador Permanente del Distrito de Kimbiri, Provincia de La Convención y Corte Superior de Justicia de Ayacucho, en 2° Juzgado Penal Unipersonal Permanente (VRAEM), en adición a sus funciones Juzgado Penal Liquidador del mismo distrito, provincia y Corte Superior: a) El Juzgado Penal Liquidador Permanente del Distrito de Kimbiri, Provincia de La Convención y Corte Superior de Justicia de Ayacucho, se encuentra muy próximo a culminar con su función y puede ser convertido en un juzgado de otra especialidad que se requiera dentro de la misma Corte Superior. Además, del análisis efectuado a

los órganos jurisdiccionales que tramitan el Nuevo Código Procesal Penal en la Sede Judicial de Kimbiri, se tiene que el Juzgado Penal Unipersonal Permanente (VRAEM) es el único que a pesar de haber registrado un fuerte incremento en sus ingresos de expedientes en trámite, a partir del año 2017 viene presentando un buen nivel resolutivo respecto al estándar de producción establecido en 220 expedientes, generando a la vez el registro de una mínima "Carga Inicial" proveniente de expedientes no resueltos de años anteriores; a diferencia del 1° y 2° Juzgados de Investigación Preparatoria Permanentes (VRAEM) de la misma sede judicial, los cuales, si bien registraron incrementos en sus respectivos ingresos de expedientes en trámite, estos se mantienen por debajo del estándar anual de producción, factor que aunado al bajo desempeño que presentan ambos juzgados, genera que no logren cumplir el 100% del estándar, advirtiéndose por ello, un fuerte incremento en su carga inicial. b) El incremento en el volumen de los ingresos de los juzgados penales de la Sede Judicial de Kimbiri se ha producido por el mayor dinamismo socio-económico existente en esa localidad que cuenta con la seguridad de las fuerzas del orden para el establecimiento y funcionamiento de organismos públicos, dado que, al haberse declarado por Decreto Supremo Nº 074-2012PCM como prioridad nacional la pacificación y el desarrollo económico y social en la zona del VRAEM, el Poder Legislativo ha venido creando nuevos distritos políticos en beneficio de las comunidades que son afectadas principalmente por el narcotráfico y el terrorismo, siendo algunos de ellos incorporados dentro de la competencia territorial de los juzgados penales de la referida sede, según lo dispuesto por Resolución Administrativa N° 289-2017-CE-PJ. c) De la evaluación efectuada al Juzgado Penal Unipersonal y el 1° y 2° Juzgados de Investigación Preparatoria Permanentes de la Sede Judicial de Huanta, se deduce que ninguno de los tres logra cumplir el 100% del estándar de producción al término del año 2018, debido a un bajo desempeño, que a la vez viene generando el incremento de la carga inicial en dicha sede, es decir, de los expedientes no resueltos de años anteriores; debiéndose añadir que la Secretaría Técnica de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, al observar la baja efectividad de las audiencias que los mencionados juzgados programaron desde el año 2017 hasta el mes de abril de 2018, recomendó exhortar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho sobre los factores que deberían superarse para minimizar el porcentaje de audiencias frustradas a fin de reducir dicho nivel de frustración; y, asimismo, disponer, que los órganos jurisdiccionales del Nuevo Código Procesal Penal adecúen su producción a los estándares anuales de producción. Al respecto, la Oficina de Productividad Judicial es de la opinión que la mencionada recomendación también incorpore a los dos juzgados de investigación preparatoria de la Sede Judicial de Kimbiri. d) La Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho solicitó convertir y reubicar el Juzgado Penal Liquidador Permanente del Distrito de Kimbiri, Provincia de La Convención, en 2° Juzgado Penal Unipersonal Permanente, en adición a sus funciones Juzgado Penal Liquidador de la Provincia de Huanta; sin embargo, la Oficina de Productividad Judicial del análisis comparativo de la carga procesal y producción judicial de los juzgados penales que tramitan el Nuevo Código Procesal Penal en las Sedes de Kimbiri y Huanta, correspondiente al periodo de enero a junio de 2018, entre otros factores, observó que la propuesta formulada no se encontraba justificada, en razón a la existencia de un mayor volumen de carga procesal en la Sede de Kimbiri respecto a la Sede Huanta, situación que se mantiene de acuerdo a la evaluación efectuada al mes de diciembre de 2018. e) En cuanto a la propuesta de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho de reconformar el Juzgado Penal Colegiado Conformado de la Sede Judicial de Kimbiri, para que sea integrado por el Juzgado Penal Unipersonal Permanente (VRAEM) del Distrito de Kimbiri, el Juzgado Mixto, en adición a sus funciones Juzgado Penal Liquidador Permanente del Distrito del Distrito

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